II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. UNIVERSIDADES. Personal de la administración y servicios. (BOE-A-2024-10622)
Resolución de 20 de mayo de 2024, de la Universidad de Jaén, por la que se convoca proceso selectivo para la provisión, por el sistema general de acceso libre, de plaza de personal laboral de la categoría de Titulado/a de Grado Medio.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 128
Lunes 27 de mayo de 2024
Sec. II.B. Pág. 60221
Los méritos no justificados, en el plazo establecido al efecto y mediante el
procedimiento establecido no podrán ser valorados en la fase de concurso.
El tribunal calificador publicará en el tablón de anuncios de la sede electrónica de la
Universidad de Jaén (https://sede.ujaen.es/publico/tablon), y a título informativo, en la
página web del Servicio de Personal, la relación que contenga la valoración provisional
de méritos de la fase de concurso, con indicación de la puntuación obtenida. Las
personas aspirantes dispondrán de un plazo de cinco días hábiles, a contar a partir del
siguiente al de la publicación de dicha relación para efectuar las alegaciones pertinentes.
Finalizado dicho plazo, el tribunal publicará la relación con la valoración definitiva de
la fase de concurso y de la oposición.
La valoración máxima en la fase de concurso (40 puntos) se realizará con sujeción al
siguiente baremo:
a)
Experiencia profesional (19 puntos):
1) Por servicios prestados como funcionario/a o personal laboral en la misma
escala/categoría profesional objeto de la convocatoria en universidades públicas hasta el
último día del plazo de presentación de solicitudes: 0,0042 puntos por día de servicio.
2) Por servicios prestados como funcionario/a o personal laboral en la misma
escala/categoría profesional objeto de la convocatoria en otras administraciones públicas
hasta el último día del plazo de presentación de solicitudes: 0,0021 puntos por día de
servicio.
b) Antigüedad (12,25 puntos):
Se computarán por días completos de servicio y hasta un máximo de 12,25 puntos
los servicios efectivos indistintamente prestados en cualquiera de las administraciones
públicas, a razón de 0,003 puntos por día de servicio.
Formación (8,75 puntos):
Por estar en posesión de una titulación universitaria de superior nivel a la exigida
para el acceso a la escala/categoría profesional objeto de la convocatoria: 8,75 puntos.
Por estar en posesión de una titulación no universitaria de superior nivel a la exigida
para el acceso a la escala/categoría profesional objeto de la convocatoria: 6,75 puntos.
Únicamente se valorarán las titulaciones reconocidas por el ministerio competente en
la materia como títulos de carácter oficial y validez en todo el territorio nacional.
De conformidad con el artículo 28 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas, la documentación justificativa de
los méritos alegados se justificará con aquellos documentos que estén establecidos
oficialmente a tal fin (certificaciones, títulos, etc.).
Los servicios prestados fuera de la Universidad de Jaén se acreditarán mediante
documentación justificativa de la prestación de los servicios, con expresión de las
funciones concretas que se han desarrollado, expedida por el órgano administrativo
competente de la universidad o Administración pública correspondiente.
Para la valoración de los méritos alegados, el tribunal tomará para su cómputo como
fecha límite la de finalización del plazo de presentación de las solicitudes de participación
en el presente proceso de selección.
Los puntos obtenidos en la fase de concurso, que en ningún caso podrán superar
los 40 puntos, se sumarán a la puntuación final de la fase de oposición, a efectos de
establecer el orden definitivo de aspirantes.
cve: BOE-A-2024-10622
Verificable en https://www.boe.es
c)
Núm. 128
Lunes 27 de mayo de 2024
Sec. II.B. Pág. 60221
Los méritos no justificados, en el plazo establecido al efecto y mediante el
procedimiento establecido no podrán ser valorados en la fase de concurso.
El tribunal calificador publicará en el tablón de anuncios de la sede electrónica de la
Universidad de Jaén (https://sede.ujaen.es/publico/tablon), y a título informativo, en la
página web del Servicio de Personal, la relación que contenga la valoración provisional
de méritos de la fase de concurso, con indicación de la puntuación obtenida. Las
personas aspirantes dispondrán de un plazo de cinco días hábiles, a contar a partir del
siguiente al de la publicación de dicha relación para efectuar las alegaciones pertinentes.
Finalizado dicho plazo, el tribunal publicará la relación con la valoración definitiva de
la fase de concurso y de la oposición.
La valoración máxima en la fase de concurso (40 puntos) se realizará con sujeción al
siguiente baremo:
a)
Experiencia profesional (19 puntos):
1) Por servicios prestados como funcionario/a o personal laboral en la misma
escala/categoría profesional objeto de la convocatoria en universidades públicas hasta el
último día del plazo de presentación de solicitudes: 0,0042 puntos por día de servicio.
2) Por servicios prestados como funcionario/a o personal laboral en la misma
escala/categoría profesional objeto de la convocatoria en otras administraciones públicas
hasta el último día del plazo de presentación de solicitudes: 0,0021 puntos por día de
servicio.
b) Antigüedad (12,25 puntos):
Se computarán por días completos de servicio y hasta un máximo de 12,25 puntos
los servicios efectivos indistintamente prestados en cualquiera de las administraciones
públicas, a razón de 0,003 puntos por día de servicio.
Formación (8,75 puntos):
Por estar en posesión de una titulación universitaria de superior nivel a la exigida
para el acceso a la escala/categoría profesional objeto de la convocatoria: 8,75 puntos.
Por estar en posesión de una titulación no universitaria de superior nivel a la exigida
para el acceso a la escala/categoría profesional objeto de la convocatoria: 6,75 puntos.
Únicamente se valorarán las titulaciones reconocidas por el ministerio competente en
la materia como títulos de carácter oficial y validez en todo el territorio nacional.
De conformidad con el artículo 28 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas, la documentación justificativa de
los méritos alegados se justificará con aquellos documentos que estén establecidos
oficialmente a tal fin (certificaciones, títulos, etc.).
Los servicios prestados fuera de la Universidad de Jaén se acreditarán mediante
documentación justificativa de la prestación de los servicios, con expresión de las
funciones concretas que se han desarrollado, expedida por el órgano administrativo
competente de la universidad o Administración pública correspondiente.
Para la valoración de los méritos alegados, el tribunal tomará para su cómputo como
fecha límite la de finalización del plazo de presentación de las solicitudes de participación
en el presente proceso de selección.
Los puntos obtenidos en la fase de concurso, que en ningún caso podrán superar
los 40 puntos, se sumarán a la puntuación final de la fase de oposición, a efectos de
establecer el orden definitivo de aspirantes.
cve: BOE-A-2024-10622
Verificable en https://www.boe.es
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