III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Instalaciones eléctricas. (BOE-A-2024-10670)
Resolución de 9 de mayo de 2024, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se otorga a Solaria Promoción y Desarrollo Fotovoltaico, SLU, autorización administrativa de construcción para la instalación fotovoltaica Oliva Solar 2, de 44,68 MW de potencia instalada, y sus infraestructuras de evacuación, en la pedanía de Usanos, Guadalajara, y se declara, en concreto, su utilidad pública.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Lunes 27 de mayo de 2024
Sec. III. Pág. 60809
autorización administrativa previa de las modificaciones descritas anteriormente,
autorización administrativa de construcción y declaración, en concreto, de utilidad pública
de la planta fotovoltaica Oliva Solar 1, de 44,68 MW de potencia instalada y la
infraestructura común de evacuación; así como la autorización administrativa de
construcción y declaración, en concreto, de utilidad pública de las plantas fotovoltaicas
Oliva Solar 2, de 44,68 MW de potencia instalada, y Oliva Solar 3, Oliva Solar 4 y Oliva
Solar 5, de 24,06 MW de potencia instalada cada una, y sus infraestructuras de
evacuación asociadas, en las provincias de Guadalajara y Madrid.
La Dirección General de Política Energética y Minas, con fecha 6 de febrero de 2024,
dictó acuerdo de desacumulación para la tramitación separada relativa a los expedientes
de autorización administrativa previa de las modificaciones descritas anteriormente,
autorización administrativa de construcción y declaración, en concreto, de utilidad pública
de la planta fotovoltaica Oliva Solar 1, de 44,68 MW de potencia instalada y la
infraestructura común de evacuación; así como la autorización administrativa de
construcción y declaración, en concreto, de utilidad pública de las plantas fotovoltaicas
Oliva Solar 2, de 44,68 MW de potencia instalada, y Oliva Solar 3, Oliva Solar 4 y Oliva
Solar 5, de 24,06 MW de potencia instalada cada una, y sus infraestructuras de
evacuación asociadas, en las provincias de Guadalajara y Madrid.
El expediente ha sido incoado en el Área de Industria y Energía de la Delegación del
Gobierno en Madrid y se ha tramitado de conformidad con lo previsto en los artículos 131
y 146 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, habiéndose solicitado los
correspondientes informes a las distintas administraciones, organismos y empresas de
servicio público o de servicios de interés general en la parte que la instalación pueda
afectar a bienes y derechos a su cargo.
Se ha recibido contestación de la que no se desprende oposición de la Dirección
General de Infraestructura de la Secretaría de Estado de Defensa; de Red Eléctrica de
España, SAU; de la Agencia Estatal de Seguridad Aérea (AESA); y de Infraestructura del
Agua de Castilla–La Mancha. Se ha dado traslado al promotor de dicha contestación,
que expresa su conformidad con la misma.
Se han recibido contestaciones de la Delegación Provincial de Educación, Cultura y
Deportes en Guadalajara de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes de la Junta
de Comunidades de Castilla-La Mancha, de la Consejería de Desarrollo Sostenible de
Guadalajara de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha (Vías Pecuarias), de la
Secretaría General de Infraestructuras del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda
Urbana y de la Confederación Hidrográfica del Tajo, en las que se establecen
condicionados técnicos y, en su caso, la necesidad de solicitar autorización ante dichos
organismos por la ocupación o el cruzamiento de la instalación con bienes o servicios de
sus competencias. Se ha dado traslado al promotor de dichas contestaciones, el cual
expresa su conformidad con las mismas.
Se ha recibido informe de la Dirección General de Medio Natural y Biodiversidad de
la Consejería de Desarrollo Sostenible de la Junta de Comunidades de Castilla-La
Mancha donde se pronuncia favorablemente, para dar cumplimiento a la condición 4.i).
(Condiciones generales).5. de la DIA, sobre el plan de medidas compensatorias, el plan
de seguimiento específico de fauna y el programa de vigilancia presentado por el
promotor. Se ha dado traslado al promotor, que responde prestando conformidad al
organismo.
