III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CIENCIA, INNOVACIÓN Y UNIVERSIDADES. Convenios. (BOE-A-2024-10679)
Resolución de 17 de mayo de 2024, de la Presidencia de la Agencia Estatal Consejo Superior de Investigaciones Científicas, M.P., por la que se publica el Convenio con la Universidad Internacional de La Rioja, para el desarrollo de programas de máster universitario, prácticas académicas externas y trabajos fin de máster.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 128
Lunes 27 de mayo de 2024
Sec. III. Pág. 60863
El CSIC se estructura en institutos y centros de investigación, unidades y órganos de
dirección y apoyo a la investigación (ICU) con capacidad para acoger a estudiantes
universitarios.
La Ley 14/2011, de 1 de junio, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación, en su
artículo 34.1, establece que los agentes públicos de financiación o ejecución del Sistema
Español de Ciencia, Tecnología e Innovación, incluidas las Administraciones Públicas,
las universidades públicas, los organismos públicos de investigación de la Administración
General del Estado, los consorcios y fundaciones participadas por las administraciones
públicas, los organismos de investigación de otras administraciones públicas, y los
centros e instituciones del Sistema Nacional de Salud, podrán suscribir convenios
sujetos al derecho administrativo. Podrán celebrar estos convenios los propios agentes
públicos entre sí, o con agentes privados que realicen actividades de investigación
científica y técnica, nacionales, supranacionales o extranjeros, para la realización
conjunta de, entre otras, las siguientes actividades: formación de personal científico y
técnico y divulgación científica y tecnológica.
Quinto.
Que la Universidad Internacional de La Rioja (en adelante, la Universidad), con sede
en Avda. de la Paz núm. 137, 26006 Logroño, La Rioja y con NIF A26430439, es una
institución de derecho privado dotada de personalidad jurídica y patrimonio propios, para
la consecución de sus fines y el desarrollo de sus funciones, que goza de autonomía de
acuerdo con el artículo 27.10 de la Constitución y la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de
marzo, del Sistema Universitario (BOE de 23 de marzo). Es reconocida por la
Ley 3/2008, de 13 de octubre, por el Parlamento de La Rioja, que entró en vigor a la
publicación en el «Boletín Oficial de La Rioja» (BOR núm. 134, 15 de octubre de 2008) y
fue publicada en el BOE (núm. 261) el 29 de octubre de 2008.
Sexto.
Que teniendo en cuenta las previsiones legales y reglamentarias arriba expresadas,
el CSIC y la Universidad estiman de sumo interés el establecimiento de líneas de
cooperación que, a través de sus respectivos recursos humanos y materiales, puedan
mejorar la cualificación profesional e investigadora de los/las estudiantes que cursen
estudios de Máster en la Universidad, así como la capacidad académica y científica de
ambas instituciones, mediante la participación de personal docente e investigador de las
mismas.
Séptimo.
Por todo lo anteriormente expuesto, el CSIC y la Universidad suscriben este
convenio, que se regirá por las siguientes
CLÁUSULAS
Primera.
Objeto del convenio.
1. El objeto del presente convenio es establecer la colaboración entre el CSIC y la
Universidad Internacional de La Rioja el desarrollo de programas de Máster y la
cve: BOE-A-2024-10679
Verificable en https://www.boe.es
Que ambas partes consideran aconsejable promover la cooperación y colaboración
en el desarrollo de un programa de prácticas externas para universitarios/as, con la
finalidad de prepararles para el ejercicio profesional en áreas científicas relacionadas con
su formación universitaria, facilitándoles la inserción en el mercado de trabajo y la mejora
de su empleabilidad futura, desarrollándose las mismas conforme a lo establecido en el
Real Decreto 592/2014, de 11 de julio, por el que se regulan las prácticas académicas
externas de los estudiantes universitarios.
Núm. 128
Lunes 27 de mayo de 2024
Sec. III. Pág. 60863
El CSIC se estructura en institutos y centros de investigación, unidades y órganos de
dirección y apoyo a la investigación (ICU) con capacidad para acoger a estudiantes
universitarios.
La Ley 14/2011, de 1 de junio, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación, en su
artículo 34.1, establece que los agentes públicos de financiación o ejecución del Sistema
Español de Ciencia, Tecnología e Innovación, incluidas las Administraciones Públicas,
las universidades públicas, los organismos públicos de investigación de la Administración
General del Estado, los consorcios y fundaciones participadas por las administraciones
públicas, los organismos de investigación de otras administraciones públicas, y los
centros e instituciones del Sistema Nacional de Salud, podrán suscribir convenios
sujetos al derecho administrativo. Podrán celebrar estos convenios los propios agentes
públicos entre sí, o con agentes privados que realicen actividades de investigación
científica y técnica, nacionales, supranacionales o extranjeros, para la realización
conjunta de, entre otras, las siguientes actividades: formación de personal científico y
técnico y divulgación científica y tecnológica.
Quinto.
Que la Universidad Internacional de La Rioja (en adelante, la Universidad), con sede
en Avda. de la Paz núm. 137, 26006 Logroño, La Rioja y con NIF A26430439, es una
institución de derecho privado dotada de personalidad jurídica y patrimonio propios, para
la consecución de sus fines y el desarrollo de sus funciones, que goza de autonomía de
acuerdo con el artículo 27.10 de la Constitución y la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de
marzo, del Sistema Universitario (BOE de 23 de marzo). Es reconocida por la
Ley 3/2008, de 13 de octubre, por el Parlamento de La Rioja, que entró en vigor a la
publicación en el «Boletín Oficial de La Rioja» (BOR núm. 134, 15 de octubre de 2008) y
fue publicada en el BOE (núm. 261) el 29 de octubre de 2008.
Sexto.
Que teniendo en cuenta las previsiones legales y reglamentarias arriba expresadas,
el CSIC y la Universidad estiman de sumo interés el establecimiento de líneas de
cooperación que, a través de sus respectivos recursos humanos y materiales, puedan
mejorar la cualificación profesional e investigadora de los/las estudiantes que cursen
estudios de Máster en la Universidad, así como la capacidad académica y científica de
ambas instituciones, mediante la participación de personal docente e investigador de las
mismas.
Séptimo.
Por todo lo anteriormente expuesto, el CSIC y la Universidad suscriben este
convenio, que se regirá por las siguientes
CLÁUSULAS
Primera.
Objeto del convenio.
1. El objeto del presente convenio es establecer la colaboración entre el CSIC y la
Universidad Internacional de La Rioja el desarrollo de programas de Máster y la
cve: BOE-A-2024-10679
Verificable en https://www.boe.es
Que ambas partes consideran aconsejable promover la cooperación y colaboración
en el desarrollo de un programa de prácticas externas para universitarios/as, con la
finalidad de prepararles para el ejercicio profesional en áreas científicas relacionadas con
su formación universitaria, facilitándoles la inserción en el mercado de trabajo y la mejora
de su empleabilidad futura, desarrollándose las mismas conforme a lo establecido en el
Real Decreto 592/2014, de 11 de julio, por el que se regulan las prácticas académicas
externas de los estudiantes universitarios.