III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Convenios colectivos de trabajo. (BOE-A-2024-10661)
Resolución de 16 de mayo de 2024, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el Convenio colectivo de Siemens Energy, SA.
71 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 128

Lunes 27 de mayo de 2024

Dieta

Descripción

Desayuno.

Si el viaje se inicia antes de las 9:00 o
hay pernoctación fuera del domicilio.

Comida.
Cena.

Sec. III. Pág. 60537

Año 2024

Euros

Año 2025

Euros

4,88

4,98

Si el regreso del viaje rebasa las 14:00.

29,03

29,61

Si el regreso del viaje rebasa las 20:00.

28,03

29,61

Total.

62,94

64,20

Pernoctación.

44,48

45,37

107,42

109,57

Total con pernoctación.

Quedaran excluidos los valores que correspondan si la persona trabajadora ha sido
compensada por alguno de estos conceptos de otra manera, por ejemplo, el desayuno
está incluido en la factura del hotel o ha sido invitado a comer y/o cenar.
Dichos importes serán el mínimo aplicable cuando los viajes se realicen fuera de
España.
Asignación internacional:
a) La política de movilidad internacional de Siemens Energy, SA, así como el
conjunto de procedimientos y guías que la complementan, y que regulan los
desplazamientos internacionales, serán dados a conocer a todas las personas
trabajadoras.
b) La compañía mantendrá la aplicación de la exención regulada en el artículo 7.p)
de la Ley del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas para las personas
trabajadoras que viajen al extranjero para prestar sus servicios, siempre que la Ley de
IRPF mantenga esta exención y se cumplan los criterios legales además de los
requisitos definidos en la política interna de la compañía a tal efecto. La aplicación de la
exención se realizará de acuerdo con el procedimiento descrito en la política interna
desarrollada por la compañía.
La fiscalidad de estos conceptos será la aplicable en cada momento y territorio fiscal.
Artículo 14. Compensación económica por antigüedad.
El importe mensual del quinquenio tendrá los siguientes valores:

2021

49,24

2022

51,36

2023

55,36

2024

57,02

2025

58,16

El importe antes indicado también se abonará en las pagas extras o prorrateado en
su caso.
Si la antigüedad reconocida cumple entre el 1 de enero hasta el 30 de junio se
comenzará a abonar con efecto 1 de enero de ese mismo año.
Si la antigüedad reconocida cumple entre el 1 de julio hasta el 31 de diciembre se
comenzará a abonar con efecto 1 de julio de ese mismo año.

cve: BOE-A-2024-10661
Verificable en https://www.boe.es

Euros