III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CULTURA. Premios. (BOE-A-2024-10319)
Resolución de 14 de mayo de 2024, de la Subsecretaría, por la que se convoca el Premio Nacional de Televisión correspondiente al año 2024.
3 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 124
Miércoles 22 de mayo de 2024
Sec. III. Pág. 58541
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE CULTURA
10319
Resolución de 14 de mayo de 2024, de la Subsecretaría, por la que se
convoca el Premio Nacional de Televisión correspondiente al año 2024.
El Premio Nacional de Televisión fue creado mediante Orden CUL/3194/2009, de 19
de noviembre («Boletín Oficial del Estado» de 27 de noviembre), que modificó, entre
otras disposiciones posteriores, la Orden de 22 de junio de 1995, reguladora de los
Premios Nacionales del Ministerio de Cultura.
En su virtud, al amparo de lo dispuesto en los apartados noveno y undécimo de la
Orden de 22 de junio de 1995, así como en el artículo 6.2.l) del Real Decreto 323/2024,
de 26 de marzo, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de
Cultura, esta Subsecretaría ha resuelto convocar la edición correspondiente a 2024 y
regular su concesión.
Primero.
Objeto y finalidades del premio.
1. El Premio Nacional de Televisión recompensará la meritoria labor del galardonado
en el ámbito televisivo español puesta de manifiesto a través de una obra emitida
durante 2023 o, dentro de la misma, a una contribución particular especialmente destacada
por su creatividad. En casos debidamente motivados, podrá asimismo ser concedido como
reconocimiento a una completa trayectoria profesional a lo largo del tiempo.
2. Para la concesión del Premio se tendrán en cuenta los siguientes criterios:
a) La calidad de la obra o de las actividades reconocidas.
b) Su carácter innovador o su contribución al desarrollo de nuevas formas de
lenguaje televisivo.
c) Su significación como aportación sobresaliente a la promoción o difusión de la
cultura o a la consolidación de la industria cultural española.
d) En su caso, la relevancia de la trayectoria profesional.
3. Los Premios se otorgarán sobre la base de las actividades realizadas por
personas físicas o colectivos susceptibles de ser considerados creadores. En todo caso,
se deberá garantizar el respeto a la normativa en materia de propiedad intelectual, y en
particular, al Texto Refundido de la Ley de Propiedad Intelectual, aprobado por Real
Decreto Legislativo 1/1996, de 12 de abril.
Segundo.
Dotación económica.
Tercero.
Jurado y procedimiento.
1. El fallo del premio corresponderá a un Jurado cuya composición será la
siguiente:
Presidente: La persona titular de la Subsecretaría de Cultura.
Vicepresidente: La persona titular del Centro de Coordinación de Industrias
Culturales.
cve: BOE-A-2024-10319
Verificable en https://www.boe.es
1. La dotación económica del premio es de 30.000,00 euros.
El importe del premio se satisfará con cargo a la aplicación presupuestaria 24.04.334
A.489.10. «Premio Nacional de Televisión» del Presupuesto de Gastos del Ministerio de
Cultura.
2. La cuantía del premio, que tendrá carácter único, no podrá dividirse.
Núm. 124
Miércoles 22 de mayo de 2024
Sec. III. Pág. 58541
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE CULTURA
10319
Resolución de 14 de mayo de 2024, de la Subsecretaría, por la que se
convoca el Premio Nacional de Televisión correspondiente al año 2024.
El Premio Nacional de Televisión fue creado mediante Orden CUL/3194/2009, de 19
de noviembre («Boletín Oficial del Estado» de 27 de noviembre), que modificó, entre
otras disposiciones posteriores, la Orden de 22 de junio de 1995, reguladora de los
Premios Nacionales del Ministerio de Cultura.
En su virtud, al amparo de lo dispuesto en los apartados noveno y undécimo de la
Orden de 22 de junio de 1995, así como en el artículo 6.2.l) del Real Decreto 323/2024,
de 26 de marzo, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de
Cultura, esta Subsecretaría ha resuelto convocar la edición correspondiente a 2024 y
regular su concesión.
Primero.
Objeto y finalidades del premio.
1. El Premio Nacional de Televisión recompensará la meritoria labor del galardonado
en el ámbito televisivo español puesta de manifiesto a través de una obra emitida
durante 2023 o, dentro de la misma, a una contribución particular especialmente destacada
por su creatividad. En casos debidamente motivados, podrá asimismo ser concedido como
reconocimiento a una completa trayectoria profesional a lo largo del tiempo.
2. Para la concesión del Premio se tendrán en cuenta los siguientes criterios:
a) La calidad de la obra o de las actividades reconocidas.
b) Su carácter innovador o su contribución al desarrollo de nuevas formas de
lenguaje televisivo.
c) Su significación como aportación sobresaliente a la promoción o difusión de la
cultura o a la consolidación de la industria cultural española.
d) En su caso, la relevancia de la trayectoria profesional.
3. Los Premios se otorgarán sobre la base de las actividades realizadas por
personas físicas o colectivos susceptibles de ser considerados creadores. En todo caso,
se deberá garantizar el respeto a la normativa en materia de propiedad intelectual, y en
particular, al Texto Refundido de la Ley de Propiedad Intelectual, aprobado por Real
Decreto Legislativo 1/1996, de 12 de abril.
Segundo.
Dotación económica.
Tercero.
Jurado y procedimiento.
1. El fallo del premio corresponderá a un Jurado cuya composición será la
siguiente:
Presidente: La persona titular de la Subsecretaría de Cultura.
Vicepresidente: La persona titular del Centro de Coordinación de Industrias
Culturales.
cve: BOE-A-2024-10319
Verificable en https://www.boe.es
1. La dotación económica del premio es de 30.000,00 euros.
El importe del premio se satisfará con cargo a la aplicación presupuestaria 24.04.334
A.489.10. «Premio Nacional de Televisión» del Presupuesto de Gastos del Ministerio de
Cultura.
2. La cuantía del premio, que tendrá carácter único, no podrá dividirse.