III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Instalaciones eléctricas. (BOE-A-2024-11048)
Resolución de 11 de mayo de 2024, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se otorga a Abarloar Solar, SLU, autorización administrativa previa de las modificaciones y autorización administrativa de construcción para la instalación fotovoltaica Abarloar Solar, de 80 MW de potencia instalada, y su infraestructura de evacuación, en Pioz, Pezuela de las Torres, y Corpa, en las provincias de Guadalajara y Madrid y se declara, en concreto, su utilidad pública.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 132

Viernes 31 de mayo de 2024

Sec. III. Pág. 63437

resolución, se aprueban exclusivamente el tramo y los circuitos mencionados a
continuación. Las características principales de la referida línea son:
● Sistema: corriente alterna trifásica.
● Términos municipales afectados: Pezuela de las Torres y Corpa, en la Comunidad
de Madrid.
● Cimentaciones: zapatas individuales.
● Apoyos: torres metálicas de celosía.
● Aislamiento (aéreo): cadenas de vidrio (U160BSP).
● Aislamiento (subterráneo): polietileno reticulado (XLPE AL 1 x 400).
● Longitud: 3,56 km, los cuales se dividen en 3 tramos:
○ Tramo 1 (subterráneo): Desde el pórtico de la SET Abarloar 30/220 kV al apoyo
PAS 51 de la línea a 220 kV «SET Abarloar – SET Piñón». Longitud: 1,004 km.
□ Circuito 1:
■ Tensión: 220 kV.
■ Núm. de conductores: 1.
■ Tipo de conductor: OPSYCOM PKP de 48 fibras.
○ Tramo 1 (aéreo): Desde el apoyo PAS 51 de la línea a 220 kV «SET Abarloar –
SET Piñón» al apoyo 46. Longitud: 1,54961 km.
□ Circuito 1:






Tensión: 220 kV.
Núm. de conductores: 1.
Tipo de conductor: LA-380 GULL.
Cable de tierra: OPGW-tipo II-25 kVA.
Número de apoyos: 6.

○ Tramo 2 (aéreo): Desde el apoyo 46 al apoyo 23 de la línea a 220 kV «SET
Armada – SET Piñón». Longitud: 1,007 km.
□ Circuito 1:
Tensión: 220 kV.
Núm. de conductores: 1.
Tipo de conductor: LA-380 GULL.
Cable de tierra: OPGW-tipo II-25 kVA.
Número de apoyos: 4.

El promotor deberá cumplir las condiciones aceptadas durante la tramitación, así
como las condiciones impuestas en la citada Declaración de Impacto Ambiental de la
Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental.
El resto de la infraestructura de evacuación, hasta la conexión con la red de
transporte, queda fuera del alcance de la presente resolución, siendo objeto de otros
expedientes (SGEE/PFot-172 y SGEE/ PFot-192). A los efectos del artículo 21.5 de la
Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico, no se otorgará autorización
administrativa de construcción hasta que dicho expediente obtenga, a su vez, la
autorización administrativa de construcción de la infraestructura de evacuación
pertinente.
Asimismo, deberá cumplir las normas técnicas y procedimientos de operación que
establezca el Operador del Sistema.
Esta autorización se concede sin perjuicio de cualesquiera concesiones y
autorizaciones que sean necesarias de acuerdo con otras disposiciones que resulten
aplicables, en especial, las relativas a ordenación del territorio y medio ambiente, así

cve: BOE-A-2024-11048
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