III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Convenios colectivos de trabajo. (BOE-A-2024-10218)
Resolución de 9 de mayo de 2024, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el III Convenio colectivo del Grupo Acciona Energía.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 123
Martes 21 de mayo de 2024
Sec. III. Pág. 57990
– OCD: todos los operadores de correctivo que tengan más de 6 años de
experiencia demostrable en resolución de averías de la tecnología correspondiente y
dispongan de acreditación OCD.
Dentro de los Jefes de Brigada se definen 3 niveles de desarrollo, que se detallan a
continuación, así como los criterios de adscripción a cada uno de ellos:
– JBA: todos los Jefes de Brigada que tengan menos de 2 años de experiencia
demostrable en coordinación de equipos tanto de mantenimiento programado como de
mantenimiento correctivo.
– JBB: todos los Jefes de Brigada que tengan al menos 2 años de experiencia
demostrable en coordinación de equipos tanto de mantenimiento programado como de
mantenimiento correctivo.
– JBC: todos los Jefes de Brigada que tengan más de 4 años de experiencia
demostrable en coordinación de equipos tanto de mantenimiento programado como de
mantenimiento correctivo, dispongan de acreditación JBC y cumplan los
correspondientes parámetros de gestión y de equipos.
Artículo 12.
Niveles profesionales.
Los niveles profesionales referidos a continuación son aplicables al personal incluido
en el ámbito de aplicación del convenio, a excepción del grupo profesional Técnico
Operativo de EROM.
Dentro de cada grupo se encuentran distintos niveles profesionales.
Se han definido 8 niveles diferenciados en base a la contribución de los puestos a la
organización y para ello se han seguido criterios basados en dos factores, que son: La
solución de problemas (marco y exigencia de los problemas) y el ámbito de
responsabilidad (autonomía, magnitud e impacto) de los mismos.
Solución de problemas: Este factor hace referencia a la calidad y autonomía para
identificar, definir y encontrar solución a los problemas:
– Marco de referencia: considera en cada nivel la existencia de políticas,
procedimientos, instrucciones de trabajo y regulaciones que controlan las actividades a
llevar a cabo en cada puesto.
− Exigencia de los problemas: tiene en cuenta la variedad de problemas y la
complejidad de los problemas que se plantean en la actividad habitual de la persona
trabajadora.
− Autonomía: considera el grado de libertad de decisión y acción que tiene cada
trabajador para el logro de sus resultados.
− Magnitud: considera el hecho de manejar alguna magnitud económica
(presupuesto, inversión, facturación) o coordinar o dirigir algún equipo de personas a su
cargo.
− Impacto: considera de qué manera la actividad individual incide en los equipos o
presupuestos a su cargo.
Definición de niveles profesionales
Nivel 1:
Criterios generales: Estas personas trabajadoras realizan tareas que se ejecutan con
un alto grado de dependencia, claramente establecidas, con instrucciones específicas.
cve: BOE-A-2024-10218
Verificable en https://www.boe.es
Responsabilidad: tiene en cuenta la contribución de cada puesto a los resultados
organizativos, considerando la capacidad de respuesta de cada persona trabajadora
ante las acciones y decisiones tomadas, así como sus consecuencias:
Núm. 123
Martes 21 de mayo de 2024
Sec. III. Pág. 57990
– OCD: todos los operadores de correctivo que tengan más de 6 años de
experiencia demostrable en resolución de averías de la tecnología correspondiente y
dispongan de acreditación OCD.
Dentro de los Jefes de Brigada se definen 3 niveles de desarrollo, que se detallan a
continuación, así como los criterios de adscripción a cada uno de ellos:
– JBA: todos los Jefes de Brigada que tengan menos de 2 años de experiencia
demostrable en coordinación de equipos tanto de mantenimiento programado como de
mantenimiento correctivo.
– JBB: todos los Jefes de Brigada que tengan al menos 2 años de experiencia
demostrable en coordinación de equipos tanto de mantenimiento programado como de
mantenimiento correctivo.
– JBC: todos los Jefes de Brigada que tengan más de 4 años de experiencia
demostrable en coordinación de equipos tanto de mantenimiento programado como de
mantenimiento correctivo, dispongan de acreditación JBC y cumplan los
correspondientes parámetros de gestión y de equipos.
Artículo 12.
Niveles profesionales.
Los niveles profesionales referidos a continuación son aplicables al personal incluido
en el ámbito de aplicación del convenio, a excepción del grupo profesional Técnico
Operativo de EROM.
Dentro de cada grupo se encuentran distintos niveles profesionales.
Se han definido 8 niveles diferenciados en base a la contribución de los puestos a la
organización y para ello se han seguido criterios basados en dos factores, que son: La
solución de problemas (marco y exigencia de los problemas) y el ámbito de
responsabilidad (autonomía, magnitud e impacto) de los mismos.
Solución de problemas: Este factor hace referencia a la calidad y autonomía para
identificar, definir y encontrar solución a los problemas:
– Marco de referencia: considera en cada nivel la existencia de políticas,
procedimientos, instrucciones de trabajo y regulaciones que controlan las actividades a
llevar a cabo en cada puesto.
− Exigencia de los problemas: tiene en cuenta la variedad de problemas y la
complejidad de los problemas que se plantean en la actividad habitual de la persona
trabajadora.
− Autonomía: considera el grado de libertad de decisión y acción que tiene cada
trabajador para el logro de sus resultados.
− Magnitud: considera el hecho de manejar alguna magnitud económica
(presupuesto, inversión, facturación) o coordinar o dirigir algún equipo de personas a su
cargo.
− Impacto: considera de qué manera la actividad individual incide en los equipos o
presupuestos a su cargo.
Definición de niveles profesionales
Nivel 1:
Criterios generales: Estas personas trabajadoras realizan tareas que se ejecutan con
un alto grado de dependencia, claramente establecidas, con instrucciones específicas.
cve: BOE-A-2024-10218
Verificable en https://www.boe.es
Responsabilidad: tiene en cuenta la contribución de cada puesto a los resultados
organizativos, considerando la capacidad de respuesta de cada persona trabajadora
ante las acciones y decisiones tomadas, así como sus consecuencias: