II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE INCLUSIÓN, SEGURIDAD SOCIAL Y MIGRACIONES. Cuerpo de Gestión de la Administración de la Seguridad Social. (BOE-A-2024-10424)
Resolución de 8 de mayo de 2024, de la Subsecretaría, por la que se convocan procesos selectivos para ingreso, por el sistema general de acceso libre y promoción interna, en el Cuerpo de Gestión de la Administración de la Seguridad Social, especialidad de Auditoría y Contabilidad.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Viernes 24 de mayo de 2024

Sec. II.B. Pág. 59114

Del total de las plazas convocadas se reservarán tres del sistema general de acceso
libre y una del sistema de promoción interna para ser cubiertas por quienes tengan la
condición legal de personas con discapacidad con un grado igual o superior al 33 %.
De acuerdo con lo previsto en el Real Decreto 2271/2004, de 3 de diciembre, las
plazas no cubiertas en el cupo de reserva para personas con discapacidad, por el
sistema general de acceso libre, no se acumularán a las de acceso general. En los
procesos de promoción interna, las plazas reservadas para personas con discapacidad
que queden desiertas se acumularán a las del turno general de estos procesos.
En el supuesto de que alguna de las personas aspirantes con discapacidad que se
hubiera presentado por el cupo de reserva superase los ejercicios y no obtuviese plaza
en el citado cupo, siendo su puntuación superior a la obtenida por otras personas
aspirantes del sistema de acceso general, esta será incluida por su orden de puntuación
en el sistema de acceso general.
A efectos de lo dispuesto en el artículo 79 del Real Decreto 364/1995, de 10
de marzo («Boletín Oficial del Estado» del 10 de abril de 1995), por el que se aprueba el
Reglamento General de Ingreso del Personal al servicio de la Administración General del
Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los
Funcionarios Civiles de la Administración general del Estado, las plazas convocadas por
el sistema de promoción interna que, en su caso, queden vacantes, no podrán
acumularse a las del sistema de acceso libre.
Los aspirantes que ingresen por promoción interna tendrán, en todo caso,
preferencia para cubrir los puestos vacantes que se oferten.
1.2 Los aspirantes sólo podrán participar en una de las dos formas de acceso, libre
o promoción interna.
2.

Procesos selectivos

2.1 Sistema. Los procesos selectivos se realizarán mediante oposición para los
aspirantes que se presenten por el sistema general de acceso libre, y mediante
concurso-oposición para los aspirantes que se presenten por el sistema de promoción
interna, con las valoraciones, ejercicios y puntuaciones que se especifican en el anexo I.
Incluirá la superación de un curso selectivo. Para la realización de este curso
selectivo, los aspirantes que hayan superado la fase de oposición serán nombrados
funcionarios en prácticas por la autoridad convocante.
Las valoraciones, ejercicios y puntuaciones de ambos procesos selectivos se
especifican en el anexo I de esta resolución.
2.2 Programa. El programa que ha de regir los procesos selectivos es el que figura
como anexo II a esta resolución.
2.3 Desarrollo. El primer ejercicio se celebrará en un plazo máximo de tres meses,
contados a partir del día siguiente a la publicación de esta convocatoria en el «Boletín
Oficial del Estado». La fase de oposición del proceso selectivo tendrá una duración
máxima prevista de ocho meses.
Una vez comenzado el proceso selectivo, los anuncios de celebración del segundo y
sucesivos ejercicios se harán públicos, al menos, con doce horas de antelación a la
señalada para su inicio, si se trata del mismo ejercicio, o con al menos veinticuatro
horas, si se trata de uno nuevo. Estos anuncios se difundirán por el Tribunal calificador,
en el portal de internet del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, así
como en cualquier otro medio que resulte conveniente para facilitar su máxima
divulgación.
Desde la total conclusión de un ejercicio hasta el comienzo del siguiente no podrá
transcurrir un plazo superior a cuarenta y cinco días naturales.
El desarrollo de los procesos selectivos podrá ser coincidente en el tiempo, en
cualquiera de sus fases, incluida la realización o lectura de ejercicios, desarrollo de
cursos selectivos, periodo de prácticas o cualquier otra fase previa al nombramiento

cve: BOE-A-2024-10424
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Núm. 126