II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE CIENCIA, INNOVACIÓN Y UNIVERSIDADES. Escala de Técnicos Especializados de los Organismos Públicos de Investigación. (BOE-A-2024-10888)
Resolución de 22 de mayo de 2024, de la Subsecretaría, por la que se convoca proceso selectivo para ingreso, por promoción interna, en la Escala de Técnicos Especializados de los Organismos Públicos de Investigación.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 131
Jueves 30 de mayo de 2024
Sec. II.B. Pág. 62497
aspirantes que superen el proceso selectivo, elegir destino y organismo por orden de
puntuación, una vez finalizado el mismo.
1.4 Si en una especialidad se convocan plazas del turno general en distintos
organismos, en el caso de que alguna de las plazas convocadas resulta desierta, el
órgano convocante decidirá la especialidad en la que se incrementará el número de las
inicialmente previstas, a propuesta de los distintos organismos destinatarios de estas
plazas.
Si en una especialidad se convocan plazas del turno general en un único organismo,
en el supuesto de que alguna de las plazas quedara desierta, el organismo al que
corresponda la plaza podrá proponer al órgano convocante que se destine a incrementar
el número de las inicialmente previstas para especialidad distinta en el mismo
organismo. En el caso de que este organismo no tuviera personas aspirantes que hayan
superado el proceso selectivo en especialidad distinta, el órgano convocante podrá
resolver que la plaza desierta se destine a incrementar el número de las plazas
inicialmente previstas para especialidad distinta de otro organismo.
2.
Proceso selectivo
El proceso selectivo se realizará mediante el sistema de concurso-oposición, con las
valoraciones, ejercicios y puntuaciones que se especifican en el anexo I. La duración
máxima de la fase de oposición será nueve meses. El primer ejercicio de la fase de
oposición se celebrará en un plazo máximo de tres meses contados a partir del día
siguiente la publicación de esta convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado». Las
fechas de celebración de alguno de los ejercicios pueden coincidir con las fechas de
celebración de ejercicios de otros procesos selectivos. De acuerdo con lo establecido en
el artículo 61.8 del texto refundido de la Ley del Estatuto básico del Empleado público,
aprobado mediante Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, el órgano de
selección no podrá proponer el acceso a la condición de funcionario a un número
superior de aprobados al de plazas convocadas.
3.
Especialidades
Los temarios que han de regir el proceso selectivo figuran como anexo II de esta
resolución de convocatoria y están compuestos por un grupo de materias específicas,
divididos en dos partes, una parte general correspondiente al área global en la que se
clasifica la especialidad y una parte específica, correspondiente a la especialidad por la
que se presente la persona aspirante.
Requisitos de las personas aspirantes
Para la admisión a la realización del proceso selectivo, las personas aspirantes
deberán poseer, en el día de finalización del plazo de presentación de instancias de
participación, los requisitos de nacionalidad, capacidad, edad y habilitación previstos en
el apartado décimo de la Orden HFP/688/2017, de 20 de julio («Boletín Oficial del
Estado» n.º 174, de 22 de julio), por la que se aprueban las bases comunes que han de
regir los procesos de selección del personal de los cuerpos y escalas de la
Administración General del Estado, excepto en lo que hace referencia a la titulación
requerida para participar en esta convocatoria, que serán los siguientes:
4.1 Titulación: Estar en posesión o en condiciones de obtener el título de
Diplomado Universitario, Ingeniero Técnico, Arquitecto Técnico o Grado, en el día de
finalización del plazo de presentación de solicitudes. Las personas aspirantes con
titulaciones obtenidas en el extranjero deberán acreditar, en el plazo de presentación de
instancias de participación, estar en posesión de la correspondiente credencial de
homologación o certificado de equivalencia, expedida por el órgano competente. Este
requisito no será de aplicación a las personas aspirantes que hubieran obtenido el
cve: BOE-A-2024-10888
Verificable en https://www.boe.es
4.
Núm. 131
Jueves 30 de mayo de 2024
Sec. II.B. Pág. 62497
aspirantes que superen el proceso selectivo, elegir destino y organismo por orden de
puntuación, una vez finalizado el mismo.
1.4 Si en una especialidad se convocan plazas del turno general en distintos
organismos, en el caso de que alguna de las plazas convocadas resulta desierta, el
órgano convocante decidirá la especialidad en la que se incrementará el número de las
inicialmente previstas, a propuesta de los distintos organismos destinatarios de estas
plazas.
Si en una especialidad se convocan plazas del turno general en un único organismo,
en el supuesto de que alguna de las plazas quedara desierta, el organismo al que
corresponda la plaza podrá proponer al órgano convocante que se destine a incrementar
el número de las inicialmente previstas para especialidad distinta en el mismo
organismo. En el caso de que este organismo no tuviera personas aspirantes que hayan
superado el proceso selectivo en especialidad distinta, el órgano convocante podrá
resolver que la plaza desierta se destine a incrementar el número de las plazas
inicialmente previstas para especialidad distinta de otro organismo.
2.
Proceso selectivo
El proceso selectivo se realizará mediante el sistema de concurso-oposición, con las
valoraciones, ejercicios y puntuaciones que se especifican en el anexo I. La duración
máxima de la fase de oposición será nueve meses. El primer ejercicio de la fase de
oposición se celebrará en un plazo máximo de tres meses contados a partir del día
siguiente la publicación de esta convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado». Las
fechas de celebración de alguno de los ejercicios pueden coincidir con las fechas de
celebración de ejercicios de otros procesos selectivos. De acuerdo con lo establecido en
el artículo 61.8 del texto refundido de la Ley del Estatuto básico del Empleado público,
aprobado mediante Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, el órgano de
selección no podrá proponer el acceso a la condición de funcionario a un número
superior de aprobados al de plazas convocadas.
3.
Especialidades
Los temarios que han de regir el proceso selectivo figuran como anexo II de esta
resolución de convocatoria y están compuestos por un grupo de materias específicas,
divididos en dos partes, una parte general correspondiente al área global en la que se
clasifica la especialidad y una parte específica, correspondiente a la especialidad por la
que se presente la persona aspirante.
Requisitos de las personas aspirantes
Para la admisión a la realización del proceso selectivo, las personas aspirantes
deberán poseer, en el día de finalización del plazo de presentación de instancias de
participación, los requisitos de nacionalidad, capacidad, edad y habilitación previstos en
el apartado décimo de la Orden HFP/688/2017, de 20 de julio («Boletín Oficial del
Estado» n.º 174, de 22 de julio), por la que se aprueban las bases comunes que han de
regir los procesos de selección del personal de los cuerpos y escalas de la
Administración General del Estado, excepto en lo que hace referencia a la titulación
requerida para participar en esta convocatoria, que serán los siguientes:
4.1 Titulación: Estar en posesión o en condiciones de obtener el título de
Diplomado Universitario, Ingeniero Técnico, Arquitecto Técnico o Grado, en el día de
finalización del plazo de presentación de solicitudes. Las personas aspirantes con
titulaciones obtenidas en el extranjero deberán acreditar, en el plazo de presentación de
instancias de participación, estar en posesión de la correspondiente credencial de
homologación o certificado de equivalencia, expedida por el órgano competente. Este
requisito no será de aplicación a las personas aspirantes que hubieran obtenido el
cve: BOE-A-2024-10888
Verificable en https://www.boe.es
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