III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Instalaciones eléctricas. (BOE-A-2024-10668)
Resolución de 8 de mayo de 2024, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se otorga a Solaria Promoción y Desarrollo Fotovoltaico, SLU, autorización administrativa previa de las modificaciones y autorización administrativa de construcción para la instalación fotovoltaica Oliva Solar 1, de 44,68 MW de potencia instalada, y sus infraestructuras de evacuación, en la pedanía de Usanos, Guadalajara, Galápagos y Torrejón del Rey (Guadalajara) y Valdeavero, Fresno de Torote, Camarma de Esteruelas y Daganzo de Arriba (Madrid) y se declara, en concreto, su utilidad pública.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 128
Lunes 27 de mayo de 2024
Sec. III. Pág. 60798
● Características del tramo subterráneo:
○ Tipo de conductor: RHE-RA+2OL 127/220(245) kV 1x1200 mm2 + T375Al.
○ Aislamiento: XLPE 127/220 kV.
○ Número de circuitos: uno.
– Recinto de medida Daganzo 220 kV, está ubicado en Daganzo de Arriba, en la
Comunidad de Madrid. Consta de 1 posición de medida a la intemperie.
– La línea eléctrica subterránea a 220 kV de evacuación tiene como origen el
recinto de medida Daganzo 220 kV, discurriendo su trazado hasta la subestación
Daganzo 220 kV, propiedad de Red Eléctrica España, SAU Las características
principales de la referida línea son:
● Sistema: corriente alterna trifásica.
● Tensión: 200 kV.
● Frecuencia: 50 Hz.
● Número de circuitos: uno.
● Capacidad: 304,5 MW.
● Tipo de conductor: RHZ1+RA+2OL(AS) 127/220 kV 1x1200 MAl+H250.
● Aislamiento: XLPE 127/220 kV.
● Longitud: 433 m.
● Término municipal afectado: Daganzo de Arriba, Comunidad de Madrid.
El promotor deberá cumplir las condiciones aceptadas durante la tramitación, así
como las condiciones impuestas en la citada Declaración de Impacto Ambiental de la
Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental.
Asimismo, deberá cumplir las normas técnicas y procedimientos de operación que
establezca el Operador del Sistema.
Esta autorización se concede sin perjuicio de cualesquiera concesiones y
autorizaciones que sean necesarias de acuerdo con otras disposiciones que resulten
aplicables, en especial, las relativas a ordenación del territorio y medio ambiente, así
como sin perjuicio del resto de autorizaciones y permisos que sean necesarios para la
ejecución de la obra.
Para las modificaciones al proyecto que se debieran presentar, será de aplicación lo
establecido en el artículo 115 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre.
Declarar, en concreto, la utilidad pública de la instalación que se autoriza con la
relación concreta e individualizada de los bienes y derechos afectados presentados por
el promotor y publicada el 5 de julio de 2023 en el «Boletín Oficial del Estado», el 7 de
julio de 2023 en el «Boletín Oficial de la Provincia de Guadalajara» y el 18 de julio
de 2023 en el «Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid» a los efectos previstos en el
citado Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre.
De acuerdo con lo establecido en el artículo 56.2 de la Ley 24/2013, de 26 de
diciembre, este reconocimiento de utilidad pública, en concreto, supone el derecho a
que sea otorgada la oportuna autorización por los organismos a los que se ha
solicitado el condicionado técnico procedente, para el establecimiento, paso u
ocupación de la instalación eléctrica sobre terrenos de dominio, uso o servicio público
o patrimoniales del Estado, o de las Comunidades Autónomas, o de uso público,
propios o comunales de la provincia o municipio, obras y servicios de los mismos y
zonas de servidumbre pública.
De acuerdo con lo dispuesto en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y en
el artículo 62.2.i) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector
Público, contra la presente resolución, que no pone fin a la vía administrativa, puede
interponerse recurso de alzada ante la persona titular de la Secretaria de Estado de
cve: BOE-A-2024-10668
Verificable en https://www.boe.es
Tercero.
Núm. 128
Lunes 27 de mayo de 2024
Sec. III. Pág. 60798
● Características del tramo subterráneo:
○ Tipo de conductor: RHE-RA+2OL 127/220(245) kV 1x1200 mm2 + T375Al.
○ Aislamiento: XLPE 127/220 kV.
○ Número de circuitos: uno.
– Recinto de medida Daganzo 220 kV, está ubicado en Daganzo de Arriba, en la
Comunidad de Madrid. Consta de 1 posición de medida a la intemperie.
– La línea eléctrica subterránea a 220 kV de evacuación tiene como origen el
recinto de medida Daganzo 220 kV, discurriendo su trazado hasta la subestación
Daganzo 220 kV, propiedad de Red Eléctrica España, SAU Las características
principales de la referida línea son:
● Sistema: corriente alterna trifásica.
● Tensión: 200 kV.
● Frecuencia: 50 Hz.
● Número de circuitos: uno.
● Capacidad: 304,5 MW.
● Tipo de conductor: RHZ1+RA+2OL(AS) 127/220 kV 1x1200 MAl+H250.
● Aislamiento: XLPE 127/220 kV.
● Longitud: 433 m.
● Término municipal afectado: Daganzo de Arriba, Comunidad de Madrid.
El promotor deberá cumplir las condiciones aceptadas durante la tramitación, así
como las condiciones impuestas en la citada Declaración de Impacto Ambiental de la
Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental.
Asimismo, deberá cumplir las normas técnicas y procedimientos de operación que
establezca el Operador del Sistema.
Esta autorización se concede sin perjuicio de cualesquiera concesiones y
autorizaciones que sean necesarias de acuerdo con otras disposiciones que resulten
aplicables, en especial, las relativas a ordenación del territorio y medio ambiente, así
como sin perjuicio del resto de autorizaciones y permisos que sean necesarios para la
ejecución de la obra.
Para las modificaciones al proyecto que se debieran presentar, será de aplicación lo
establecido en el artículo 115 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre.
Declarar, en concreto, la utilidad pública de la instalación que se autoriza con la
relación concreta e individualizada de los bienes y derechos afectados presentados por
el promotor y publicada el 5 de julio de 2023 en el «Boletín Oficial del Estado», el 7 de
julio de 2023 en el «Boletín Oficial de la Provincia de Guadalajara» y el 18 de julio
de 2023 en el «Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid» a los efectos previstos en el
citado Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre.
De acuerdo con lo establecido en el artículo 56.2 de la Ley 24/2013, de 26 de
diciembre, este reconocimiento de utilidad pública, en concreto, supone el derecho a
que sea otorgada la oportuna autorización por los organismos a los que se ha
solicitado el condicionado técnico procedente, para el establecimiento, paso u
ocupación de la instalación eléctrica sobre terrenos de dominio, uso o servicio público
o patrimoniales del Estado, o de las Comunidades Autónomas, o de uso público,
propios o comunales de la provincia o municipio, obras y servicios de los mismos y
zonas de servidumbre pública.
De acuerdo con lo dispuesto en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y en
el artículo 62.2.i) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector
Público, contra la presente resolución, que no pone fin a la vía administrativa, puede
interponerse recurso de alzada ante la persona titular de la Secretaria de Estado de
cve: BOE-A-2024-10668
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Tercero.