V. Anuncios. - B. Otros anuncios oficiales. COMUNIDAD AUTÓNOMA DE ANDALUCÍA. (BOE-B-2024-18654)
Resolución de la Delegación Territorial en Sevilla de Economía, Hacienda, Fondos Europeos y de Industria, Energía y Minas, por el que se concede a favor de la mercantil Granville Invest, S.L., declaración en concreto de utilidad pública para la implantación de la instalación de generación de energía eléctrica denominada "FV GRANVILLE" y línea eléctrica asociada, ubicada en los términos municipales de Coria del Río y Dos Hermanas (Sevilla).
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 125
Jueves 23 de mayo de 2024
Sec. V-B. Pág. 27715
Sin que se produjeran alegaciones durante el período de exposición pública.
De acuerdo con los trámites reglamentarios establecidos en el citado Título VII
del Real Decreto 1955/2000, el peticionario declara la existencia de las siguientes
Administraciones, organismos o empresas de servicio público o de servicios de
interés general afectadas por las modificaciones solicitadas en el procedimiento:
· CONFEDERACIÓN HIDROGRÁFICA DEL GUADALQUIVIR
· DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE SEVILLA. SERVICIO DE CARRETERAS.
· AYUNTAMIENTO DE CORIA DEL RÍO
· AYUNTAMIENTO DE DOS HERMANAS
· EDISTRIBUCIÓN REDES DIGITALES
· COMPAÑÍA LOGISTICA DE HIDROCARBUROS
· REE
· ENAGAS
· DELEGACIÓN TERRITORIAL DE FOMENTO, ARTICULACIÓN DEL
TERRITORIO Y VIVIENDA EN SEVILLA (SERVICIO DE CARRETERAS)
Desde el punto el punto de vista sectorial energético, se da la circunstancia de
que existe conformidad entre los organismos afectados y la peticionaria acorde con
la documentación aportada, así mismo también se manifiesta conformidad con las
alegaciones e informes presentados por los citados organismos afectados en los
plazos reglamentarios durante el procedimiento de tramitación, según obra en el
expediente de referencia.
A los anteriores antecedentes de hecho les corresponden los siguientes
FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO.- La competencia para conocer y resolver este expediente la tiene
otorgada esta Delegación en virtud de las siguientes disposiciones:
• Ley Orgánica 2/2007, de 19 de marzo, de Reforma del Estatuto de Autonomía
para Andalucía.
• Decreto del Presidente 10/2022, de 25 de julio, sobre reestructuración de
Consejerías.
• Decreto 226/2020, de 29 de diciembre, por el que se regula la organización
territorial provincial de la Administración de la Junta de Andalucía.
• Decreto-ley 26/2021, de 14 de diciembre, por el que se adoptan medidas de
simplificación administrativa y mejora de la calidad regulatoria para la reactivación
económica en Andalucía.
• Resolución de 11 de marzo de 2022, de la Dirección General de Energía, por
cve: BOE-B-2024-18654
Verificable en https://www.boe.es
• Decreto 163/2022, de 9 de agosto, por el que se regula la estructura orgánica
de la Consejería de Po- lítica Industrial y Energía.
Núm. 125
Jueves 23 de mayo de 2024
Sec. V-B. Pág. 27715
Sin que se produjeran alegaciones durante el período de exposición pública.
De acuerdo con los trámites reglamentarios establecidos en el citado Título VII
del Real Decreto 1955/2000, el peticionario declara la existencia de las siguientes
Administraciones, organismos o empresas de servicio público o de servicios de
interés general afectadas por las modificaciones solicitadas en el procedimiento:
· CONFEDERACIÓN HIDROGRÁFICA DEL GUADALQUIVIR
· DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE SEVILLA. SERVICIO DE CARRETERAS.
· AYUNTAMIENTO DE CORIA DEL RÍO
· AYUNTAMIENTO DE DOS HERMANAS
· EDISTRIBUCIÓN REDES DIGITALES
· COMPAÑÍA LOGISTICA DE HIDROCARBUROS
· REE
· ENAGAS
· DELEGACIÓN TERRITORIAL DE FOMENTO, ARTICULACIÓN DEL
TERRITORIO Y VIVIENDA EN SEVILLA (SERVICIO DE CARRETERAS)
Desde el punto el punto de vista sectorial energético, se da la circunstancia de
que existe conformidad entre los organismos afectados y la peticionaria acorde con
la documentación aportada, así mismo también se manifiesta conformidad con las
alegaciones e informes presentados por los citados organismos afectados en los
plazos reglamentarios durante el procedimiento de tramitación, según obra en el
expediente de referencia.
A los anteriores antecedentes de hecho les corresponden los siguientes
FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO.- La competencia para conocer y resolver este expediente la tiene
otorgada esta Delegación en virtud de las siguientes disposiciones:
• Ley Orgánica 2/2007, de 19 de marzo, de Reforma del Estatuto de Autonomía
para Andalucía.
• Decreto del Presidente 10/2022, de 25 de julio, sobre reestructuración de
Consejerías.
• Decreto 226/2020, de 29 de diciembre, por el que se regula la organización
territorial provincial de la Administración de la Junta de Andalucía.
• Decreto-ley 26/2021, de 14 de diciembre, por el que se adoptan medidas de
simplificación administrativa y mejora de la calidad regulatoria para la reactivación
económica en Andalucía.
• Resolución de 11 de marzo de 2022, de la Dirección General de Energía, por
cve: BOE-B-2024-18654
Verificable en https://www.boe.es
• Decreto 163/2022, de 9 de agosto, por el que se regula la estructura orgánica
de la Consejería de Po- lítica Industrial y Energía.