III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Comunidad de Madrid. Convenio. (BOE-A-2024-10396)
Resolución de 13 de mayo de 2024, de la Dirección General de Políticas contra la Despoblación, por la que se publica el Convenio con la Universidad Rey Juan Carlos, para la realización del Programa Campus Rural de prácticas universitarias en el medio rural.
12 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 125
Jueves 23 de mayo de 2024
Sec. III. Pág. 58922
Coste máximo a abonar por el Ministerio: 48.785,40 euros.
Coste a abonar por la Universidad: 5.420,60 euros.
Total: 54.206,00 euros.
Asimismo, tras la finalización de todas las prácticas la Universidad se compromete a
acreditar los costes y pagos derivados en el momento de la liquidación del convenio y, en
su caso, a reintegrar al Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico la
cantidad que corresponda en el caso de que los citados costes o pagos no se hayan
realizado o hayan sido objeto de reintegro.
Las diferencias inferiores al 1 % derivadas de variaciones respecto a lo establecido
en el convenio no darán lugar a ajustes en las aportaciones y reintegros entre las partes.
El Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico se compromete a
financiar el desarrollo de las actuaciones previstas en el presente convenio mediante una
aportación máxima de 48.785,40 euros, siempre sujeto a la disponibilidad presupuestaria
vigente, con cargo a la aplicación presupuestaria 23.14.456E.451.02. La financiación de
este convenio no proviene de los fondos del Plan de Recuperación, Transformación y
Resiliencia.
La universidad se compromete a financiar el programa Campus Rural por un importe
máximo de 5.420,60 euros.
Décima.
Transferencia de fondos.
El importe aportado por parte del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto
Demográfico se transferirá durante la anualidad correspondiente, una vez el Convenio
sea eficaz y mediante transferencia bancaria en la cuenta a nombre de la Universidad.
La transferencia de los fondos a la Universidad se realizará a medida que la Comisión de
Seguimiento verifique la adecuada justificación de los compromisos económicos
adoptados en el presente convenio y con la limitación de la cuantía máxima establecida
en la cláusula anterior.
Undécima.
Gestión del programa y seguimiento de las prácticas.
De acuerdo con lo establecido en la cláusula tercera, la Universidad Rey Juan Carlos
se compromete a realizar todas aquellas actividades que sean necesarias para la
adecuada gestión de las prácticas, incluida la verificación de la memoria de prácticas, así
como el informe de tutoría. Para ello, se computarán los costes de personal directo
asociado a la gestión y seguimiento de estas prácticas.
Tras la finalización del período de prácticas por parte de todos los estudiantes, la
Universidad remitirá la documentación recogida en la cláusula decimoquinta.
Duodécima.
Transferencia de ayudas a personas participantes.
Decimotercera.
Comisión de Seguimiento.
Se constituirá una Comisión de Seguimiento del convenio, que estará integrada por
dos representantes de cada una de las partes.
Serán funciones de la Comisión de Seguimiento:
a) Velar por el cumplimiento del convenio.
b) Resolver los problemas de interpretación que pudieran plantearse en ejecución
del mismo.
cve: BOE-A-2024-10396
Verificable en https://www.boe.es
La Universidad se compromete a transferir las ayudas correspondientes a las
personas participantes en las prácticas, de acuerdo con el instrumento que determine.
Dado el carácter formativo de las prácticas académicas externas, de su realización no
se derivarán, en ningún caso, obligaciones propias de una relación laboral, ni su contenido
podrá dar lugar a la sustitución de la prestación laboral propia de puestos de trabajo.
Núm. 125
Jueves 23 de mayo de 2024
Sec. III. Pág. 58922
Coste máximo a abonar por el Ministerio: 48.785,40 euros.
Coste a abonar por la Universidad: 5.420,60 euros.
Total: 54.206,00 euros.
Asimismo, tras la finalización de todas las prácticas la Universidad se compromete a
acreditar los costes y pagos derivados en el momento de la liquidación del convenio y, en
su caso, a reintegrar al Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico la
cantidad que corresponda en el caso de que los citados costes o pagos no se hayan
realizado o hayan sido objeto de reintegro.
Las diferencias inferiores al 1 % derivadas de variaciones respecto a lo establecido
en el convenio no darán lugar a ajustes en las aportaciones y reintegros entre las partes.
El Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico se compromete a
financiar el desarrollo de las actuaciones previstas en el presente convenio mediante una
aportación máxima de 48.785,40 euros, siempre sujeto a la disponibilidad presupuestaria
vigente, con cargo a la aplicación presupuestaria 23.14.456E.451.02. La financiación de
este convenio no proviene de los fondos del Plan de Recuperación, Transformación y
Resiliencia.
La universidad se compromete a financiar el programa Campus Rural por un importe
máximo de 5.420,60 euros.
Décima.
Transferencia de fondos.
El importe aportado por parte del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto
Demográfico se transferirá durante la anualidad correspondiente, una vez el Convenio
sea eficaz y mediante transferencia bancaria en la cuenta a nombre de la Universidad.
La transferencia de los fondos a la Universidad se realizará a medida que la Comisión de
Seguimiento verifique la adecuada justificación de los compromisos económicos
adoptados en el presente convenio y con la limitación de la cuantía máxima establecida
en la cláusula anterior.
Undécima.
Gestión del programa y seguimiento de las prácticas.
De acuerdo con lo establecido en la cláusula tercera, la Universidad Rey Juan Carlos
se compromete a realizar todas aquellas actividades que sean necesarias para la
adecuada gestión de las prácticas, incluida la verificación de la memoria de prácticas, así
como el informe de tutoría. Para ello, se computarán los costes de personal directo
asociado a la gestión y seguimiento de estas prácticas.
Tras la finalización del período de prácticas por parte de todos los estudiantes, la
Universidad remitirá la documentación recogida en la cláusula decimoquinta.
Duodécima.
Transferencia de ayudas a personas participantes.
Decimotercera.
Comisión de Seguimiento.
Se constituirá una Comisión de Seguimiento del convenio, que estará integrada por
dos representantes de cada una de las partes.
Serán funciones de la Comisión de Seguimiento:
a) Velar por el cumplimiento del convenio.
b) Resolver los problemas de interpretación que pudieran plantearse en ejecución
del mismo.
cve: BOE-A-2024-10396
Verificable en https://www.boe.es
La Universidad se compromete a transferir las ayudas correspondientes a las
personas participantes en las prácticas, de acuerdo con el instrumento que determine.
Dado el carácter formativo de las prácticas académicas externas, de su realización no
se derivarán, en ningún caso, obligaciones propias de una relación laboral, ni su contenido
podrá dar lugar a la sustitución de la prestación laboral propia de puestos de trabajo.