V. Anuncios. - B. Otros anuncios oficiales. MINISTERIO DE TRANSPORTES Y MOVILIDAD SOSTENIBLE. (BOE-B-2024-19647)
Anuncio de la Demarcación de Carreteras del Estado en Andalucía Occidental por el que se somete a información pública la aprobación provisional del Proyecto de obras Complementarias n° 1 al Proyecto Clave: 23-H-3930 "Variante de las poblaciones de Beas y Trigueros en la carretera N-435, del p.k. 205,8 al 218,8". Provincia de Huelva. Clave: 23-H-3931.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 131

Jueves 30 de mayo de 2024

Sec. V-B. Pág. 29239

V. Anuncios
B. Otros anuncios oficiales
MINISTERIO DE TRANSPORTES Y MOVILIDAD SOSTENIBLE

19647

Anuncio de la Demarcación de Carreteras del Estado en Andalucía
Occidental por el que se somete a información pública la aprobación
provisional del Proyecto de obras Complementarias n° 1 al Proyecto
Clave: 23-H-3930 "Variante de las poblaciones de Beas y Trigueros en
la carretera N-435, del p.k. 205,8 al 218,8". Provincia de Huelva. Clave:
23-H-3931.

Con fecha 6 de marzo de 2024 el Director General de Carreteras por
delegación del Ministro de Transportes y Movilidad Sostenible (Orden TMA/1007/
2021, de 9 de septiembre) ha resuelto lo siguiente:
"1. Aprobar provisionalmente el Proyecto de obras Complementarias N° 1 al
Proyecto Clave: 23-H-3930 "Variante de las poblaciones de Beas y Trigueros en la
carretera N-435, del p.k. 205,8 al 218,8". Provincia de Huelva.", con un
Presupuesto Base de Licitación del Proyecto de Construcción que asciende
2.928.491,69 €, que no incluye la cantidad de 614.983,25 € en concepto de I.V.A.
(21 %).
2. Ordenar que por la Demarcación de Carreteras del Estado en Andalucía
Occidental se proceda a incoar el correspondiente expediente de información
pública del proyecto de obras complementarias, de acuerdo con la Ley 39/2015, de
1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones
Públicas, de la Orden Circular 22/2007 sobre instrucciones complementarias para
la tramitación de proyectos, de la Orden FOM/2873/2007 sobre procedimientos
complementarios para autorizar nuevos enlaces o modificar los existentes en las
carreteras del Estado, y en cumplimiento de cuanto establecen:
· Los artículos 8, 12 y 16 de la Ley 37/2015, de 29 de septiembre, de
Carreteras, y concordantes de su Reglamento.
· Los artículos 17, 18 y 19.1 de la Ley de Expropiación Forzosa, de 16 de
diciembre de 1954, y concordantes de su Reglamento.
· El artículo 36 del Decreto 155/1998, de 21 de julio, por el que se aprueba el
Reglamento de Vías Pecuarias de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

4. Ordenar a la Demarcación de Carreteras del Estado en Andalucía
Occidental la incoación del expediente de expropiación de los terrenos
necesarios."
Así mismo, con fecha 13 de mayo de 2024 el Director General de Carreteras
por delegación del Ministro de Transportes y Movilidad Sostenible (Orden TMA/
1007/2021, de 9 de septiembre) resuelve:
"1. Declarar la urgencia del proyecto en aplicación de lo previsto en el artículo
12.2 de la Ley 37/2015, de 29 de septiembre, de Carreteras, modificada por Real

cve: BOE-B-2024-19647
Verificable en https://www.boe.es

3. Remitir el presente proyecto de construcción al titular de la vía, el
Administrador de Infraestructuras Ferroviarias (ADIF) y el Órgano Gestor, la
Mancomunidad Campiña-Andévalo y resto de Organismos oficiales con
competencia en la materia para que presenten las alegaciones que consideren
oportunas.