III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE ECONOMÍA, COMERCIO Y EMPRESA. Entidades de seguros. (BOE-A-2024-10853)
Orden ECM/504/2024, de 20 de mayo, de extinción y cancelación de Mutualidad Escolar de Previsión Social a Prima Fija Jesús María, en el Registro administrativo de entidades aseguradoras.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 130

Miércoles 29 de mayo de 2024

Sec. III. Pág. 62361

III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO DE ECONOMÍA, COMERCIO Y EMPRESA
10853

Orden ECM/504/2024, de 20 de mayo, de extinción y cancelación de
Mutualidad Escolar de Previsión Social a Prima Fija Jesús María, en el
Registro administrativo de entidades aseguradoras.

Con fecha 11 de noviembre de 2022 se dictó Orden Ministerial por la que se acordó
revocar la autorización administrativa para el ejercicio de la actividad aseguradora a la
entidad Mutualidad Escolar de Previsión Social a Prima Fija Jesús María, inscrita en el
Registro administrativo de entidades aseguradoras con clave P2636, en virtud de lo
dispuesto en el artículo 169.4.d) de la Ley 20/2015, de 14 de julio, de ordenación,
supervisión y solvencia de las entidades aseguradoras y reaseguradoras.
Iniciado en su momento el proceso de liquidación, éste se ha llevado a cabo y ha
concluido de acuerdo con los trámites previstos en los artículos 175 y siguientes de la
mencionada Ley 20/2015, de 14 de julio, y 222 a 227 del Real Decreto 1060/2015, de 20
de noviembre, de ordenación, supervisión y solvencia de las entidades aseguradoras y
reaseguradoras, habiéndose otorgado el día 5 de diciembre de 2023, la correspondiente
escritura pública de liquidación y extinción de la entidad Mutualidad Escolar de Previsión
Social a Prima Fija Jesús María, en liquidación.
De la documentación que ha sido aportada al expediente, se desprende que se ha
dado cumplimiento a lo dispuesto en los artículos 181.6 de la Ley 20/2015, de 14 de julio,
de ordenación, supervisión y solvencia de las entidades aseguradoras y reaseguradoras
y 227.1 del Real Decreto 1060/2015, de 20 de noviembre, de ordenación, supervisión y
solvencia de las entidades aseguradoras y reaseguradoras.
En consecuencia, a propuesta de la Dirección General de Seguros y Fondos de
Pensiones, he resuelto:
Primero.
Declarar, conforme a lo previsto en el artículo 181.6 de la Ley 20/2015, de 14 de julio,
de ordenación, supervisión y solvencia de las entidades aseguradoras y reaseguradoras,
la extinción de la entidad Mutualidad Escolar de Previsión Social a Prima Fija Jesús
María y la consiguiente cancelación de la inscripción en el Registro administrativo de
entidades aseguradoras, previsto en el artículo 40 de la referida Ley 20/2015, de 14 de
julio.
Segundo.

Contra la presente orden, que pone fin a la vía administrativa, de conformidad con lo
previsto en el artículo 114 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se podrá interponer con
carácter potestativo recurso de reposición en el plazo de un mes, contado a partir del día
siguiente a su notificación, de acuerdo con los artículos 123 y 124 de la citada
Ley 39/2015, de 1 de octubre. Asimismo, se podrá interponer recurso contenciosoadministrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional en
el plazo de dos meses, a partir del día siguiente a su notificación, de conformidad con lo

cve: BOE-A-2024-10853
Verificable en https://www.boe.es

La presente Orden Ministerial se publicará en el «Boletín Oficial del Estado».