III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CULTURA. Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha. Convenio. (BOE-A-2024-10558)
Resolución de 17 de mayo de 2024, de la Dirección General de Patrimonio Cultural y Bellas Artes, por la que se publica el Convenio con la Universidad de Castilla-La Mancha, para la realización de prácticas curriculares en archivos, centros y servicios adscritos a la Subdirección General de los Archivos Estatales.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 127

Sábado 25 de mayo de 2024

Sec. III. Pág. 59788

4. De acuerdo con el Real Decreto 592/2014, las partes acuerdan el siguiente
régimen de permisos (previa comunicación con suficiente antelación al coordinador de la
práctica):
– Por exámenes, ya sean finales o parciales: el/la estudiante tiene permiso el día de
realización del examen.
– Por tutorías: el/la estudiante tiene permiso durante las horas indispensables para
la tutoría.
– El tiempo necesario para llevar a cabo las actividades académicas obligatorias y
de representación y participación universitaria.
– Por visita médica: el/la estudiante tiene permiso durante las horas indispensables
para asistir a la visita médica.
– Por enfermedad: entre un 10 % y un 15 % de la duración total de horas de las
prácticas programadas en el proyecto formativo. En este caso, el/la estudiante puede
ampliar el periodo o el horario de las prácticas por el número de horas de la enfermedad,
tras aportar la justificación del parte médico.
– Por otros supuestos debidamente justificados y consensuados.
5. Incorporar como anexo un proyecto formativo en que se concretará la realización
de cada práctica. Dicho proyecto deberá fijar los objetivos educativos y las actividades a
desarrollar. Los objetivos se establecerán considerando las competencias básicas,
genéricas y/o específicas que debe adquirir el/la estudiante. Asimismo, los contenidos de
la práctica se definirán de forma que aseguren la relación directa de las competencias a
adquirir con los estudios cursados. En todo caso, se procurará que el proyecto formativo
se conforme siguiendo los principios de inclusión, igualdad de oportunidades, no
discriminación y accesibilidad universal.
6. El presente convenio se rige por lo establecido en la Ley 40/2015, de 1 de
octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
7. El convenio se acoge a lo establecido en el en el Real Decreto 592/2014, de 11
de julio, por el que se regulan las prácticas académicas externas de los estudiantes
universitarios.
Tercera. Compromisos del Ministerio de Cultura.
1. Recibir en la sede de los Archivos, Centros y Servicios dependientes de la
Subdirección General de Archivos Estatales, en el período y horario que se indican en la
cláusula anterior.
2. Determinar el número de alumnos en prácticas según la disponibilidad y
necesidades del Archivo.
3. Facilitar a los asistentes los medios necesarios para conseguir los objetivos
propuestos de conocimiento y difusión del Patrimonio Histórico Documental Español.
4. Colaborar o intervenir en la programación y seguimiento de las prácticas a través
del Director del Archivo, o personal en quien este delegue en calidad de coordinador
técnico de las prácticas.
5. El Ministerio de Cultura colaborará con las instalaciones y los medios
profesionales, de personal y técnicos disponibles.
Compromisos de la Universidad de Castilla-La Mancha.

1. La UCLM se compromete a informar y recabar la conformidad del/os Director/es de
los Archivos, Centros y Servicios sobre todas las incidencias no previstas en el presente
convenio o en los programas de las prácticas aportados con las solicitudes de colaboración,
así como a informar del número e identificación de los asistentes en la realización de las
actividades docentes y de cuantos aspectos se relacionen con las mismas.

cve: BOE-A-2024-10558
Verificable en https://www.boe.es

Cuarta.