III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Convenios colectivos de trabajo. (BOE-A-2024-10218)
Resolución de 9 de mayo de 2024, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el III Convenio colectivo del Grupo Acciona Energía.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 123

Martes 21 de mayo de 2024

Sec. III. Pág. 57992

Tareas: se incluyen, a título enunciativo, las siguientes actividades y todas las que,
por analogía, sean equivalentes a las mismas:
– Controlar/planificar los sistemas, equipos, productos y herramientas fundamentales
para el proceso productivo, asegurando su funcionamiento en aspectos de uso,
instalaciones, disponibilidad y resolución de incidencias.
– Desarrollar métodos de trabajo, técnicas y herramientas de producción para
mejorar la calidad, plazos y costes de los procesos.
– Participar en la elaboración y validación de los productos y servicios facilitados
(pruebas).
– Análisis y explotación de la información, elaborando informes relativos a su gestión
administrativa.
– Idénticas oportunidades de mejora en su ámbito de actividad y proponer cambios
para mejorar su servicio.
– En algunos casos deberán planificar las necesidades de su área, teniendo
responsabilidad sobre los centros de coste relacionados.
– Planificación y coordinación de viajes, reuniones y eventos nacionales e
internacionales.
– Comprenden, a título orientativo, los siguientes puestos:
● Técnico/a administrativo II / Secretario/a Dirección.
● Operario/a cualificado/ especialista (almacén, producción).
● Técnico/a de iniciación.
Nivel 4:

– Tareas administrativas y de gestión desarrolladas con el diseño, supervisión y
utilización de aplicaciones informáticas.
– Tareas de cálculo de salarios, valoración de costes, funciones de cobro y pago,
etc., dependiendo y ejecutando las órdenes de un mando superior.
– Tareas de mantenimiento industrial integral con capacitación suficiente para
resolver los requisitos de su responsabilidad.
– Tareas de comercialización de productos o proyectos que no requieran una
especialización técnica compleja, comunicación de condiciones de oferta, tramitación de
pedidos, etc.
– Tareas de archivo, registro, cálculo, facturación o similares que requieran iniciativa.
– Tareas secretariales que precisen instrucciones específicas utilizando paquetes
informáticos.
– Tareas elementales de delineación y cálculos sencillos.
– Realizan agrupaciones de datos, resumes, estadísticas, cuadros, seguimientos,
certificaciones, etc., con datos suministrados por otros que los tomasen en base a
normas generalmente precisas.
– Toma de datos de procesos de producción, referentes a temperaturas, duración de
ciclos, desgaste de útiles, defectos, anomalías reflejadas en partes o a través de
plantillas.

cve: BOE-A-2024-10218
Verificable en https://www.boe.es

Criterios generales: Son las personas trabajadoras que realizan tareas que se
ejecutan bajo dependencia de mando o de profesionales de más alta cualificación dentro
de la Empresa, normalmente con supervisión, pero con conocimientos profesionales, con
un periodo de adaptación.
Formación: Titulados/as superiores o medios con experiencia media, técnicos/as de
grado superior con la formación específica en el puesto de trabajo o conocimientos
adquiridos en el desempeño de su profesión. En el Grupo Administrativo y Técnico es
imprescindible el inglés.
Tareas: se incluyen, a título enunciativo, las siguientes actividades y todas las que,
por analogía, sean equivalentes a las mismas: