I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE HACIENDA. Procedimientos administrativos. Gestión informatizada. (BOE-A-2024-10763)
Resolución de 13 de mayo de 2024, de la Dirección General de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, por la que se establece el procedimiento para efectuar telemáticamente el embargo de créditos derivados del cobro mediante terminales punto de venta en entidades de crédito y proveedores de servicios de pago.
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Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 130
Miércoles 29 de mayo de 2024
Sec. I. Pág. 61964
El intervalo de fechas delimitado por fechaDesde y fechaHasta no puede ser superior
a un año.
6.2
Los datos de respuesta a una petición serán los siguientes:
– Datos de identificación de la entidad adherida y de la entidad transmisora, según lo
especificado anteriormente en el apartado 1 de este anexo I.
– datosPaginacion. Bloque de información de la paginación de la respuesta.
● idPeticion. Identificador de la petición, necesario para seguir recuperando el resto
de registros. Si el valor del identificador de la petición es vacío indica que ya no hay más
información que recuperar.
● numRegistrosPeticion. Número de registros recuperados en la petición actual.
– listaDiligencias. Bloque de información correspondiente a la lista de diligencias
de TPV pendientes de finalizar. Si la petición se ha realizado especificando un código
identificativo de entidad transmisora, la información devuelta se agrupará por el
identificador de cada uno de las entidades adheridas implicadas en la petición.
● idEntidadGestora. Código identificativo en el Registro del Banco de España de la
entidad adherida. Se devolverá este dato únicamente cuando el acceso al servicio se
haya realizado con la intermediación de una entidad transmisora.
● diligencias. Lista de diligencias que se han recuperado para la entidad adherida
especificado en el campo anterior. El bloque de información correspondiente a cada
diligencia es el siguiente:
○ numDiligencia. Número de diligencia de embargo.
○ nifDeudor. NIF del deudor.
○ razonSocialDeudor. Nombre o razón social correspondiente al NIF anterior.
○ fechaEmision. Fecha de emisión de la diligencia. Formato AAAAMMDD.
○ impEmbargo. Importe a embargar, en céntimos de euro. Corresponde al importe
original de la diligencia de embargo.
○ impIngresoRealizado. Incluye todos los ingresos ya realizados en cuenta
restringida sobre la diligencia y procedentes de la entidad adherida. Es un dato
informativo que podrá ser utilizado por la entidad adherida para actualizar el importe
pendiente de la diligencia, y continuar con las retenciones en los pagos procedentes de
operaciones de TPV del deudor.
○ csv. Código Seguro de Verificación del documento de la diligencia de embargo.
○ numJustIng. Número de justificante de ingreso.
○ modelo. Modelo del documento de ingreso de diligencias de embargo. Valores
permitidos: 008.
7. Recuperación de documentos a partir de un Código Seguro de Verificación
Este servicio permitirá a las entidades gestoras recuperar un documento a partir de
su Código Seguro de Verificación.
Los datos de la petición serán los siguientes:
– csv. Código Seguro de Verificación del documento que se solicita.
7.2
Los datos de respuesta a una petición serán los siguientes:
– csv. Código Seguro de Verificación del documento solicitado.
– documento. Bloque de información relativo al documento asociado al CSV.
● tipo. Indica el tipo Multipurpose Internet Mail Extensions (MIME) del documento
(por ejemplo, ‘application/pdf’).
● contenido. Campo con el contenido del documento codificado en Base64.
cve: BOE-A-2024-10763
Verificable en https://www.boe.es
7.1
Núm. 130
Miércoles 29 de mayo de 2024
Sec. I. Pág. 61964
El intervalo de fechas delimitado por fechaDesde y fechaHasta no puede ser superior
a un año.
6.2
Los datos de respuesta a una petición serán los siguientes:
– Datos de identificación de la entidad adherida y de la entidad transmisora, según lo
especificado anteriormente en el apartado 1 de este anexo I.
– datosPaginacion. Bloque de información de la paginación de la respuesta.
● idPeticion. Identificador de la petición, necesario para seguir recuperando el resto
de registros. Si el valor del identificador de la petición es vacío indica que ya no hay más
información que recuperar.
● numRegistrosPeticion. Número de registros recuperados en la petición actual.
– listaDiligencias. Bloque de información correspondiente a la lista de diligencias
de TPV pendientes de finalizar. Si la petición se ha realizado especificando un código
identificativo de entidad transmisora, la información devuelta se agrupará por el
identificador de cada uno de las entidades adheridas implicadas en la petición.
● idEntidadGestora. Código identificativo en el Registro del Banco de España de la
entidad adherida. Se devolverá este dato únicamente cuando el acceso al servicio se
haya realizado con la intermediación de una entidad transmisora.
● diligencias. Lista de diligencias que se han recuperado para la entidad adherida
especificado en el campo anterior. El bloque de información correspondiente a cada
diligencia es el siguiente:
○ numDiligencia. Número de diligencia de embargo.
○ nifDeudor. NIF del deudor.
○ razonSocialDeudor. Nombre o razón social correspondiente al NIF anterior.
○ fechaEmision. Fecha de emisión de la diligencia. Formato AAAAMMDD.
○ impEmbargo. Importe a embargar, en céntimos de euro. Corresponde al importe
original de la diligencia de embargo.
○ impIngresoRealizado. Incluye todos los ingresos ya realizados en cuenta
restringida sobre la diligencia y procedentes de la entidad adherida. Es un dato
informativo que podrá ser utilizado por la entidad adherida para actualizar el importe
pendiente de la diligencia, y continuar con las retenciones en los pagos procedentes de
operaciones de TPV del deudor.
○ csv. Código Seguro de Verificación del documento de la diligencia de embargo.
○ numJustIng. Número de justificante de ingreso.
○ modelo. Modelo del documento de ingreso de diligencias de embargo. Valores
permitidos: 008.
7. Recuperación de documentos a partir de un Código Seguro de Verificación
Este servicio permitirá a las entidades gestoras recuperar un documento a partir de
su Código Seguro de Verificación.
Los datos de la petición serán los siguientes:
– csv. Código Seguro de Verificación del documento que se solicita.
7.2
Los datos de respuesta a una petición serán los siguientes:
– csv. Código Seguro de Verificación del documento solicitado.
– documento. Bloque de información relativo al documento asociado al CSV.
● tipo. Indica el tipo Multipurpose Internet Mail Extensions (MIME) del documento
(por ejemplo, ‘application/pdf’).
● contenido. Campo con el contenido del documento codificado en Base64.
cve: BOE-A-2024-10763
Verificable en https://www.boe.es
7.1