II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE CIENCIA, INNOVACIÓN Y UNIVERSIDADES. Escala de Técnicos Superiores Especializados de los Organismos Públicos de Investigación. (BOE-A-2024-10889)
Resolución de 24 de mayo de 2024, de la Subsecretaría, por la que se convoca proceso selectivo para ingreso, por promoción interna, en la Escala de Técnicos Superiores Especializados de los Organismos Públicos de Investigación.
60 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Jueves 30 de mayo de 2024

Sec. II.B. Pág. 62541

calificación de los ejercicios en los que se hubiera conservado la nota sean análogos,
salvo actualización normativa.
Las plazas no cubiertas en el cupo de reserva para personas con discapacidad se
acumularán a las de acceso general en el mismo organismo al que corresponda la plaza
convocada por este cupo.
1.3 Las personas aspirantes presentadas a una especialidad optarán a todos los
destinos de todos los organismos que oferten dicha especialidad, debiendo las personas
aspirantes que superen el proceso selectivo, elegir destino y organismo por orden de
puntuación, una vez finalizado el mismo.
1.4 Si en una especialidad convocan plazas del turno general distintos organismos,
en el caso de que alguna de las plazas convocadas resulta desierta, el órgano
convocante decidirá la especialidad en la que se incrementará el número de las
inicialmente previstas, a propuesta de los distintos organismos destinatarios de estas
plazas.
Si en una especialidad convoca plazas del turno general un único organismo, en el
supuesto de que alguna de las plazas quedara desierta, el organismo al que
corresponda la plaza podrá proponer al órgano convocante que se destine a incrementar
el número de las inicialmente previstas para especialidad distinta en el mismo
organismo. En el caso de que este organismo no tuviera personas aspirantes que hayan
superado el proceso selectivo en especialidad distinta, el órgano convocante, previa
validación por parte de la Dirección General de Función Pública, podrá resolver que la
plaza desierta se destine a incrementar el número de las plazas inicialmente previstas
para especialidad distinta de otro organismo.
2.

Proceso selectivo

El proceso selectivo se realizará mediante el sistema de concurso-oposición, con las
valoraciones, ejercicios y puntuaciones que se especifican en el anexo I. La duración
máxima de la fase de oposición será nueve meses. El primer ejercicio de la fase de
oposición se celebrará en un plazo máximo de tres meses contados a partir del día
siguiente la publicación de esta convocatoria en el «Boletín Oficial de Estado». Las
fechas de celebración de alguno de los ejercicios pueden coincidir con las fechas de
celebración de ejercicios de otros procesos selectivos. De acuerdo con lo establecido en
el artículo 61.8 del texto refundido de la Ley del Estatuto básico del Empleado público,
aprobado mediante Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, el órgano de
selección no podrá proponer el acceso a la condición de funcionario a un número
superior de aprobados al de plazas convocadas.
3.

Especialidades

Los temarios que han de regir el proceso selectivo figuran como anexo II de esta
resolución de convocatoria y están compuestos por un grupo de materias específicas,
divididos en dos partes, una parte general correspondiente al área global en la que se
clasifica la especialidad y una parte específica, correspondiente a la especialidad por la
que se presente la persona aspirante.
4. Requisitos de las personas aspirantes
Para la admisión a la realización del proceso selectivo, las personas aspirantes
deberán poseer, en el día de finalización del plazo de presentación de instancias de
participación, los requisitos de nacionalidad, capacidad, edad y habilitación previstos en
el apartado décimo de la Orden HFP/688/2017, de 20 de julio («Boletín Oficial del
Estado» núm. 174, de 22 de julio), por la que se aprueban las bases comunes que han
de regir los procesos de selección del personal de los cuerpos y escalas de la

cve: BOE-A-2024-10889
Verificable en https://www.boe.es

Núm. 131