V. Anuncios. - B. Otros anuncios oficiales. MINISTERIO DE TRANSPORTES Y MOVILIDAD SOSTENIBLE. (BOE-B-2024-19421)
Anuncio de la Demarcación de Carreteras del Estado en Andalucía Oriental por el que se publica la resolución de la Dirección General de Carreteras por la que se aprueba provisionalmente y se ordena la incoación del trámite de información pública de los Proyectos de Construcción: "Remodelación del Enlace de la Autovía del Mediterráneo (E-15/A-7) con las carreteras A-391 Y A-1051". Clave: 15-AL-3650 y "Segunda fase de la remodelación del enlace 429 de la Autovía del Mediterráneo (E-15/A7) con las carreteras A-391 Y A-1051". Clave:15-AL-3720.
Página 1 Pág. 1
2 >> Página 2 >>
5 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 129

Martes 28 de mayo de 2024

Sec. V-B. Pág. 28822

V. Anuncios
B. Otros anuncios oficiales
MINISTERIO DE TRANSPORTES Y MOVILIDAD SOSTENIBLE

19421

Anuncio de la Demarcación de Carreteras del Estado en Andalucía
Oriental por el que se publica la resolución de la Dirección General de
Carre te ras por la que se aprue ba provisionalme nte y se orde na la
incoación de l trámite de información pública de los Proye ctos de
Construcción: "Remodelación del Enlace de la Autovía del Mediterráneo
(E-15/A-7) con las carreteras A-391 Y A-1051". Clave: 15-AL-3650 y
"Segunda fase de la remodelación del enlace 429 de la Autovía del
Mediterráneo (E-15/A7) con las carreteras A-391 Y A-1051". Clave:15AL-3720.

Con fecha 17 de abril de 2024, el Director General de Carreteras, en uso de las
competencias establecidas en el artículo 32 del vigente Reglamento General de
Carreteras, aprobado por Real Decreto 1812/1994, de 2 de septiembre, ha
resuelto:
"1. Aprobar provisionalmente los Proyectos de Construcción:
- "Remodelación del enlace de la autovía del Mediterráneo (E-15/A-7) con las
carreteras A-391 y A-1051", con clave 15-AL-3650 y redactado con fecha marzo de
2024.
- "Segunda fase de la remodelación del enlace 429 de la autovía del
Mediterráneo (E-15/A7) con las carreteras A-391 y A-1051", con clave 15-AL-3720
y redactado con fecha marzo de 2024.
2. Declarar la urgencia de los proyectos en aplicación de lo previsto en el
artículo 12.2 de la Ley 37/2015, de 29 de septiembre, de carreteras, modificada por
Real Decreto Ley 18/2018, de 8 de noviembre, por lo que el presente trámite
tendrá el carácter de información pública previa a la declaración de urgente
ocupación de los bienes y derechos afectados por la ejecución del proyecto.
3. Ordenar que, por la Demarcación de Carreteras del Estado en Andalucía
Oriental, se proceda a incoar el correspondiente Expediente de Información
Pública, de acuerdo con la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento
administrativo común de las Administraciones Públicas, en cumplimiento de cuanto
establece la Orden Circular 22/07 sobre Instrucciones complementarias para
tramitación de Proyectos, así como:

- Los artículos 17, 18 y 19.1 de la Ley de expropiación forzosa, de 16 de
diciembre de 1954, sobre la necesidad de ocupación, y concordantes de su
Reglamento. Así, cualquier persona podrá aportar por escrito los datos oportunos
para rectificar posibles errores de la relación publicada u oponerse, por razones de
fondo o forma, a la necesidad de la ocupación. Esta información pública también lo
es a los efectos de la declaración de urgente ocupación de los bienes y derechos
afectados.

cve: BOE-B-2024-19421
Verificable en https://www.boe.es

- El artículo 12.6 de la vigente Ley 37/2015, de 29 de septiembre, de
carreteras, modificada por Real Decreto-ley 18/2018, de 8 de noviembre, y
concordantes de su Reglamento aprobado por Real Decreto 1812/1994, de 2 de
septiembre. Las alegaciones que se reciban solamente se podrán tener en
consideración si versan sobre la declaración de interés general de la carretera o
sobre la concepción global de su trazado.