II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. UNIVERSIDADES. Personal de administración y servicios. (BOE-A-2024-10127)
Resolución de 13 de mayo de 2024, de la Universidad de Jaén, por la que se corrigen errores en la de 11 de abril de 2024, por la que se convoca proceso selectivo para la provisión, por el sistema general de acceso libre, de plaza de personal laboral en la categoría de Técnico/a Especialista de Laboratorio.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Lunes 20 de mayo de 2024

Sec. II.B. Pág. 57440

tribunal) obtendrán una calificación de 17,5 puntos y el resto de aprobados/as tendrá una
calificación distribuida proporcionalmente entre ambas calificaciones (una vez practicada
la correspondiente penalización por las respuestas erróneas).
El tribunal queda facultado para la determinación de nivel mínimo exigido para la
obtención de dichas calificaciones.
Segundo ejercicio: de carácter práctico, consistirá en una prueba práctica o supuesto
práctico sobre las funciones a desempeñar, programa y/o conocimientos exigidos en el
bloque B (parte específica) que se relaciona en el anexo II de la presente convocatoria,
que permita demostrar las competencias y habilidades de la persona candidata para el
desempeño del puesto.
El tribunal queda facultado para establecer el formato en que se desarrollará este
ejercicio práctico: tipo test, escrito, mediante el uso de equipo informático personal o
utilización de instrumentación científico técnica requerida para el desarrollo del puesto de
trabajo objeto de esta convocatoria.
El ejercicio se calificará sobre un máximo de 25 puntos, de modo que los/
as opositores/as que acierten o respondan adecuadamente el número máximo
cuestiones válidamente propuestas obtendrán una calificación de 25 puntos. Los/as
opositores/as que aprueben con la nota de corte (aquella obtenida por la última persona
opositora considerada apta según el criterio del tribunal) obtendrá una calificación
de 12.5 puntos y el resto de aprobados/as tendrá una calificación distribuida
proporcionalmente entre ambas calificaciones (una vez practicadas, en su caso, las
correspondientes penalizaciones).
Si el tribunal decide que este segundo ejercicio se realice tipo test, la puntuación se
calculará de acuerdo con la fórmula establecida para el primer ejercicio.
El tribunal queda facultado para la determinación de nivel mínimo exigido para la
obtención de dichas calificaciones.
El tiempo máximo para la realización de ambos ejercicios será establecido
oportunamente por el tribunal.
Si alguno de los anteriores ejercicios, o parte de los mismos, consiste en un
cuestionario tipo test, una vez realizado el mismo y con anterioridad a su calificación, el
tribunal publicará en el tablón de anuncios de la sede electrónica de la Universidad de
Jaén (https://sede.ujaen.es/publico/tablon), y a título informativo, en la página web del
Servicio de Personal, la plantilla de respuestas consideradas correctas que servirá para
su corrección. Dicha plantilla tendrá carácter provisional. Las personas aspirantes
dispondrán de un plazo de cinco días hábiles, contados desde el día siguiente al de la
publicación de la plantilla provisional de respuestas, para formular las alegaciones a la
misma, así como al contenido del ejercicio planteado. Dichas alegaciones deberán
dirigirse, debidamente motivadas y documentadas, a la sede del tribunal.
La resolución de las alegaciones que sean tenidas en cuenta por parte del tribunal se
hará pública, considerándose desestimadas todas aquellas alegaciones a las que no se
haga referencia alguna en la citada publicación.
Aprobada la plantilla definitiva, el tribunal procederá a la corrección del
correspondiente ejercicio. