III. Otras disposiciones. CONSEJO GENERAL DEL PODER JUDICIAL. Tribunales Superiores de Justicia. (BOE-A-2024-10835)
Acuerdo de 9 de mayo de 2024, de la Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial, por el que se aprueba la propuesta de la Sala de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, consistente en prorrogar el funcionamiento de un segundo juzgado de guardia para el enjuiciamiento de delitos leves inmediatos en el partido judicial de Barcelona, para el período del 1 de julio de 2024 hasta el 30 de junio de 2025.
Página 1 Pág. 1
1 página en total
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 130

Miércoles 29 de mayo de 2024

Sec. III. Pág. 62242

III. OTRAS DISPOSICIONES

CONSEJO GENERAL DEL PODER JUDICIAL
10835

Acuerdo de 9 de mayo de 2024, de la Comisión Permanente del Consejo
General del Poder Judicial, por el que se aprueba la propuesta de la Sala de
Gobierno del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, consistente en
prorrogar el funcionamiento de un segundo juzgado de guardia para el
enjuiciamiento de delitos leves inmediatos en el partido judicial de Barcelona,
para el período del 1 de julio de 2024 hasta el 30 de junio de 2025.

Primero.
Aprobar la propuesta de la Sala de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia de
Cataluña, consistente en prorrogar el funcionamiento de un segundo juzgado de guardia
para el enjuiciamiento de delitos leves inmediatos en el partido judicial de Barcelona,
para el período del 1 de julio de 2024 hasta el 30 de junio de 2025, sin perjuicio de su
posterior continuación, a desarrollar por todos los juzgados de instrucción de dicho
partido judicial, en turno preestablecido, de lunes a viernes hábiles en horario de 9 a 21
horas. En caso de coincidencia entre el juzgado de guardia de delitos leves inmediatos y
el turno de sustituciones internas obligatorias, debe priorizarse la atención del servicio de
guardia.
Segundo.
Iniciar el procedimiento de modificación reglamentaria previsto en el artículo 560.2 de
la Ley Orgánica del Poder Judicial.
Tercero.
Encomendar la tramitación del procedimiento de modificación reglamentaria al
Gabinete Técnico del Consejo General del Poder Judicial, designando como ponente a la
vocal Roser Bach Fabregó.
Cuarto.
Particípese este acuerdo al Ministerio de Presidencia, Justicia y Relaciones con las
Cortes, al Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, para su comunicación a la
magistrada decana del partido judicial de Barcelona y a los colegios profesionales del
partido judicial de Barcelona; al Departamento de Justicia de la Generalitat de Cataluña y
al Servicio de Inspección del Consejo General del Poder Judicial.

cve: BOE-A-2024-10835
Verificable en https://www.boe.es

Madrid, 9 de mayo de 2024.–El Presidente del Consejo General del Poder Judicial,
P.S., el Vocal, Vicente Guilarte Gutiérrez.

https://www.boe.es

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X