I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE EDUCACIÓN, FORMACIÓN PROFESIONAL Y DEPORTES. Formación profesional. (BOE-A-2024-10684)
Real Decreto 499/2024, de 21 de mayo, por el que se modifican determinados reales decretos por los que se establecen títulos de Formación Profesional de grado medio y se fijan sus enseñanzas mínimas.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 129

Martes 28 de mayo de 2024

Sec. I. Pág. 61041

Unidades de competencia acreditadas

Módulos profesionales convalidables

UC0347_2: Realizar protocolos normalizados de trabajo, preparación del entorno profesional y
cuidados estéticos capilares.
UC0356_2: Atender al cliente del servicio estético de manos y pies en condiciones de seguridad,
higiene y salud.

0844. Cosmética para peluquería.
0849. Análisis capilar.

Nota: Las personas matriculadas en este ciclo formativo que tengan
acreditadas todas las unidades de competencia incluidas en el título, de acuerdo
con el procedimiento de acreditación de competencias profesionales adquiridas a
través de la experiencia laboral u otras vías formales o informales recogido en el
Real Decreto 659/2023, de 18 de julio, por el que se desarrolla la ordenación del
Sistema de Formación Profesional, tendrán convalidado el módulo profesional
"0848. Peluquería y estilismo masculino".
ANEXO V B)
Correspondencia de los módulos profesionales con las unidades de
competencia para su acreditación
Módulos profesionales superados

Unidades de competencia acreditables

0842. Peinados y recogidos.

UC0349_2: Realizar cambios de forma temporal en el cabello, peinarlo y/o recogerlo.
UC0058_1: Preparar los equipos y lavar y acondicionar el cabello y cuero cabelludo.

0845. Técnicas de corte de cabello.

UC2685_2: Realizar técnicas de corte del cabello.
UC2686_2: Realizar técnicas de barbería.

0636. Estética de manos y pies.

UC0357_2: Aplicar técnicas estéticas para cuidar y embellecer las uñas.
UC0359_2: Realizar tratamientos estéticos de manos y pies.

0843. Coloración capilar.

UC0348_2: Realizar cambios de coloración total o parcial en el cabello y pelo del rostro.

0846. Cambios de forma permanente del
cabello.

UC0350_2: Realizar cambios de forma permanente en el cabello.

0643. Marketing y venta en imagen
personal.

UC0352_2: Vender productos y servicios para la Imagen Personal.

0844. Cosmética para peluquería.
0849. Análisis capilar.

UC0347_2: Realizar protocolos normalizados de trabajo, preparación del entorno profesional y
cuidados estéticos capilares.
UC0356_2: Atender al cliente del servicio estético de manos y pies en condiciones de seguridad,
higiene y salud.»

Dieciséis. En el Real Decreto 1589/2011, de 4 de noviembre, por el que se
establece el Título de Técnico en Mantenimiento Electromecánico y se fijan sus
enseñanzas mínimas, se da una nueva redacción al artículo 6 y se sustituyen los anexos
V A) y V B) con la siguiente redacción:

Cualificaciones profesionales:
a) Montaje y mantenimiento de sistemas de automatización industrial ELE599_2
(Real Decreto 560/2011, de 20 de abril, por el que se complementa el Catálogo
Nacional de Cualificaciones Profesionales, mediante el establecimiento de tres
cualificaciones profesionales de la familia profesional electricidad y electrónica):
UC1978_2: Montar sistemas de automatización industrial.
UC1979_2: Mantener sistemas de automatización industrial.

cve: BOE-A-2024-10684
Verificable en https://www.boe.es

«Artículo 6. Relación de cualificaciones y unidades de competencia del Catálogo
Nacional de Cualificaciones Profesionales incluidas en el título.