I. Disposiciones generales. MINISTERIO PARA LA TRANSFORMACIÓN DIGITAL Y DE LA FUNCIÓN PÚBLICA. Organización. (BOE-A-2024-10239)
Real Decreto 503/2024, de 21 de mayo, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, y se modifica el Real Decreto 1009/2023, de 5 de diciembre, por el que se establece la estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 22 de mayo de 2024

Sec. I. Pág. 58318

c) El apoyo y el impulso a la actuación de los órganos colegiados en materia de
reto demográfico y lucha contra la despoblación y, en particular, a la Comisión Delegada
para el Reto Demográfico y a la Conferencia Sectorial de Reto Demográfico.
d) La coordinación y dirección de la red de centros de innovación territorial, así
como de las actuaciones destinadas al fomento de ecosistemas rurales innovadores para
la generación de oportunidades en zonas despobladas.
e) La participación en representación del Ministerio en los organismos
internacionales y seguimiento de los convenios internacionales en materia de reto
demográfico, sin perjuicio de las competencias del Ministerio de Asuntos Exteriores,
Unión Europea y Cooperación.
f) El desarrollo de las actuaciones para la gestión de los fondos de la Unión
Europea en materia de reto demográfico y lucha contra la despoblación, cuando así se
haya previsto en el instrumento jurídico correspondiente.
g) El fomento, sin perjuicio de las competencias de otros departamentos
ministeriales, de proyectos de transformación territorial y lucha contra la despoblación, a
través de la generación de oportunidades de empleo, de dinamización socioeconómica y
de inclusión sociolaboral en las zonas afectadas por la despoblación.
h) El impulso, sin perjuicio de las competencias de otros departamentos
ministeriales, de proyectos dirigidos a mejorar y reforzar la sensibilización, el
conocimiento y la formación, desde la infancia y la juventud y a lo largo de la vida,
respecto de la diversidad territorial y las oportunidades existentes en las zonas afectadas
por la despoblación.
i) El apoyo e impulso a proyectos financiados a través de los fondos de la Unión
Europea en materia de reto demográfico y lucha contra la despoblación.
j) El fomento de proyectos de colaboración público-privada en las políticas públicas
de vertebración territorial, de lucha contra la despoblación y de dinamización del medio
rural.
k) La realización de estudios, informes y criterios comunes en materia de
despoblación e identificación de zonas reto, considerando aspectos como el
envejecimiento, cambio demográfico, impacto demográfico y socioeconómico de las
políticas públicas, igualdad de oportunidades, apoyo a la mujer en el entorno rural,
fortalecimiento del tejido socioeconómico y del emprendimiento en las zonas afectadas
por la despoblación, mejora de los servicios públicos, tecnologías verdes, innovación o
digitalización.
l) La planificación de los créditos consignados para las subvenciones a los
proyectos anteriores, en base a los criterios resultantes de los estudios e informes en
materia de despoblación y zonas reto, así como la gestión y tramitación de dichas
subvenciones.
2. De la Dirección General de Políticas contra la Despoblación, dependen los
siguientes órganos, con nivel orgánico de subdirección general:
a) La Subdirección General de Coordinación e Iniciativas contra la despoblación,
que ejerce las competencias indicadas en los párrafos a) a f) del apartado anterior.
b) La Subdirección General de Análisis, Planificación y Ayudas contra la
despoblación, que ejerce las competencias indicadas en los párrafos g) a l) del apartado
anterior.
Artículo 13. Subsecretaría para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico.
1. Corresponde al titular de la Subsecretaría para la Transición Ecológica y el Reto
Demográfico desempeñar las funciones enumeradas en el artículo 63 de la Ley 40/2015,
de 1 de octubre, y la dirección, impulso y supervisión de los organismos públicos que le
estén adscritos.

cve: BOE-A-2024-10239
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Núm. 124