II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. UNIVERSIDADES. Personal de la administración y servicios. (BOE-A-2024-10896)
Resolución de 20 de mayo de 2024, de la Universidad Pública de Navarra, por la que se convoca concurso para la provisión de plaza de cuerpos docentes universitarios.
9 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 131
Jueves 30 de mayo de 2024
Sec. II.B. Pág. 62655
1.2 Este concurso se regirá por lo dispuesto en la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de
marzo, del Sistema Universitario, los Estatutos de la Universidad Pública de Navarra,
aprobados por Decreto Foral 110/2003, de 12 de mayo, el Reglamento de acceso a las
plazas de profesorado permanente de la Universidad Pública de Navarra, aprobado por
acuerdo del Consejo de Gobierno de 6 de febrero de 2024, el Real Decreto
Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley
del Estatuto Básico del Empleado Público, la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, la Ley 40/2015,
de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, las bases de la presente
convocatoria, así como las demás normas de carácter general que resulten de
aplicación.
1.3 De conformidad con el artículo 80.3 de los Estatutos de la Universidad Pública
de Navarra, y el artículo 14.4 del Reglamento de acceso a las plazas de profesorado
permanente de la Universidad Pública de Navarra, no podrán transcurrir más de cuatro
meses entre la publicación de las listas definitivas de aspirantes y la resolución del
concurso, salvo prórroga de este plazo por fuerza mayor, impugnaciones dilatorias u otra
causa justificada.
Para el cómputo de dicho plazo, el mes de agosto será inhábil a todos los efectos.
1.4 Conforme a lo dispuesto en el artículo 45.1.b) de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, las
publicaciones a que dé lugar este proceso selectivo, con excepción de las publicaciones
en el Boletín Oficial de Estado a que se refieren las bases de esta convocatoria, se
realizarán en el siguiente enlace de la web de la Universidad Pública de Navarra, en la
reseña correspondiente a esta convocatoria, careciendo de validez las que se lleven a
cabo en lugares distintos:
https://sedeelectronica.unavarra.es/sede/tablon-electronico/empleo-publico/
convocatorias-pdi
2. Requisitos de las personas aspirantes
Para la admisión al concurso de movilidad deben reunirse los siguientes requisitos en
la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantenerse hasta el
momento de la toma de posesión:
3.
3.1
Solicitudes
Plazo de presentación de solicitudes.
El plazo de presentación de las solicitudes finaliza a los treinta días hábiles contados
a partir del siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el «Boletín Oficial del
Estado». La convocatoria se publicará igualmente en el Boletín Oficial de Navarra y en el
Tablón Electrónico Oficial de la Universidad Pública de Navarra. El plazo para la
presentación de solicitudes será improrrogable.
cve: BOE-A-2024-10896
Verificable en https://www.boe.es
a) Ser mayor de 16 años y no haber cumplido la edad de jubilación forzosa.
b) Haber desempeñado durante al menos dos años el puesto de origen y ser
funcionarios/as Catedráticos/as de Universidad.
c) No padecer enfermedad ni estar afectado/a por limitación física o psíquica que
impida el desempeño de las funciones correspondientes a la plaza convocada.
d) No haber sido separado/a, mediante expediente disciplinario, del servicio de
cualquiera de las Administraciones Públicas ni hallarse inhabilitado/a para el desempeño
de funciones públicas. En el caso de las personas aspirantes que no posean la
nacionalidad española, el cumplimiento de este requisito comportará no hallarse
sometido/a a sanción disciplinaria o condena penal que impida en su Estado el acceso a
la función pública.
Núm. 131
Jueves 30 de mayo de 2024
Sec. II.B. Pág. 62655
1.2 Este concurso se regirá por lo dispuesto en la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de
marzo, del Sistema Universitario, los Estatutos de la Universidad Pública de Navarra,
aprobados por Decreto Foral 110/2003, de 12 de mayo, el Reglamento de acceso a las
plazas de profesorado permanente de la Universidad Pública de Navarra, aprobado por
acuerdo del Consejo de Gobierno de 6 de febrero de 2024, el Real Decreto
Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley
del Estatuto Básico del Empleado Público, la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, la Ley 40/2015,
de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, las bases de la presente
convocatoria, así como las demás normas de carácter general que resulten de
aplicación.
1.3 De conformidad con el artículo 80.3 de los Estatutos de la Universidad Pública
de Navarra, y el artículo 14.4 del Reglamento de acceso a las plazas de profesorado
permanente de la Universidad Pública de Navarra, no podrán transcurrir más de cuatro
meses entre la publicación de las listas definitivas de aspirantes y la resolución del
concurso, salvo prórroga de este plazo por fuerza mayor, impugnaciones dilatorias u otra
causa justificada.
Para el cómputo de dicho plazo, el mes de agosto será inhábil a todos los efectos.
1.4 Conforme a lo dispuesto en el artículo 45.1.b) de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, las
publicaciones a que dé lugar este proceso selectivo, con excepción de las publicaciones
en el Boletín Oficial de Estado a que se refieren las bases de esta convocatoria, se
realizarán en el siguiente enlace de la web de la Universidad Pública de Navarra, en la
reseña correspondiente a esta convocatoria, careciendo de validez las que se lleven a
cabo en lugares distintos:
https://sedeelectronica.unavarra.es/sede/tablon-electronico/empleo-publico/
convocatorias-pdi
2. Requisitos de las personas aspirantes
Para la admisión al concurso de movilidad deben reunirse los siguientes requisitos en
la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantenerse hasta el
momento de la toma de posesión:
3.
3.1
Solicitudes
Plazo de presentación de solicitudes.
El plazo de presentación de las solicitudes finaliza a los treinta días hábiles contados
a partir del siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el «Boletín Oficial del
Estado». La convocatoria se publicará igualmente en el Boletín Oficial de Navarra y en el
Tablón Electrónico Oficial de la Universidad Pública de Navarra. El plazo para la
presentación de solicitudes será improrrogable.
cve: BOE-A-2024-10896
Verificable en https://www.boe.es
a) Ser mayor de 16 años y no haber cumplido la edad de jubilación forzosa.
b) Haber desempeñado durante al menos dos años el puesto de origen y ser
funcionarios/as Catedráticos/as de Universidad.
c) No padecer enfermedad ni estar afectado/a por limitación física o psíquica que
impida el desempeño de las funciones correspondientes a la plaza convocada.
d) No haber sido separado/a, mediante expediente disciplinario, del servicio de
cualquiera de las Administraciones Públicas ni hallarse inhabilitado/a para el desempeño
de funciones públicas. En el caso de las personas aspirantes que no posean la
nacionalidad española, el cumplimiento de este requisito comportará no hallarse
sometido/a a sanción disciplinaria o condena penal que impida en su Estado el acceso a
la función pública.