III. Otras disposiciones. AGENCIA ESPAÑOLA DE PROTECCIÓN DE DATOS. Premios. (BOE-A-2024-11059)
Resolución de 23 de mayo de 2024, de la Agencia Española de Protección de Datos, por la que se aprueban las bases reguladoras y se convoca el Premio a las Buenas Prácticas Educativas en Privacidad y Protección de Datos Personales para un Uso Responsable y Seguro de Internet por los Menores, para el año 2024.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 132
Viernes 31 de mayo de 2024
Cuarta.
Sec. III. Pág. 63501
Plazo de ejecución de los proyectos.
Pueden optar
escolar 2023-2024.
al
premio
los
proyectos
desarrollados
durante
el
curso
Quinta. Dotación del premio.
El premio en su modalidad A consistirá en una dotación económica de tres mil euros
(3.000,00 euros) y la difusión de las buenas prácticas a través de la página web y en los
perfiles de la AEPD en redes sociales.
En la modalidad B el premio será honorífico, sin dotación económica. Asimismo se
difundirán las acciones premiadas a través de la página web y en los perfiles de la AEPD
en redes sociales.
Las candidaturas premiadas de ambas modalidades contarán con mención
honorífica, mediante diploma concedido al efecto, así como un trofeo acreditativo del
premio obtenido.
La presente convocatoria se financiará con cargo a la aplicación
presupuestaria 13.301.135M.48, con una cuantía máxima de tres mil euros (3.000,00
euros), quedando condicionada la concesión de la subvención a la existencia de crédito
adecuado y suficiente en el momento en que se dicte la resolución de concesión.
Las solicitudes podrán presentarse a partir del día siguiente a la fecha de publicación
de estas bases en el «Boletín Oficial del Estado». El plazo de presentación de los
trabajos en ambas categorías concluirá el 15 de octubre de 2024.
Los trabajos presentados deberán acompañarse del modelo de solicitud (anexo I) de
la categoría que le corresponda, debidamente cumplimentado y firmado.
En la modalidad A, los centros de enseñanza que deseen participar habrán de
presentar su candidatura en el modelo de solicitud que figura en el anexo 1-A
debidamente cumplimentada y firmada, acompañada de una memoria descriptiva del
proyecto, así como de la documentación y el material que se estime oportuno en su
apoyo.
En la modalidad B, las solicitudes incluirán un informe sobre los méritos que
concurran en la persona o entidad que se postula, acompañadas de la documentación
que se estime adecuada para la justificación de los méritos del candidato o entidad que
se presenta. Las candidaturas, en esta modalidad, podrán ser presentadas, asimismo,
por personas, instituciones y organizaciones, públicas o privadas que, entre sus
funciones y cometidos, cuenten con la atención y protección de los menores de edad.
Para la presentación de los trabajos se atenderá a lo establecido en la Ley 39/2015,
de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones
Públicas, en relación con el derecho y obligación de relacionarse electrónicamente con
las Administraciones Públicas. Para los sujetos a los que se refiere el artículo 14.2 de la
citada ley, la documentación relativa al trabajo a valorar, así como otra documentación
justificativa de requisitos y méritos, en su caso, deberá ser presentada de manera
telemática obligatoriamente. Las solicitudes y proyectos se dirigirán a la directora de la
Agencia Española de Protección de Datos y se presentarán en la sede electrónica de la
Agencia Española de Protección de Datos (sedeagpd.gob.es).
Los sujetos no obligados a relacionarse electrónicamente con las Administraciones
Públicas presentarán preferentemente sus candidaturas y trabajos de forma telemática a
través de la sede electrónica de la Agencia Española de Protección de Datos
(sedeagpd.gob.es), aunque también podrán hacerlo en el Registro de la Agencia
Española de Protección de Datos, c/ Jorge Juan n.º 6, planta baja, 28001 Madrid, o en
cualquiera de los registros u oficinas previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1
de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas,
haciendo constar en el sobre la misma dirección.
cve: BOE-A-2024-11059
Verificable en https://www.boe.es
Sexta. Plazo de presentación de solicitudes y formalización.
Núm. 132
Viernes 31 de mayo de 2024
Cuarta.
Sec. III. Pág. 63501
Plazo de ejecución de los proyectos.
Pueden optar
escolar 2023-2024.
al
premio
los
proyectos
desarrollados
durante
el
curso
Quinta. Dotación del premio.
El premio en su modalidad A consistirá en una dotación económica de tres mil euros
(3.000,00 euros) y la difusión de las buenas prácticas a través de la página web y en los
perfiles de la AEPD en redes sociales.
En la modalidad B el premio será honorífico, sin dotación económica. Asimismo se
difundirán las acciones premiadas a través de la página web y en los perfiles de la AEPD
en redes sociales.
Las candidaturas premiadas de ambas modalidades contarán con mención
honorífica, mediante diploma concedido al efecto, así como un trofeo acreditativo del
premio obtenido.
La presente convocatoria se financiará con cargo a la aplicación
presupuestaria 13.301.135M.48, con una cuantía máxima de tres mil euros (3.000,00
euros), quedando condicionada la concesión de la subvención a la existencia de crédito
adecuado y suficiente en el momento en que se dicte la resolución de concesión.
Las solicitudes podrán presentarse a partir del día siguiente a la fecha de publicación
de estas bases en el «Boletín Oficial del Estado». El plazo de presentación de los
trabajos en ambas categorías concluirá el 15 de octubre de 2024.
Los trabajos presentados deberán acompañarse del modelo de solicitud (anexo I) de
la categoría que le corresponda, debidamente cumplimentado y firmado.
En la modalidad A, los centros de enseñanza que deseen participar habrán de
presentar su candidatura en el modelo de solicitud que figura en el anexo 1-A
debidamente cumplimentada y firmada, acompañada de una memoria descriptiva del
proyecto, así como de la documentación y el material que se estime oportuno en su
apoyo.
En la modalidad B, las solicitudes incluirán un informe sobre los méritos que
concurran en la persona o entidad que se postula, acompañadas de la documentación
que se estime adecuada para la justificación de los méritos del candidato o entidad que
se presenta. Las candidaturas, en esta modalidad, podrán ser presentadas, asimismo,
por personas, instituciones y organizaciones, públicas o privadas que, entre sus
funciones y cometidos, cuenten con la atención y protección de los menores de edad.
Para la presentación de los trabajos se atenderá a lo establecido en la Ley 39/2015,
de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones
Públicas, en relación con el derecho y obligación de relacionarse electrónicamente con
las Administraciones Públicas. Para los sujetos a los que se refiere el artículo 14.2 de la
citada ley, la documentación relativa al trabajo a valorar, así como otra documentación
justificativa de requisitos y méritos, en su caso, deberá ser presentada de manera
telemática obligatoriamente. Las solicitudes y proyectos se dirigirán a la directora de la
Agencia Española de Protección de Datos y se presentarán en la sede electrónica de la
Agencia Española de Protección de Datos (sedeagpd.gob.es).
Los sujetos no obligados a relacionarse electrónicamente con las Administraciones
Públicas presentarán preferentemente sus candidaturas y trabajos de forma telemática a
través de la sede electrónica de la Agencia Española de Protección de Datos
(sedeagpd.gob.es), aunque también podrán hacerlo en el Registro de la Agencia
Española de Protección de Datos, c/ Jorge Juan n.º 6, planta baja, 28001 Madrid, o en
cualquiera de los registros u oficinas previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1
de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas,
haciendo constar en el sobre la misma dirección.
cve: BOE-A-2024-11059
Verificable en https://www.boe.es
Sexta. Plazo de presentación de solicitudes y formalización.