V. Anuncios. - A. Contratación del Sector Público. MINISTERIO DE IGUALDAD. (BOE-B-2024-18707)
Anuncio de licitación de: Secretaría de Estado de Igualdad. Objeto: Servicio de creatividad, diseño, realización y producción de una campaña para la promoción de una educación sexual positiva basada en la igualdad y el buen trato. Expediente: 300224SER002.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Viernes 24 de mayo de 2024
Sec. V-A. Pág. 27832
11.3.4) Cumplimiento con las obligaciones con la Seguridad Social.
11.3.5) Cumplimiento con las obligaciones tributarias.
11.3.6) Estar prerregistrado en el ROLECE, y declarar que no ha habido
modificaciones en los datos registrados.
11.3.7) Para las empresas extranjeras, declaración de sometimiento a la
legislación española..
11.4) Situación económica y financiera: Cifra anual de negocio (se acreditará
mediante el volumen anual de negocios de la empresa, referido al mejor
ejercicio dentro de los tres últimos años disponibles en función de las fechas
de constitución de la empresa o de inicio de sus actividades, siendo el
volumen de negocios anual mínimo exigible, igual o superior a una vez y
media el valor estimado del contrato, esto es 149.773,06 € El volumen anual
de negocios del licitador o candidato se acreditará por medio de sus cuentas
anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil, si el empresario
estuviera inscrito en dicho registro, y en caso contrario por las depositadas en
el registro oficial en que deba estar inscrito. Los empresarios individuales no
inscritos en el Registro Mercantil acreditarán su volumen anual de negocios
mediante sus libros de inventarios y cuentas anuales legalizados por el
Registro Mercantil).
11.5) Situación técnica y profesional: Certificados de control de calidad
expedidos por los institutos o servicios oficiales (relación de los principales
servicios o trabajos realizados de igual o similar naturaleza que los que
constituyen el objeto de contrato en el curso de, como máximo, los tres
últimos años, en la que se indique el importe, la fecha y el destinatario,
público o privado de los mismos.El importe anual acumulado de los contratos
deberá tener un importe en el año de mayor ejecución igual o superior al 70
por ciento de la anualidad media del contrato, esto es: 70.000,00 €.Cuando le
sea requerido por los servicios dependientes del órgano de contratación los
servicios o trabajos efectuados se acreditarán mediante certificados
expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea
una entidad del sector público; cuando el destinatario sea un sujeto privado,
mediante un certificado expedido por este o, a falta de este certificado,
mediante una declaración del empresario acompañado de los documentos
obrantes en poder del mismo que acrediten la realización de la prestación; en
su caso, estos certificados serán comunicados directamente al órgano de
contratación por la autoridad competente.De conformidad con el artículo 90.4
de la LCSP, cuando el contratista sea una empresa de nueva creación,
entendiendo por tal aquella que tenga una antigüedad inferior a cinco años,
su solvencia técnica se acreditará con lo establecido en el artículo 90.1.e)
“Títulos académicos y profesionales del empresario y de los directivos de la
empresa y, en particular, del responsable o responsables de la ejecución del
contrato, así como de los técnicos encargados directamente de la misma,
siempre que no se evalúen como un criterio de adjudicación.” Las titulaciones
académicas y profesionales de la licitadora deberán guardar relación directa
con el objeto del contrato. Se admitirán como tales las titulaciones en
Publicidad y Marketing, Marketing Digital, Diseño Gráfico, Diseño Publicitario
y Creación Visual, Comunicación Audiovisual o equivalentes).
12. Tipo de procedimiento: Abierto simplificado.
17. Condiciones de ejecución del contrato:
17.1) Consideraciones tipo social (el adjudicatario impartirá a las personas
adscritas a la ejecución del contrato al menos 1 curso o taller de formación,
cve: BOE-B-2024-18707
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 126
Viernes 24 de mayo de 2024
Sec. V-A. Pág. 27832
11.3.4) Cumplimiento con las obligaciones con la Seguridad Social.
11.3.5) Cumplimiento con las obligaciones tributarias.
11.3.6) Estar prerregistrado en el ROLECE, y declarar que no ha habido
modificaciones en los datos registrados.
11.3.7) Para las empresas extranjeras, declaración de sometimiento a la
legislación española..
11.4) Situación económica y financiera: Cifra anual de negocio (se acreditará
mediante el volumen anual de negocios de la empresa, referido al mejor
ejercicio dentro de los tres últimos años disponibles en función de las fechas
de constitución de la empresa o de inicio de sus actividades, siendo el
volumen de negocios anual mínimo exigible, igual o superior a una vez y
media el valor estimado del contrato, esto es 149.773,06 € El volumen anual
de negocios del licitador o candidato se acreditará por medio de sus cuentas
anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil, si el empresario
estuviera inscrito en dicho registro, y en caso contrario por las depositadas en
el registro oficial en que deba estar inscrito. Los empresarios individuales no
inscritos en el Registro Mercantil acreditarán su volumen anual de negocios
mediante sus libros de inventarios y cuentas anuales legalizados por el
Registro Mercantil).
11.5) Situación técnica y profesional: Certificados de control de calidad
expedidos por los institutos o servicios oficiales (relación de los principales
servicios o trabajos realizados de igual o similar naturaleza que los que
constituyen el objeto de contrato en el curso de, como máximo, los tres
últimos años, en la que se indique el importe, la fecha y el destinatario,
público o privado de los mismos.El importe anual acumulado de los contratos
deberá tener un importe en el año de mayor ejecución igual o superior al 70
por ciento de la anualidad media del contrato, esto es: 70.000,00 €.Cuando le
sea requerido por los servicios dependientes del órgano de contratación los
servicios o trabajos efectuados se acreditarán mediante certificados
expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea
una entidad del sector público; cuando el destinatario sea un sujeto privado,
mediante un certificado expedido por este o, a falta de este certificado,
mediante una declaración del empresario acompañado de los documentos
obrantes en poder del mismo que acrediten la realización de la prestación; en
su caso, estos certificados serán comunicados directamente al órgano de
contratación por la autoridad competente.De conformidad con el artículo 90.4
de la LCSP, cuando el contratista sea una empresa de nueva creación,
entendiendo por tal aquella que tenga una antigüedad inferior a cinco años,
su solvencia técnica se acreditará con lo establecido en el artículo 90.1.e)
“Títulos académicos y profesionales del empresario y de los directivos de la
empresa y, en particular, del responsable o responsables de la ejecución del
contrato, así como de los técnicos encargados directamente de la misma,
siempre que no se evalúen como un criterio de adjudicación.” Las titulaciones
académicas y profesionales de la licitadora deberán guardar relación directa
con el objeto del contrato. Se admitirán como tales las titulaciones en
Publicidad y Marketing, Marketing Digital, Diseño Gráfico, Diseño Publicitario
y Creación Visual, Comunicación Audiovisual o equivalentes).
12. Tipo de procedimiento: Abierto simplificado.
17. Condiciones de ejecución del contrato:
17.1) Consideraciones tipo social (el adjudicatario impartirá a las personas
adscritas a la ejecución del contrato al menos 1 curso o taller de formación,
cve: BOE-B-2024-18707
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 126