I. Disposiciones generales. TRIBUNAL SUPREMO. Autos. (BOE-A-2024-10576)
Auto de 17 de abril de 2024, de la Sala Tercera del Tribunal Supremo, dictado en pieza de ejecución, en el recurso contencioso-administrativo número 1/633/2017, contra el Real Decreto 897/2017, de 6 de octubre y contra la Orden ETU/943/2017, de 6 de octubre.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 128
Lunes 27 de mayo de 2024
Sec. I. Pág. 60117
I. DISPOSICIONES GENERALES
TRIBUNAL SUPREMO
10576
Auto de 17 de abril de 2024, de la Sala Tercera del Tribunal Supremo, dictado
en pieza de ejecución, en el recurso contencioso-administrativo número
1/633/2017, contra el Real Decreto 897/2017, de 6 de octubre y contra la
Orden ETU/943/2017, de 6 de octubre.
En el recurso contencioso-administrativo número 1/633/2017, interpuesto por el
procurador don José Luis Martín Jaureguibeitia, en representación de las entidades
Iberdrola Clientes, SA, Iberdrola España, SAU, y Curenergía Comercializador de Último
Recurso, SAU (antes Iberdrola Comercializadora de Último Recurso, SAU), la Sala
Tercera, Sección Tercera, del Tribunal Supremo ha dictado auto con fecha 17 de abril
de 2024, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:
La Sala acuerda:
1. Estimar en parte el incidente de ejecución formulado por el procurador don José
Luis Martín Jaureguibeitia, en representación de las entidades Iberdrola Clientes, SA,
Iberdrola España, SAU, y Curenergía Comercializador de Último Recurso, SAU (antes
Iberdrola Comercializadora de Último Recurso, SAU) de la sentencia número 111/2022,
de 31 de enero de 2022.
2. Anular parcialmente la Resolución de la Secretaría de Estado de Energía de 27
de junio de 2023, en la parte en que no se reconocen a Iberdrola los importes
reclamados en este incidente de ejecución.
3. Declarar el derecho de la comercializadora libre del grupo Iberdrola a que se le
abonen por la Administración la suma de 183.428.962,27 euros en concepto de
cantidades financiadas bajo el mecanismo de financiación del bono social más los
intereses legales computados desde fecha en que se hizo el pago hasta la fecha de su
reintegro.
4. Declarar el derecho de Curenergía Comercializador de Último Recurso, SAU, a
que se le abonen por la Administración la suma 17.834.438 euros por el concepto de
cantidades invertidas para implantar el procedimiento de solicitud, comprobación y
gestión del bono social, a la que habrá que deducir las cantidades ya abonadas, más el
interés legal calculado desde el final de cada ejercicio anual en el que han sido
contabilizados
5. Sin imposición de costas procesales.
cve: BOE-A-2024-10576
Verificable en https://www.boe.es
Así lo acuerdan, mandan y firman los Excmos. Sres. Magistrados indicados al
margen.–Eduardo Espín Templado.–José Manuel Bandrés Sánchez-Cruzat.–María
Isabel Perelló Doménech.–José María del Riego Valledor.–Diego Córdoba Castroverde.
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
Núm. 128
Lunes 27 de mayo de 2024
Sec. I. Pág. 60117
I. DISPOSICIONES GENERALES
TRIBUNAL SUPREMO
10576
Auto de 17 de abril de 2024, de la Sala Tercera del Tribunal Supremo, dictado
en pieza de ejecución, en el recurso contencioso-administrativo número
1/633/2017, contra el Real Decreto 897/2017, de 6 de octubre y contra la
Orden ETU/943/2017, de 6 de octubre.
En el recurso contencioso-administrativo número 1/633/2017, interpuesto por el
procurador don José Luis Martín Jaureguibeitia, en representación de las entidades
Iberdrola Clientes, SA, Iberdrola España, SAU, y Curenergía Comercializador de Último
Recurso, SAU (antes Iberdrola Comercializadora de Último Recurso, SAU), la Sala
Tercera, Sección Tercera, del Tribunal Supremo ha dictado auto con fecha 17 de abril
de 2024, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:
La Sala acuerda:
1. Estimar en parte el incidente de ejecución formulado por el procurador don José
Luis Martín Jaureguibeitia, en representación de las entidades Iberdrola Clientes, SA,
Iberdrola España, SAU, y Curenergía Comercializador de Último Recurso, SAU (antes
Iberdrola Comercializadora de Último Recurso, SAU) de la sentencia número 111/2022,
de 31 de enero de 2022.
2. Anular parcialmente la Resolución de la Secretaría de Estado de Energía de 27
de junio de 2023, en la parte en que no se reconocen a Iberdrola los importes
reclamados en este incidente de ejecución.
3. Declarar el derecho de la comercializadora libre del grupo Iberdrola a que se le
abonen por la Administración la suma de 183.428.962,27 euros en concepto de
cantidades financiadas bajo el mecanismo de financiación del bono social más los
intereses legales computados desde fecha en que se hizo el pago hasta la fecha de su
reintegro.
4. Declarar el derecho de Curenergía Comercializador de Último Recurso, SAU, a
que se le abonen por la Administración la suma 17.834.438 euros por el concepto de
cantidades invertidas para implantar el procedimiento de solicitud, comprobación y
gestión del bono social, a la que habrá que deducir las cantidades ya abonadas, más el
interés legal calculado desde el final de cada ejercicio anual en el que han sido
contabilizados
5. Sin imposición de costas procesales.
cve: BOE-A-2024-10576
Verificable en https://www.boe.es
Así lo acuerdan, mandan y firman los Excmos. Sres. Magistrados indicados al
margen.–Eduardo Espín Templado.–José Manuel Bandrés Sánchez-Cruzat.–María
Isabel Perelló Doménech.–José María del Riego Valledor.–Diego Córdoba Castroverde.
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