III. Otras disposiciones. MINISTERIO DEL INTERIOR. Convenios. (BOE-A-2024-10658)
Resolución de 20 de mayo de 2024, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio con la Universidad Privada Católica de Valencia, para el desarrollo de prácticas académicas, investigación y formación.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 128

Lunes 27 de mayo de 2024

Sec. III. Pág. 60459

III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO DEL INTERIOR
10658

Resolución de 20 de mayo de 2024, de la Secretaría General Técnica, por la
que se publica el Convenio con la Universidad Privada Católica de Valencia,
para el desarrollo de prácticas académicas, investigación y formación.

Habiéndose suscrito el 16 de mayo de 2024 el Convenio entre el Ministerio del
Interior y la Universidad Privada Católica de Valencia, procede la publicación en el
«Boletín Oficial del Estado» de dicho convenio que figura como anexo a esta resolución,
Madrid, 20 de mayo de 2024.–El Secretario General Técnico, Juan Antonio
Puigserver Martínez.
ANEXO
Convenio entre el Ministerio del Interior y la Universidad Privada Católica de
Valencia para el desarrollo de prácticas académicas, investigación y formación
En Madrid, a 16 de mayo de 2024.
REUNIDOS
De una parte, don Fernando Grande-Marlaska Gómez, Ministro del Interior,
nombrado por Real Decreto 835/2023, de 20 de noviembre, por el que se nombran
Ministros del Gobierno, al amparo de lo previsto en el artículo 48.2 de la Ley 40/2015,
de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, y con domicilio a los efectos del
presente convenio en la calle Amador de los Ríos, 2, 28071 de Madrid.
Y de otra parte, don José Manuel Pagán Agulló, en nombre y representación de la
Universidad Católica de Valencia, San Vicente Mártir, con CIF G-97.025.787 y domicilio
en 46001-Valencia, en la calle Quevedo, n.º 2, en su condición de Rector, que actúa
facultado por su nombramiento realizado por escritura pública otorgada ante el Notario
de Valencia, don Joaquín Borrell García, en fecha 21 de diciembre de 2018 con
número 4.229 de su protocolo, con fecha de nombramiento como rector del 31 de mayo
de 2018, y haciendo uso de las atribuciones que tiene conferidas por los Estatutos de la
Universidad.
Ambas partes, que actúan en razón de sus respectivos cargos, declaran que
intervienen con capacidad legal necesaria y competencia suficiente para suscribir el
presente convenio y, a tal efecto,
EXPONEN

Por un lado, el artículo 149.1.29.ª de la Constitución Española establece que el
Estado tiene competencia exclusiva sobre la materia de seguridad pública.
Por su parte, el artículo 1.1 de la Ley Orgánica 2/1986, de 13 de marzo, de Fuerzas y
Cuerpos de Seguridad, establece que la seguridad pública es competencia exclusiva del
Estado, correspondiendo su mantenimiento al Gobierno de la Nación y, en concreto, al
Ministerio del Interior.
Por otro lado, este Departamento ministerial, según el artículo 1.1 del Real
Decreto 207/2024, de 27 de febrero, por el que se desarrolla la estructura orgánica

cve: BOE-A-2024-10658
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Primero.