III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Convenios colectivos de trabajo. (BOE-A-2024-10664)
Resolución de 16 de mayo de 2024, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registran y publican la modificación y actualización de las tablas salariales de 2024 del VI Convenio colectivo nacional taurino.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 128
Lunes 27 de mayo de 2024
Sec. III. Pág. 60729
No comparece, pese a haber sido convocado, ningún representante de ASPROT.
En Madrid, siendo las 13:30 horas del día 24 de abril de 2024, por medio de
videoconferencia, se reúnen las personas arriba reseñadas, en representación de sus
respectivas Organizaciones, para tratar los siguientes asuntos:
Único. Modificación y actualización de la tabla salarial para el año 2024 del VI Convenio
colectivo nacional taurino. Localizador MO_XM14LG21 (99001985011988).
La Comisión Negociadora se reúne para modificar y actualizar las tablas salariales
para el año 2024 del del VI Convenio colectivo nacional taurino, que fue publicada en el
BOE el 27 de enero de 2024 por Resolución de 16 de enero de 2024 de la Dirección
General de Trabajo, por la cual se procede a incluir por parte de dicha Comisión
negociadora la tabla (actuación de dos matadores de toros en corridas de toros - 3 reses
cada uno), que por error se omitió en la publicación inicial de la misma.
Ambas representaciones acuerdan delegar y facultar a don Rubén José García
García para que realice, ante la Autoridad laboral competente los trámites previstos en el
artículo 90.2 del Real Decreto Legislativo 2/20151995, de 23 de octubre, por el que se
aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, en concordancia
con lo dispuesto en los artículos 2 y 6 del Real Decreto 1040/1981, de 22 de mayo, sobre
Registro y Depósito de Convenios Colectivos de trabajo, el cual una vez efectuada la
tramitación correspondiente, deberá dar cuenta de la misma a las respectivas
representaciones de la empresa y trabajadores.
Para evitar la fragmentación de las tablas en distintos textos, se adjuntan las tablas
salariales completas de 2024 que son idénticas a las ya publicadas con la excepción de
la modificación acordada en el párrafo anterior y su correspondiente repercusión en los
honorarios de los banderilleros, que son el colectivo afectado por la misma, dado que en
las tablas solo se recogen el salario conjunto de la cuadrilla:
Actuación de dos matadores de toros en corridas de toros - 3 reses cada uno
Categoría de plaza
Cuadrilla
–
Euros
Gastos generales
–
Euros
Honorarios
–
Euros
Total mínimos
–
Euros
GRUPO A
1.ª
13.937
8.596
9.415
31.948
2.ª
13.293
8.476
7.656
29.425
3.ª
12.292
8.209
5.306
25.807
4.ª
11.816
8.209
4.027
24.052
1.ª
10.790
4.972
8.668
24.430
2.ª
9.749
4.840
7.173
21.762
3.ª
8.127
4.641
5.060
17.828
4.ª
7.190
4.641
3.855
15.686
GRUPO C
1.ª
10.790
4.972
6.059
21.821
2.ª
9.749
4.840
5.007
19.596
3.ª
8.127
4.641
3.163
15.931
4.ª
7.190
4.641
2.509
14.340
cve: BOE-A-2024-10664
Verificable en https://www.boe.es
GRUPO B
Núm. 128
Lunes 27 de mayo de 2024
Sec. III. Pág. 60729
No comparece, pese a haber sido convocado, ningún representante de ASPROT.
En Madrid, siendo las 13:30 horas del día 24 de abril de 2024, por medio de
videoconferencia, se reúnen las personas arriba reseñadas, en representación de sus
respectivas Organizaciones, para tratar los siguientes asuntos:
Único. Modificación y actualización de la tabla salarial para el año 2024 del VI Convenio
colectivo nacional taurino. Localizador MO_XM14LG21 (99001985011988).
La Comisión Negociadora se reúne para modificar y actualizar las tablas salariales
para el año 2024 del del VI Convenio colectivo nacional taurino, que fue publicada en el
BOE el 27 de enero de 2024 por Resolución de 16 de enero de 2024 de la Dirección
General de Trabajo, por la cual se procede a incluir por parte de dicha Comisión
negociadora la tabla (actuación de dos matadores de toros en corridas de toros - 3 reses
cada uno), que por error se omitió en la publicación inicial de la misma.
Ambas representaciones acuerdan delegar y facultar a don Rubén José García
García para que realice, ante la Autoridad laboral competente los trámites previstos en el
artículo 90.2 del Real Decreto Legislativo 2/20151995, de 23 de octubre, por el que se
aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, en concordancia
con lo dispuesto en los artículos 2 y 6 del Real Decreto 1040/1981, de 22 de mayo, sobre
Registro y Depósito de Convenios Colectivos de trabajo, el cual una vez efectuada la
tramitación correspondiente, deberá dar cuenta de la misma a las respectivas
representaciones de la empresa y trabajadores.
Para evitar la fragmentación de las tablas en distintos textos, se adjuntan las tablas
salariales completas de 2024 que son idénticas a las ya publicadas con la excepción de
la modificación acordada en el párrafo anterior y su correspondiente repercusión en los
honorarios de los banderilleros, que son el colectivo afectado por la misma, dado que en
las tablas solo se recogen el salario conjunto de la cuadrilla:
Actuación de dos matadores de toros en corridas de toros - 3 reses cada uno
Categoría de plaza
Cuadrilla
–
Euros
Gastos generales
–
Euros
Honorarios
–
Euros
Total mínimos
–
Euros
GRUPO A
1.ª
13.937
8.596
9.415
31.948
2.ª
13.293
8.476
7.656
29.425
3.ª
12.292
8.209
5.306
25.807
4.ª
11.816
8.209
4.027
24.052
1.ª
10.790
4.972
8.668
24.430
2.ª
9.749
4.840
7.173
21.762
3.ª
8.127
4.641
5.060
17.828
4.ª
7.190
4.641
3.855
15.686
GRUPO C
1.ª
10.790
4.972
6.059
21.821
2.ª
9.749
4.840
5.007
19.596
3.ª
8.127
4.641
3.163
15.931
4.ª
7.190
4.641
2.509
14.340
cve: BOE-A-2024-10664
Verificable en https://www.boe.es
GRUPO B