III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE DERECHOS SOCIALES, CONSUMO Y AGENDA 2030. Premios. (BOE-A-2024-10322)
Resolución de 9 de mayo de 2024, de la Secretaría de Estado de Derechos Sociales, por la que se convocan los Premios Estatales al Voluntariado para el año 2024.
12 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 124
Miércoles 22 de mayo de 2024
Sec. III. Pág. 58552
ANEXO II
Memoria de méritos
1. Resumen general de la candidatura
1.1 Nombre de la candidatura (persona física, jurídica o programa):
1.2 Modalidad (individual o colectiva):
1.3 Indicar si se trata de un programa de colaboración y, en su caso, su
denominación y las entidades que colaboran:
1.4 Breve descripción de la candidatura: datos de identificación y resumen general
de los méritos (máximo 250 palabras):
1.5 Nombre de la persona solicitante (persona física o jurídica):
1.6 Adhesiones (indicar el número, denominación, y si son de personas físicas o
jurídicas):
2.
Méritos de la candidatura según los criterios de valoración (artículos 12 y siguientes
de la Orden DSA/857/2022, de 26 de agosto)
2.1
Modalidad individual.
Criterio de compromiso:
– Tiempo que la persona voluntaria ha desarrollado o viene desarrollando la
actividad de voluntariado, en una o en distintas entidades de voluntariado.
Se aportará un certificado por el representante legal de cada una de las entidades en
las que haya desarrollado la actividad de voluntariado, donde se hará constar el tiempo
de permanencia en cada una de ellas.
– Tiempo dedicado a dicha actividad de voluntariado en términos de cómputo
mensual por la persona candidata.
Se aportará un certificado por el representante legal de cada una de las entidades en
las que haya desarrollado la actividad de voluntariado, donde se hará constar el tiempo
de permanencia en cada una de ellas.
Nota aclaratoria: No se tendrán en cuenta, para puntuar este criterio, las
candidaturas en las que la actividad de voluntariado haya tenido una duración menor a
tres años seguidos o cinco discontinuos.
Criterio de transversalidad:
– Se valorará que a lo largo de su trayectoria la persona candidata haya desarrollado
la actividad de voluntariado en diversos ámbitos de voluntariado, tomando como
referencia de estos últimos los establecidos en el artículo 6 de la Ley 45/2015, de 14 de
octubre.
Se acreditará mediante certificado emitido por las diversas entidades donde la
persona voluntaria haya desarrollado su actividad.
– Se valorará que la actividad de voluntariado se haya llevado a cabo total o
parcialmente a través de las nuevas tecnologías.
Breve descripción de la utilización de las nuevas tecnologías en la actividad de
voluntariado.
– Se valorarán aquellas formas de voluntariado formas de voluntariado que tengan
carácter novedoso por llevarse a cabo a través de medios innovadores en ámbitos
distintos al social (ambiental, protección civil, deportivo, comunitario, entre otros), atípicos
o que faciliten el acceso de las personas con discapacidad al desarrollo de actividades
voluntarias.
cve: BOE-A-2024-10322
Verificable en https://www.boe.es
Criterio de innovación:
Núm. 124
Miércoles 22 de mayo de 2024
Sec. III. Pág. 58552
ANEXO II
Memoria de méritos
1. Resumen general de la candidatura
1.1 Nombre de la candidatura (persona física, jurídica o programa):
1.2 Modalidad (individual o colectiva):
1.3 Indicar si se trata de un programa de colaboración y, en su caso, su
denominación y las entidades que colaboran:
1.4 Breve descripción de la candidatura: datos de identificación y resumen general
de los méritos (máximo 250 palabras):
1.5 Nombre de la persona solicitante (persona física o jurídica):
1.6 Adhesiones (indicar el número, denominación, y si son de personas físicas o
jurídicas):
2.
Méritos de la candidatura según los criterios de valoración (artículos 12 y siguientes
de la Orden DSA/857/2022, de 26 de agosto)
2.1
Modalidad individual.
Criterio de compromiso:
– Tiempo que la persona voluntaria ha desarrollado o viene desarrollando la
actividad de voluntariado, en una o en distintas entidades de voluntariado.
Se aportará un certificado por el representante legal de cada una de las entidades en
las que haya desarrollado la actividad de voluntariado, donde se hará constar el tiempo
de permanencia en cada una de ellas.
– Tiempo dedicado a dicha actividad de voluntariado en términos de cómputo
mensual por la persona candidata.
Se aportará un certificado por el representante legal de cada una de las entidades en
las que haya desarrollado la actividad de voluntariado, donde se hará constar el tiempo
de permanencia en cada una de ellas.
Nota aclaratoria: No se tendrán en cuenta, para puntuar este criterio, las
candidaturas en las que la actividad de voluntariado haya tenido una duración menor a
tres años seguidos o cinco discontinuos.
Criterio de transversalidad:
– Se valorará que a lo largo de su trayectoria la persona candidata haya desarrollado
la actividad de voluntariado en diversos ámbitos de voluntariado, tomando como
referencia de estos últimos los establecidos en el artículo 6 de la Ley 45/2015, de 14 de
octubre.
Se acreditará mediante certificado emitido por las diversas entidades donde la
persona voluntaria haya desarrollado su actividad.
– Se valorará que la actividad de voluntariado se haya llevado a cabo total o
parcialmente a través de las nuevas tecnologías.
Breve descripción de la utilización de las nuevas tecnologías en la actividad de
voluntariado.
– Se valorarán aquellas formas de voluntariado formas de voluntariado que tengan
carácter novedoso por llevarse a cabo a través de medios innovadores en ámbitos
distintos al social (ambiental, protección civil, deportivo, comunitario, entre otros), atípicos
o que faciliten el acceso de las personas con discapacidad al desarrollo de actividades
voluntarias.
cve: BOE-A-2024-10322
Verificable en https://www.boe.es
Criterio de innovación: