III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA Y RELACIONES CON LAS CORTES. Comunidad Autónoma de La Rioja. Convenio. (BOE-A-2024-10374)
Resolución de 20 de mayo de 2024, de la Secretaría de Estado de Justicia, por la que se publica el Convenio entre el Consejo General del Poder Judicial, la Comunidad Autónoma de La Rioja y la Universidad de La Rioja, para la realización de prácticas externas en juzgados y tribunales.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 125

Jueves 23 de mayo de 2024

Sec. III. Pág. 58817

Sexto.
El artículo 34 del Estatuto de Autonomía de La Rioja establece que, en relación con
la Administración de Justicia, corresponde a la comunidad autónoma ejercer las
facultades que la Ley Orgánica del Poder Judicial le reconoce y cuantas competencias
ejecutivas le atribuye el título III del Estatuto de Autonomía de La Rioja y la legislación
estatal. Asimismo, el Decreto 155/2023, de 21 de noviembre, por el que se establece la
estructura orgánica de la Consejería de Salud y Políticas Sociales y sus funciones en
desarrollo de la Ley 3/2003, de 3 de marzo, de organización del Sector Público de la
Comunidad Autónoma de La Rioja, atribuye a dicha Consejería las competencias en
materia de administración de la Administración de Justicia.
Séptimo.
Uno de los fines de la Universidad de La Rioja es el de la preparación académica y
profesional de los distintos ámbitos y disciplinas de sus estudiantes y para dar
cumplimiento a este objetivo, resulta de interés la organización de prácticas externas que
completen los conocimientos adquiridos en las aulas.
Octavo.
Las instituciones firmantes manifiestan su más amplia coincidencia en diversos fines
de interés común, siendo uno de ellos el de la formación integral de alumnado
universitario, a través de una formación que combine la teoría y la práctica.
Noveno.
El Real Decreto 592/2014, de 11 de julio, por el que se regulan las prácticas
académicas externas de los estudiantes universitarios, desarrolla aspectos tales como
los objetivos de las prácticas, las entidades colaboradoras y los destinatarios, requisitos,
tutorías y contenidos de los convenios de cooperación educativa. Además, dicha
regulación ha de promover la incorporación de estudiantes en prácticas en el ámbito de
las administraciones públicas, impulsando la empleabilidad de los futuros profesionales,
fomentando su capacidad de emprendimiento, creatividad e innovación y dando
respuesta al compromiso con la transformación económica basada en la sociedad del
conocimiento.
Décimo.
El presente convenio se ajusta al modelo de Convenio Prácticum aprobado por la
Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial.
Undécimo.

cve: BOE-A-2024-10374
Verificable en https://www.boe.es

Es deseo de las instituciones firmantes la organización de prácticas externas en
juzgados y tribunales en la forma que se detalla en la parte dispositiva de este convenio,
por considerar que esta actividad puede resultar de gran interés para la formación de
profesionales que en un futuro pudieran colaborar o dar servicio a la Administración de
Justicia, lo que redundará en una mayor calidad de la misma.