III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CULTURA. Convenios. (BOE-A-2024-10928)
Resolución de 22 de mayo de 2024, del Museo Nacional Centro de Arte Reina Sofía, por la que se publica la Adenda de prórroga del Convenio marco de colaboración con la Universitat Oberta de Catalunya, para el desarrollo de actividades de interés común en el ámbito de sus fines.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 131

Jueves 30 de mayo de 2024

Sec. III. Pág. 62910

Ambas partes, que actúan en ejercicio de los respectivos cargos, declaran y
manifiestan que intervienen en este acto con la capacidad legal necesaria y la
competencia suficiente para suscribir la presente adenda.
EXPOSICIÓN
I. En fecha 27 de mayo de 2021, la UOC y MNCARS formalizaron un convenio
marco con el objeto de establecer un marco de actuación para la colaboración entre la
UOC y MNCARS en el desarrollo de actividades de interés común en el ámbito de sus
fines. El convenio marco fue publicado en el «Boletín Oficial del Estado» el 7 de junio
de 2021.
II. El citado convenio marco fue inscrito en el Registro Electrónico Estatal de
Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal (REOICO) en
fecha 27 de mayo de 2021, por lo que sus efectos se extienden hasta la fecha 27 de
mayo de 2024.
III. La cláusula undécima del convenio suscrito entre las partes prevé la posibilidad
de que, antes de que finalice su vigencia, se puede prorrogar, previo acuerdo unánime
firmado entre las partes, por un periodo de hasta cuatro años adicionales, siguiendo para
su tramitación los requisitos establecidos en el artículo 50 de Ley 40/2015, de 1 de
octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
IV. Tras la constatación del alto grado de satisfacción obtenido en el cumplimiento
de los objetivos, más la experiencia acumulada en el desarrollo de la colaboración, se
justifica la decisión de ambas partes de continuar con la relación iniciada con la firma del
convenio suscrito con fecha de 27 de mayo de 2021 para el desarrollo de actividades de
interés común en el ámbito de sus fines y, en consecuencia, su voluntad es la de
acordar, mediante la suscripción de la presente adenda, una prórroga del mismo.
En virtud de lo expuesto anteriormente, UOC y MNCARS acuerdan suscribir la
presente adenda de prórroga con arreglo a las siguientes
CLÁUSULAS
Primera. Objeto de la adenda.
La presente adenda tiene por objeto prorrogar por un plazo de cuatro (4) años la
vigencia del convenio para el desarrollo de actividades de interés común en el ámbito de
sus fines, firmado por las partes el 27 de mayo de 2021 y publicado en el «Boletín Oficial
del Estado» el 7 de junio de 2021.
Prórroga del convenio.

Según la cláusula undécima del convenio de fecha 27 de mayo de 2021, una vez
inscrito el mismo en el Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de
Cooperación del sector público estatal, resultará eficaz, teniendo una duración de tres
años (3) años desde la misma fecha de inscripción, y antes de que finalice su vigencia,
se puede prorrogar, previo acuerdo unánime firmado entre las partes, por un periodo de
hasta cuatro (4) años adicionales.
En consecuencia, las partes firmantes acuerdan la prórroga del convenio por un
nuevo plazo de cuatro (4) años, que será la primera y última prórroga del mismo.
Tercera. Eficacia.
De conformidad con lo previsto en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de
octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, esta adenda se perfeccionará con la
firma de las partes y resultará eficaz una vez que se inscriba en REOICO antes de la

cve: BOE-A-2024-10928
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Segunda.