III. Otras disposiciones. CONSEJO GENERAL DEL PODER JUDICIAL. Audiencia Nacional. (BOE-A-2024-10623)
Acuerdo de 9 de mayo de 2024, de la Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial, por el que se publica el Acuerdo de 19 de abril de 2024, de la Sala de Gobierno de la Audiencia Nacional, relativo a la rectificación de normas de reparto de la Sala de lo Contencioso-Administrativo.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 128
Lunes 27 de mayo de 2024
Sec. III. Pág. 60226
III. OTRAS DISPOSICIONES
CONSEJO GENERAL DEL PODER JUDICIAL
10623
Acuerdo de 9 de mayo de 2024, de la Comisión Permanente del Consejo
General del Poder Judicial, por el que se publica el Acuerdo de 19 de abril de
2024, de la Sala de Gobierno de la Audiencia Nacional, relativo a la
rectificación de normas de reparto de la Sala de lo ContenciosoAdministrativo.
La Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial, en su reunión de 9
de mayo de 2024, acordó hacer público el acuerdo adoptado por la Sala de Gobierno de
la Audiencia Nacional, en sesión de fecha 19 de abril de 2024, por el que se aprueba la
corrección del error material apreciado en la publicación en el BOE de 2 de marzo
de 2024, de las normas de reparto para la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la
Audiencia Nacional, conforme a la propuesta formulada por su Ilmo. Sr. Presidente, de
forma que las materias atribuidas a la Sección Tercera de la mencionada Sala quedarían
de la manera siguiente:
«Sección Tercera:
Los recursos dirigidos contra los actos expresos o presuntos, disposiciones
generales, inactividad o vías de hecho, procedentes de:
– Ministerio de Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes, en el área de
justicia. Cuando se trate de recursos contra resoluciones en materia de nacionalidad por
residencia se estará a lo dispuesto en la Regla Segunda, apartado 2.7.
– Ministerio de Política Territorial y Memoria Democrática en materia de Política
Territorial.
– Ministerio de Economía, Comercio y Empresa en materia de economía no atribuida
a otras Secciones.
– Ministerio de Transformación Digital y Función Pública en materia de
Transformación Digital, no atribuido a otras Secciones.
– Comisión Nacional del Mercado de Valores, incluidas las resoluciones del
Ministerio del Ministerio de Economía dictadas a propuesta de dicha Comisión Nacional
del Mercado de Valores o que resuelven recursos contra actos de la misma.
– Consejo Rector del Fondo de Apoyo a la Solvencia de Empresas estratégicas.
– Autoridad Independiente de Protección del Informante. AAI.
– Instituto Cervantes.
Madrid, 9 de mayo de 2024.–El Presidente del Consejo General del Poder Judicial,
P.S., el Vocal, Vicente Guilarte Gutiérrez.
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
cve: BOE-A-2024-10623
Verificable en https://www.boe.es
Los recursos entablados contra los actos expresos o presuntos, disposiciones
generales, inactividad o vías de hecho, del Ministerio del Interior en materia de
protección internacional derivada del derecho de asilo y protección subsidiaria y el
estatuto de apátrida, salvo las de inadmisión a trámite de solicitudes, en la forma prevista
en la Regla Segunda, apartado 2.6.»
Núm. 128
Lunes 27 de mayo de 2024
Sec. III. Pág. 60226
III. OTRAS DISPOSICIONES
CONSEJO GENERAL DEL PODER JUDICIAL
10623
Acuerdo de 9 de mayo de 2024, de la Comisión Permanente del Consejo
General del Poder Judicial, por el que se publica el Acuerdo de 19 de abril de
2024, de la Sala de Gobierno de la Audiencia Nacional, relativo a la
rectificación de normas de reparto de la Sala de lo ContenciosoAdministrativo.
La Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial, en su reunión de 9
de mayo de 2024, acordó hacer público el acuerdo adoptado por la Sala de Gobierno de
la Audiencia Nacional, en sesión de fecha 19 de abril de 2024, por el que se aprueba la
corrección del error material apreciado en la publicación en el BOE de 2 de marzo
de 2024, de las normas de reparto para la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la
Audiencia Nacional, conforme a la propuesta formulada por su Ilmo. Sr. Presidente, de
forma que las materias atribuidas a la Sección Tercera de la mencionada Sala quedarían
de la manera siguiente:
«Sección Tercera:
Los recursos dirigidos contra los actos expresos o presuntos, disposiciones
generales, inactividad o vías de hecho, procedentes de:
– Ministerio de Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes, en el área de
justicia. Cuando se trate de recursos contra resoluciones en materia de nacionalidad por
residencia se estará a lo dispuesto en la Regla Segunda, apartado 2.7.
– Ministerio de Política Territorial y Memoria Democrática en materia de Política
Territorial.
– Ministerio de Economía, Comercio y Empresa en materia de economía no atribuida
a otras Secciones.
– Ministerio de Transformación Digital y Función Pública en materia de
Transformación Digital, no atribuido a otras Secciones.
– Comisión Nacional del Mercado de Valores, incluidas las resoluciones del
Ministerio del Ministerio de Economía dictadas a propuesta de dicha Comisión Nacional
del Mercado de Valores o que resuelven recursos contra actos de la misma.
– Consejo Rector del Fondo de Apoyo a la Solvencia de Empresas estratégicas.
– Autoridad Independiente de Protección del Informante. AAI.
– Instituto Cervantes.
Madrid, 9 de mayo de 2024.–El Presidente del Consejo General del Poder Judicial,
P.S., el Vocal, Vicente Guilarte Gutiérrez.
https://www.boe.es
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D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
cve: BOE-A-2024-10623
Verificable en https://www.boe.es
Los recursos entablados contra los actos expresos o presuntos, disposiciones
generales, inactividad o vías de hecho, del Ministerio del Interior en materia de
protección internacional derivada del derecho de asilo y protección subsidiaria y el
estatuto de apátrida, salvo las de inadmisión a trámite de solicitudes, en la forma prevista
en la Regla Segunda, apartado 2.6.»