Se ha recibido contestación de la Dirección General de Carreteras de la Junta de
Comunidades de Castilla-La Mancha en la que solicita presentar: (i) estudios de
resplandor solar sobre las carreteras CM–1002 y CM-1008, (ii) documentación técnica de
afección hidrológica en la carretera CM-1008, y (iii) documentación técnica
complementaria relativa al cruzamiento subterráneo de la línea de evacuación de alta
tensión con la carretera CM-1002. Asimismo, hace constar de forma expresa que
previamente al inicio de las obras de construcción del proyecto de las cinco plantas
solares fotovoltaicas «Oliva» y su infraestructura de evacuación debe solicitarse la
correspondiente autorización de ejecución de obras de todas aquellas actividades que se
cve: BOE-A-2024-10670
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 128
Lunes 27 de mayo de 2024
Sec. III. Pág. 60809
autorización administrativa previa de las modificaciones descritas anteriormente,
autorización administrativa de construcción y declaración, en concreto, de utilidad pública
de la planta fotovoltaica Oliva Solar 1, de 44,68 MW de potencia instalada y la
infraestructura común de evacuación; así como la autorización administrativa de
construcción y declaración, en concreto, de utilidad pública de las plantas fotovoltaicas
Oliva Solar 2, de 44,68 MW de potencia instalada, y Oliva Solar 3, Oliva Solar 4 y Oliva
Solar 5, de 24,06 MW de potencia instalada cada una, y sus infraestructuras de
evacuación asociadas, en las provincias de Guadalajara y Madrid.
La Dirección General de Política Energética y Minas, con fecha 6 de febrero de 2024,
dictó acuerdo de desacumulación para la tramitación separada relativa a los expedientes
de autorización administrativa previa de las modificaciones descritas anteriormente,
autorización administrativa de construcción y declaración, en concreto, de utilidad pública
de la planta fotovoltaica Oliva Solar 1, de 44,68 MW de potencia instalada y la
infraestructura común de evacuación; así como la autorización administrativa de
construcción y declaración, en concreto, de utilidad pública de las plantas fotovoltaicas
Oliva Solar 2, de 44,68 MW de potencia instalada, y Oliva Solar 3, Oliva Solar 4 y Oliva
Solar 5, de 24,06 MW de potencia instalada cada una, y sus infraestructuras de
evacuación asociadas, en las provincias de Guadalajara y Madrid.
El expediente ha sido incoado en el Área de Industria y Energía de la Delegación del
Gobierno en Madrid y se ha tramitado de conformidad con lo previsto en los artículos 131
y 146 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, habiéndose solicitado los
correspondientes informes a las distintas administraciones, organismos y empresas de
servicio público o de servicios de interés general en la parte que la instalación pueda
afectar a bienes y derechos a su cargo.
Se ha recibido contestación de la que no se desprende oposición de la Dirección
General de Infraestructura de la Secretaría de Estado de Defensa; de Red Eléctrica de
España, SAU; de la Agencia Estatal de Seguridad Aérea (AESA); y de Infraestructura del
Agua de Castilla–La Mancha. Se ha dado traslado al promotor de dicha contestación,
que expresa su conformidad con la misma.
Se han recibido contestaciones de la Delegación Provincial de Educación, Cultura y
Deportes en Guadalajara de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes de la Junta
de Comunidades de Castilla-La Mancha, de la Consejería de Desarrollo Sostenible de
Guadalajara de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha (Vías Pecuarias), de la
Secretaría General de Infraestructuras del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda
Urbana y de la Confederación Hidrográfica del Tajo, en las que se establecen
condicionados técnicos y, en su caso, la necesidad de solicitar autorización ante dichos
organismos por la ocupación o el cruzamiento de la instalación con bienes o servicios de
sus competencias. Se ha dado traslado al promotor de dichas contestaciones, el cual
expresa su conformidad con las mismas.
Se ha recibido informe de la Dirección General de Medio Natural y Biodiversidad de
la Consejería de Desarrollo Sostenible de la Junta de Comunidades de Castilla-La
Mancha donde se pronuncia favorablemente, para dar cumplimiento a la condición 4.i).
(Condiciones generales).5. de la DIA, sobre el plan de medidas compensatorias, el plan
de seguimiento específico de fauna y el programa de vigilancia presentado por el
promotor. Se ha dado traslado al promotor, que responde prestando conformidad al
organismo.
Se ha recibido contestación de la Dirección General de Carreteras de la Junta de
Comunidades de Castilla-La Mancha en la que solicita presentar: (i) estudios de
resplandor solar sobre las carreteras CM–1002 y CM-1008, (ii) documentación técnica de
afección hidrológica en la carretera CM-1008, y (iii) documentación técnica
complementaria relativa al cruzamiento subterráneo de la línea de evacuación de alta
tensión con la carretera CM-1002. Asimismo, hace constar de forma expresa que
previamente al inicio de las obras de construcción del proyecto de las cinco plantas
solares fotovoltaicas «Oliva» y su infraestructura de evacuación debe solicitarse la
correspondiente autorización de ejecución de obras de todas aquellas actividades que se
cve: BOE-A-2024-10670
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 128