II. Autoridades y personal. - A. Nombramientos, situaciones e incidencias. CONSEJO GENERAL DEL PODER JUDICIAL. Destinos. (BOE-A-2024-10241)
Real Decreto 465/2024, de 30 de abril, por el que se destina a los Magistrados y las Magistradas que se relacionan, como consecuencia del concurso resuelto por Acuerdo de la Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 124

Miércoles 22 de mayo de 2024

Sec. II.A. Pág. 58344

Contra el presente real decreto se podrá interponer recurso contencioso-administrativo
ante la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Supremo, en el plazo de dos
meses a partir del día siguiente a la publicación del mismo en el «Boletín Oficial del
Estado». Potestativamente, podrá interponer recurso de reposición ante la Comisión
Permanente, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente a la publicación del
presente real decreto. En este último caso, no se podrá interponer el recurso
contencioso-administrativo, hasta que se haya resuelto el recurso de reposición o se haya
producido la desestimación presunta del mismo.
Dado en Madrid, el 30 de abril de 2024.
FELIPE R.
El Ministro de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes,

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FÉLIX BOLAÑOS GARCÍA

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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X