III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRANSPORTES Y MOVILIDAD SOSTENIBLE. Servicios portuarios. (BOE-A-2024-10915)
Resolución de 15 de mayo de 2024, de la Autoridad Portuaria de Baleares, por la que se aprueba el Pliego de prescripciones particulares del servicio portuario de practicaje en el Puerto de Eivissa.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 131
Jueves 30 de mayo de 2024
Sec. III. Pág. 62760
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE TRANSPORTES Y MOVILIDAD SOSTENIBLE
10915
Resolución de 15 de mayo de 2024, de la Autoridad Portuaria de Baleares,
por la que se aprueba el Pliego de prescripciones particulares del servicio
portuario de practicaje en el Puerto de Eivissa.
El Consejo de Administración de la Autoridad Portuaria de Baleares, en sesión
celebrada en fecha 18 de abril de 2024 y, en virtud de lo expuesto en el apartado b) del
art. 33.2 del Texto Refundido de la Ley de Puertos del Estado y de la Marina Mercante,
aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2011, de 5 de septiembre, a tenor de lo
reseñado en el apartado b) del artículo 31.2 y s) del artículo 30.5 del citado texto legal,
adoptó entre otros el acuerdo siguiente:
«Aprobar el Pliego de Prescripciones Particulares del Servicio Portuario de Practicaje
en el Puerto de Eivissa, del que se anexa enlace (que sustituye al vigente, aprobado por
el Consejo de Administración el 16 de diciembre de 2009), y ordenar su publicación en el
BOE.»
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 113.5 del citado Texto Refundido, los
pliegos de prescripciones particulares de los servicios portuarios deberán publicarse, una
vez aprobados, en el «Boletín Oficial del Estado».
El texto íntegro del mencionado Pliego se encuentra disponible en la página web de
la Autoridad Portuaria de Baleares:
https://www.portsdebalears.com/es/eivissa/servicios-portuarios#anclaPuertos.
Contra los presentes acuerdos que ponen fin a la vía administrativa, se podrá
interponer, en el plazo de un mes, recurso de reposición potestativo, ante el órgano que
ha resuelto o recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo ContenciosoAdministrativo del Tribunal Superior de Justicia de las Islas Baleares, en el plazo de dos
meses contados a partir del día siguiente al conocimiento de la presente notificación, sin
perjuicio de que pueda ejercer, en su caso, cualquier otro que estime procedente.
cve: BOE-A-2024-10915
Verificable en https://www.boe.es
Palma, 15 de mayo de 2024.–El Presidente de la Autoridad Portuaria de Baleares,
José Javier Sanz Fernández.
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
Núm. 131
Jueves 30 de mayo de 2024
Sec. III. Pág. 62760
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE TRANSPORTES Y MOVILIDAD SOSTENIBLE
10915
Resolución de 15 de mayo de 2024, de la Autoridad Portuaria de Baleares,
por la que se aprueba el Pliego de prescripciones particulares del servicio
portuario de practicaje en el Puerto de Eivissa.
El Consejo de Administración de la Autoridad Portuaria de Baleares, en sesión
celebrada en fecha 18 de abril de 2024 y, en virtud de lo expuesto en el apartado b) del
art. 33.2 del Texto Refundido de la Ley de Puertos del Estado y de la Marina Mercante,
aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2011, de 5 de septiembre, a tenor de lo
reseñado en el apartado b) del artículo 31.2 y s) del artículo 30.5 del citado texto legal,
adoptó entre otros el acuerdo siguiente:
«Aprobar el Pliego de Prescripciones Particulares del Servicio Portuario de Practicaje
en el Puerto de Eivissa, del que se anexa enlace (que sustituye al vigente, aprobado por
el Consejo de Administración el 16 de diciembre de 2009), y ordenar su publicación en el
BOE.»
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 113.5 del citado Texto Refundido, los
pliegos de prescripciones particulares de los servicios portuarios deberán publicarse, una
vez aprobados, en el «Boletín Oficial del Estado».
El texto íntegro del mencionado Pliego se encuentra disponible en la página web de
la Autoridad Portuaria de Baleares:
https://www.portsdebalears.com/es/eivissa/servicios-portuarios#anclaPuertos.
Contra los presentes acuerdos que ponen fin a la vía administrativa, se podrá
interponer, en el plazo de un mes, recurso de reposición potestativo, ante el órgano que
ha resuelto o recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo ContenciosoAdministrativo del Tribunal Superior de Justicia de las Islas Baleares, en el plazo de dos
meses contados a partir del día siguiente al conocimiento de la presente notificación, sin
perjuicio de que pueda ejercer, en su caso, cualquier otro que estime procedente.
cve: BOE-A-2024-10915
Verificable en https://www.boe.es
Palma, 15 de mayo de 2024.–El Presidente de la Autoridad Portuaria de Baleares,
José Javier Sanz Fernández.
https://www.boe.es
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