III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA Y RELACIONES CON LAS CORTES. Comunidad Autónoma de Andalucía. Convenio. (BOE-A-2024-10625)
Resolución de 20 de mayo de 2024, de la Secretaría de Estado de Justicia, por la que se publica el Convenio con el Consejo General del Poder Judicial, la Comunidad Autónoma de Andalucía y la Universidad de Jaén, para la realización de prácticas externas en juzgados y tribunales.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 128
Lunes 27 de mayo de 2024
Sec. III. Pág. 60239
generales del Consejo de Gobierno en relación con las competencias atribuidas por el
Estatuto de Autonomía a la Comunidad Autónoma de Andalucía en las materias «(…)
recogidas en el capítulo III del título V del Estatuto de Autonomía para Andalucía,
correspondientes a la Administración de Justicia, salvo la configuración, la implantación y el
mantenimiento de sistemas informáticos y de comunicación, sin perjuicio de su dirección
funcional por esta Consejería». Entre dichas competencias se encuentran las relativas a la
dirección, impulso y coordinación de la provisión de los medios necesarios, personales y
materiales, para el funcionamiento de la Administración de Justicia en Andalucía, la
coordinación y planificación general de las competencias atribuidas a la comunidad autónoma
en relación con tribunales, juzgados y fiscalías.
Séptimo.
Uno de los fines de la Universidad de Jaén es el de la preparación académica y
profesional de los distintos ámbitos y disciplinas de sus estudiantes y para dar
cumplimiento a este objetivo, resulta de interés la organización de prácticas externas que
completen los conocimientos adquiridos en las aulas.
Octavo.
Las instituciones firmantes manifiestan su más amplia coincidencia en diversos fines
de interés común, siendo uno de ellos el de la formación integral de alumnado
universitario, a través de una formación que combine la teoría y la práctica.
Noveno.
El Real Decreto 592/2014, de 11 de julio, por el que se regulan las prácticas académicas
externas de los estudiantes universitarios, desarrolla aspectos tales como los objetivos de las
prácticas, las entidades colaboradoras y los destinatarios, requisitos, tutorías y contenidos de
los convenios de cooperación educativa. Además, dicha regulación ha de promover la
incorporación de estudiantes en prácticas en el ámbito de las administraciones públicas,
impulsando la empleabilidad de los futuros profesionales, fomentando su capacidad de
emprendimiento, creatividad e innovación y dando respuesta al compromiso con la
transformación económica basada en la sociedad del conocimiento.
Décimo.
El presente convenio se ajusta al modelo de Convenio Prácticum aprobado por la
Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial.
Undécimo.
Dicha colaboración se concreta en que el alumnado que cursa estudios en la
Universidad de Jaén pueda realizar prácticas externas en juzgados y tribunales de la
Comunidad Autónoma de Andalucía de conformidad con las siguientes
cve: BOE-A-2024-10625
Verificable en https://www.boe.es
Es deseo de las instituciones firmantes la organización de prácticas externas en
juzgados y tribunales en la forma que se detalla en la parte dispositiva de este convenio,
por considerar que esta actividad puede resultar de gran interés para la formación de
profesionales que en un futuro pudieran colaborar o dar servicio a la Administración de
Justicia, lo que redundará en una mayor calidad de la misma.
Núm. 128
Lunes 27 de mayo de 2024
Sec. III. Pág. 60239
generales del Consejo de Gobierno en relación con las competencias atribuidas por el
Estatuto de Autonomía a la Comunidad Autónoma de Andalucía en las materias «(…)
recogidas en el capítulo III del título V del Estatuto de Autonomía para Andalucía,
correspondientes a la Administración de Justicia, salvo la configuración, la implantación y el
mantenimiento de sistemas informáticos y de comunicación, sin perjuicio de su dirección
funcional por esta Consejería». Entre dichas competencias se encuentran las relativas a la
dirección, impulso y coordinación de la provisión de los medios necesarios, personales y
materiales, para el funcionamiento de la Administración de Justicia en Andalucía, la
coordinación y planificación general de las competencias atribuidas a la comunidad autónoma
en relación con tribunales, juzgados y fiscalías.
Séptimo.
Uno de los fines de la Universidad de Jaén es el de la preparación académica y
profesional de los distintos ámbitos y disciplinas de sus estudiantes y para dar
cumplimiento a este objetivo, resulta de interés la organización de prácticas externas que
completen los conocimientos adquiridos en las aulas.
Octavo.
Las instituciones firmantes manifiestan su más amplia coincidencia en diversos fines
de interés común, siendo uno de ellos el de la formación integral de alumnado
universitario, a través de una formación que combine la teoría y la práctica.
Noveno.
El Real Decreto 592/2014, de 11 de julio, por el que se regulan las prácticas académicas
externas de los estudiantes universitarios, desarrolla aspectos tales como los objetivos de las
prácticas, las entidades colaboradoras y los destinatarios, requisitos, tutorías y contenidos de
los convenios de cooperación educativa. Además, dicha regulación ha de promover la
incorporación de estudiantes en prácticas en el ámbito de las administraciones públicas,
impulsando la empleabilidad de los futuros profesionales, fomentando su capacidad de
emprendimiento, creatividad e innovación y dando respuesta al compromiso con la
transformación económica basada en la sociedad del conocimiento.
Décimo.
El presente convenio se ajusta al modelo de Convenio Prácticum aprobado por la
Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial.
Undécimo.
Dicha colaboración se concreta en que el alumnado que cursa estudios en la
Universidad de Jaén pueda realizar prácticas externas en juzgados y tribunales de la
Comunidad Autónoma de Andalucía de conformidad con las siguientes
cve: BOE-A-2024-10625
Verificable en https://www.boe.es
Es deseo de las instituciones firmantes la organización de prácticas externas en
juzgados y tribunales en la forma que se detalla en la parte dispositiva de este convenio,
por considerar que esta actividad puede resultar de gran interés para la formación de
profesionales que en un futuro pudieran colaborar o dar servicio a la Administración de
Justicia, lo que redundará en una mayor calidad de la misma.