III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA Y RELACIONES CON LAS CORTES. Comunidad Autónoma de la Región de Murcia. Convenio. (BOE-A-2024-10462)
Resolución de 20 de mayo de 2024, de la Secretaría de Estado de Justicia, por la que se publica el Convenio entre el Consejo General del Poder Judicial y la Universidad de Murcia, para la realización de prácticas externas en juzgados y tribunales.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 126
Viernes 24 de mayo de 2024
Sec. III. Pág. 59379
Noveno.
Es deseo de las instituciones firmantes la organización de prácticas externas en
juzgados y tribunales en la forma que se detalla en la parte dispositiva de este convenio,
por considerar que esta actividad puede resultar de gran interés para la formación de
profesionales que en un futuro pudieran colaborar o dar servicio a la Administración de
Justicia, lo que redundará en una mayor calidad de la misma.
Dicha colaboración se concreta en que el alumnado que cursa estudios en la
Universidad de Murcia pueda realizar prácticas externas en juzgados y tribunales de la
Región de Murcia de conformidad con las siguientes,
CLÁUSULAS
Primera.
Objeto y compromisos de las partes.
Constituye el objeto del presente convenio la realización de prácticas externas
curriculares y extracurriculares (en adelante, prácticas externas), de estudios oficiales de
grado o máster que imparte la Universidad de Murcia y siempre de titulaciones
relacionadas con profesiones de la Administración de Justicia, en los juzgados y
tribunales de la Región de Murcia.
La Universidad de Murcia se compromete a que la persona o personas que ejerza/n
la tutoría de las prácticas en el órgano judicial pueda disfrutar de los siguientes derechos,
en el marco de la normativa propia de la Universidad de Murcia que sea de aplicación:
La colaboración que prestan el Consejo General del Poder Judicial, el Ministerio de la
Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes estará siempre supeditada a las
necesidades y disponibilidad del juzgado o tribunal donde se realicen las prácticas
externas, por lo que surgida tal necesidad o falta de disponibilidad, en su caso, el
convenio quedará suspendido, en tanto persistan estas situaciones o, en su caso
extinguido sin que sea preciso denuncia previa en este sentido y sin derecho a
reclamación alguna por parte de la Universidad de Murcia o concesión de indemnización
o compensación a su favor.
Asimismo, la Universidad se compromete, en función de su disponibilidad, a prestar
su colaboración al Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes y al
Consejo General del Poder Judicial mediante la cesión de aulas, otorgando autorización
de uso de las aulas de carácter gratuito, dentro de los espacios gestionados por la
Universidad y dependiendo de sus necesidades docentes, con la excepción de los
gastos extraordinarios en los que se pudiera incurrir, tales como gastos de seguridad,
portería, limpieza, líneas de voz y datos, iluminación o vigilancia, con ocasión de la
celebración de pruebas correspondientes a los procesos selectivos para el ingreso o
acceso de personal funcionario al servicio de la Administración de Justicia y de acceso a
las carreras judicial y fiscal.
Las partes determinarán, de común acuerdo, el número de estudiantes que
realizarán las prácticas en los juzgados y tribunales.
cve: BOE-A-2024-10462
Verificable en https://www.boe.es
a) Reconocimiento de su actividad colaboradora mediante documento acreditativo
expedido por la Universidad de Murcia que certifique su actividad como tutor/a de
estudiantes en prácticas.
b) Ser informada acerca de la normativa que regula las prácticas externas, así
como del proyecto formativo y de las condiciones de su desarrollo.
c) Tener acceso a la Universidad para obtener la información y el apoyo necesarios
en el cumplimiento de los fines propios de su función.
d) Disfrutar de las mismas ventajas que el personal de la Universidad en lo
concerniente al acceso a bibliotecas, instalaciones deportivas o actividades culturales,
entre otras.
Núm. 126
Viernes 24 de mayo de 2024
Sec. III. Pág. 59379
Noveno.
Es deseo de las instituciones firmantes la organización de prácticas externas en
juzgados y tribunales en la forma que se detalla en la parte dispositiva de este convenio,
por considerar que esta actividad puede resultar de gran interés para la formación de
profesionales que en un futuro pudieran colaborar o dar servicio a la Administración de
Justicia, lo que redundará en una mayor calidad de la misma.
Dicha colaboración se concreta en que el alumnado que cursa estudios en la
Universidad de Murcia pueda realizar prácticas externas en juzgados y tribunales de la
Región de Murcia de conformidad con las siguientes,
CLÁUSULAS
Primera.
Objeto y compromisos de las partes.
Constituye el objeto del presente convenio la realización de prácticas externas
curriculares y extracurriculares (en adelante, prácticas externas), de estudios oficiales de
grado o máster que imparte la Universidad de Murcia y siempre de titulaciones
relacionadas con profesiones de la Administración de Justicia, en los juzgados y
tribunales de la Región de Murcia.
La Universidad de Murcia se compromete a que la persona o personas que ejerza/n
la tutoría de las prácticas en el órgano judicial pueda disfrutar de los siguientes derechos,
en el marco de la normativa propia de la Universidad de Murcia que sea de aplicación:
La colaboración que prestan el Consejo General del Poder Judicial, el Ministerio de la
Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes estará siempre supeditada a las
necesidades y disponibilidad del juzgado o tribunal donde se realicen las prácticas
externas, por lo que surgida tal necesidad o falta de disponibilidad, en su caso, el
convenio quedará suspendido, en tanto persistan estas situaciones o, en su caso
extinguido sin que sea preciso denuncia previa en este sentido y sin derecho a
reclamación alguna por parte de la Universidad de Murcia o concesión de indemnización
o compensación a su favor.
Asimismo, la Universidad se compromete, en función de su disponibilidad, a prestar
su colaboración al Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes y al
Consejo General del Poder Judicial mediante la cesión de aulas, otorgando autorización
de uso de las aulas de carácter gratuito, dentro de los espacios gestionados por la
Universidad y dependiendo de sus necesidades docentes, con la excepción de los
gastos extraordinarios en los que se pudiera incurrir, tales como gastos de seguridad,
portería, limpieza, líneas de voz y datos, iluminación o vigilancia, con ocasión de la
celebración de pruebas correspondientes a los procesos selectivos para el ingreso o
acceso de personal funcionario al servicio de la Administración de Justicia y de acceso a
las carreras judicial y fiscal.
Las partes determinarán, de común acuerdo, el número de estudiantes que
realizarán las prácticas en los juzgados y tribunales.
cve: BOE-A-2024-10462
Verificable en https://www.boe.es
a) Reconocimiento de su actividad colaboradora mediante documento acreditativo
expedido por la Universidad de Murcia que certifique su actividad como tutor/a de
estudiantes en prácticas.
b) Ser informada acerca de la normativa que regula las prácticas externas, así
como del proyecto formativo y de las condiciones de su desarrollo.
c) Tener acceso a la Universidad para obtener la información y el apoyo necesarios
en el cumplimiento de los fines propios de su función.
d) Disfrutar de las mismas ventajas que el personal de la Universidad en lo
concerniente al acceso a bibliotecas, instalaciones deportivas o actividades culturales,
entre otras.