I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE EDUCACIÓN, FORMACIÓN PROFESIONAL Y DEPORTES. Formación profesional. (BOE-A-2024-10684)
Real Decreto 499/2024, de 21 de mayo, por el que se modifican determinados reales decretos por los que se establecen títulos de Formación Profesional de grado medio y se fijan sus enseñanzas mínimas.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 129

Martes 28 de mayo de 2024

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I. DISPOSICIONES GENERALES

MINISTERIO DE EDUCACIÓN, FORMACIÓN PROFESIONAL
Y DEPORTES
10684

Real Decreto 499/2024, de 21 de mayo, por el que se modifican
determinados reales decretos por los que se establecen títulos de Formación
Profesional de grado medio y se fijan sus enseñanzas mínimas.
ÍNDICE

Artículo primero. Objeto y ámbito de aplicación.
Artículo segundo. Modificación del artículo relativo a la identificación del título.
Artículo tercero. Modificaciones relativas a las cualificaciones profesionales y
unidades de competencia.
Artículo cuarto. Modificación del artículo relativo a los módulos profesionales.
Artículo quinto. Modificación del artículo relativo al profesorado.
Artículo sexto. Modificación del artículo relativo a convalidaciones y exenciones.
Artículo séptimo. Modificación del anexo I.
Artículo octavo. Modificación de los anexos III A), III B), III C) y III D).
Artículo noveno. Modalidad destinada al personal militar.

Anexo I. Tabla de adaptación horaria del currículo básico para Ciclos Formativos de
Grado Medio (CFGM).
Anexo II. Currículo básico módulo de Proyecto intermodular de grado medio.
Anexo III. Real Decreto 1396/2007, de 29 de octubre. Anexo III. Especialidades del
profesorado con atribución docente en los módulos profesionales del ciclo formativo de
Técnico en Cocina y Gastronomía.
Anexo IV. Real Decreto 1397/2007, de 29 de octubre. Anexo III. Especialidades del
profesorado con atribución docente en los módulos profesionales del ciclo formativo de
Técnico en Emergencias Sanitarias.
Anexo V. Real Decreto 1398/2007, de 29 de octubre. Anexo III. Especialidades del
profesorado con atribución docente en los en los módulos profesionales del ciclo
formativo de Técnico en Mecanizado.
Anexo VI. Real Decreto 1399/2007, de 29 de octubre. Anexo III. Especialidades del
profesorado con atribución docente en los módulos profesionales del ciclo formativo de
Técnico en Panadería, repostería y confitería.
Anexo VII. Real Decreto 1689/2007, de 14 de diciembre. Anexo III. Especialidades
del profesorado con atribución docente en los módulos profesionales del ciclo formativo
de Técnico en Farmacia y Parafarmacia.

cve: BOE-A-2024-10684
Verificable en https://www.boe.es

Disposición adicional primera. Horas del currículo básico.
Disposición adicional segunda. Referencias contenidas en la disposición relativa a
titulaciones equivalentes y vinculación con capacitaciones profesionales.
Disposición adicional tercera. Referencias a los anexos III B) y III D).
Disposición adicional cuarta. Referencias a las competencias profesionales,
personales y sociales.
Disposición transitoria única. Aplicación de los reales decretos por los que se
establecen títulos de formación profesional de grado medio de acuerdo con el calendario
establecido en el Real Decreto 278/2023, de 11 de abril.
Disposición final primera. Título competencial.
Disposición final segunda. Entrada en vigor.