III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CULTURA. Convenios. (BOE-A-2024-10563)
Resolución de 17 de mayo de 2024, de la Dirección General de Patrimonio Cultural y Bellas Artes, por la que se publica el Convenio con Kutxa Fundazioa, para la reproducción y difusión de documentos que se conservan en el Archivo General de Simancas y en el Archivo General de la Administración.
13 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 127

Sábado 25 de mayo de 2024

Sec. III. Pág. 59835

2. Kutxa Fundazioa se compromete a citar la procedencia de cada uno de los
documentos reproducidos de la siguiente forma:
España. Ministerio de Cultura. Archivo General de Simancas, Signatura
correspondiente.
España. Ministerio de Cultura. Archivo General de la Administración, Signatura
correspondiente.
Séptima.

Protección de datos de carácter personal.

Las partes se comprometen a cumplir con todas las obligaciones que se derivan del
Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo de 27 de abril
de 2016 relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento
de datos personales y la libre circulación de datos y a la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de
diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales.
Octava. Financiación.
La suscripción del presente convenio no conlleva obligaciones financieras o
contraprestación económica para ninguna de las partes. El presente convenio no
generará gasto adicional alguno para el Ministerio de Cultura. No se adquirirán para el
Ministerio de Cultura ni para Kutxa Fundazioa otras obligaciones ni compromisos que los
contenidos en la Orden CUL/1077/2011, de 25 de abril, por la que se fijan los precios
públicos de determinados servicios prestados por los órganos centrales del Ministerio de
Cultura.
Novena.

Vigencia y modificación del convenio.

1. El presente convenio tendrá una duración de cuatro años en virtud del
artículo 49.h) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector
Público.
2. Conforme al artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, este convenio se
perfecciona por la prestación del consentimiento de las partes y resultará eficaz una vez
inscrito, en el plazo de 5 días hábiles desde su formalización, en el Registro Electrónico
estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal. Asimismo,
será publicado en el plazo de 10 días hábiles desde su formalización en el «Boletín
Oficial del Estado».
3. En cualquier momento antes de la finalización del plazo anterior, los firmantes del
convenio podrán acordar unánimemente su prórroga por un periodo de hasta cuatro
años adicionales o su extinción.
4. La modificación del presente convenio se realizará mediante la elaboración de la
correspondiente Adenda al mismo para lo que se requerirá el acuerdo unánime de los
firmantes, de acuerdo con el artículo 49.g) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre.
Comisión de Seguimiento.

1. Se creará una comisión de vigilancia y seguimiento del convenio compuesta por
la persona encargada de la dirección ejecutiva del proyecto de Kutxa Fundazioa y las
direcciones del AGS y el AGA o persona en quien éstas deleguen.
2. La Comisión tendrá por finalidad resolver los problemas de interpretación y
ejecución del convenio y coordinar la planificación, metodología, seguimiento, vigilancia y
evaluación de las acciones derivadas del convenio, y se reunirá con la periodicidad que
acuerden las partes.
3. La Comisión de seguimiento se formalizará mediante reunión constitutiva,
debiendo levantarse acta de la misma. Al finalizar las actuaciones conjuntas, objeto del
presente convenio, se elaborará un informe final sobre el desarrollo de las actividades y
los objetivos alcanzados.

cve: BOE-A-2024-10563
Verificable en https://www.boe.es

Décima.