III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Comunidad Autónoma de Andalucía. Convenio. (BOE-A-2024-10489)
Resolución de 17 de mayo de 2024, de la Dirección General de Políticas contra la Despoblación, por la que se publica el Convenio con la Universidad de Granada, para la realización del Programa Campus Rural de prácticas universitarias en el medio rural.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 126
Viernes 24 de mayo de 2024
Sec. III. Pág. 59517
Serán funciones de la Comisión de Seguimiento:
a) Velar por el cumplimiento del convenio.
b) Resolver los problemas de interpretación que pudieran plantearse en ejecución
del mismo.
c) Garantizar un adecuado reparto territorial de las plazas ofertadas, velando
porque las prácticas se desarrollen en zonas rurales con efectivos problemas de
despoblación.
d) Verificar la adecuada justificación de los compromisos económicos adoptados en
el presente convenio.
La Comisión estará presidida por un representante del Ministerio para la Transición
Ecológica y el Reto Demográfico. La secretaría de la Comisión corresponderá a un
funcionario designado por el Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto
Demográfico, que actuará con voz pero sin voto.
La Comisión se reunirá, al menos, una vez al año, y de manera extraordinaria a
petición motivada de cualquiera de las partes firmantes.
Las decisiones se tomarán en lo posible de forma consensuada. En caso de
discrepancia, el voto del presidente de la Comisión tendrá carácter de voto de calidad.
La Comisión de Seguimiento ajustará su funcionamiento a lo dispuesto en el
presente convenio y, en todo caso, a lo dispuesto supletoriamente en la sección 3.ª,
capítulo II, título preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del
Sector Público.
Decimocuarta.
Imagen institucional.
La Universidad hará constar la colaboración del Ministerio para la Transición
Ecológica y el Reto Demográfico en todas las actividades que se lleven a cabo con cargo
a este convenio, especialmente aquellas que tengan que ver con la difusión del proyecto
en medios de comunicación. El Ministerio hará constar la colaboración de las
universidades participantes en todas las actividades que se lleven a cabo con cargo a
este convenio, especialmente aquellas que tengan que ver con la difusión del proyecto
en medios de comunicación.
Decimoquinta.
Seguimiento y justificación.
Finalizado el periodo de prácticas, la Universidad aportará la cuenta justificativa, que
constará de una parte técnica y una parte económica.
En relación con la parte técnica, la documentación a presentar será la siguiente:
En cuanto a la parte económica, se presentará el formulario económico anexo al
convenio y un certificado firmado por el responsable competente en cada Universidad
que acredite el importe total abonado por la universidad con un desglose del coste del
programa en los conceptos de bolsa de ayudas, seguridad social y coste de gestión del
programa.
Para su verificación en caso de considerarse necesario, la Universidad deberá
conservar los documentos justificativos originales o copias compulsadas de los pagos
cve: BOE-A-2024-10489
Verificable en https://www.boe.es
– Documento de formalización de prácticas entre la Universidad y el alumnado.
– Declaración responsable del estudiante de residir en el municipio de las prácticas
(o en otro, si se realizan según las excepciones de la cláusula séptima, punto 4, de este
convenio).
– Memoria de prácticas del alumno.
– Informe de tutoría.
– Formulario técnico anexo al convenio (previsión).
– Formulario técnico anexo al convenio (definitivo).
Núm. 126
Viernes 24 de mayo de 2024
Sec. III. Pág. 59517
Serán funciones de la Comisión de Seguimiento:
a) Velar por el cumplimiento del convenio.
b) Resolver los problemas de interpretación que pudieran plantearse en ejecución
del mismo.
c) Garantizar un adecuado reparto territorial de las plazas ofertadas, velando
porque las prácticas se desarrollen en zonas rurales con efectivos problemas de
despoblación.
d) Verificar la adecuada justificación de los compromisos económicos adoptados en
el presente convenio.
La Comisión estará presidida por un representante del Ministerio para la Transición
Ecológica y el Reto Demográfico. La secretaría de la Comisión corresponderá a un
funcionario designado por el Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto
Demográfico, que actuará con voz pero sin voto.
La Comisión se reunirá, al menos, una vez al año, y de manera extraordinaria a
petición motivada de cualquiera de las partes firmantes.
Las decisiones se tomarán en lo posible de forma consensuada. En caso de
discrepancia, el voto del presidente de la Comisión tendrá carácter de voto de calidad.
La Comisión de Seguimiento ajustará su funcionamiento a lo dispuesto en el
presente convenio y, en todo caso, a lo dispuesto supletoriamente en la sección 3.ª,
capítulo II, título preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del
Sector Público.
Decimocuarta.
Imagen institucional.
La Universidad hará constar la colaboración del Ministerio para la Transición
Ecológica y el Reto Demográfico en todas las actividades que se lleven a cabo con cargo
a este convenio, especialmente aquellas que tengan que ver con la difusión del proyecto
en medios de comunicación. El Ministerio hará constar la colaboración de las
universidades participantes en todas las actividades que se lleven a cabo con cargo a
este convenio, especialmente aquellas que tengan que ver con la difusión del proyecto
en medios de comunicación.
Decimoquinta.
Seguimiento y justificación.
Finalizado el periodo de prácticas, la Universidad aportará la cuenta justificativa, que
constará de una parte técnica y una parte económica.
En relación con la parte técnica, la documentación a presentar será la siguiente:
En cuanto a la parte económica, se presentará el formulario económico anexo al
convenio y un certificado firmado por el responsable competente en cada Universidad
que acredite el importe total abonado por la universidad con un desglose del coste del
programa en los conceptos de bolsa de ayudas, seguridad social y coste de gestión del
programa.
Para su verificación en caso de considerarse necesario, la Universidad deberá
conservar los documentos justificativos originales o copias compulsadas de los pagos
cve: BOE-A-2024-10489
Verificable en https://www.boe.es
– Documento de formalización de prácticas entre la Universidad y el alumnado.
– Declaración responsable del estudiante de residir en el municipio de las prácticas
(o en otro, si se realizan según las excepciones de la cláusula séptima, punto 4, de este
convenio).
– Memoria de prácticas del alumno.
– Informe de tutoría.
– Formulario técnico anexo al convenio (previsión).
– Formulario técnico anexo al convenio (definitivo).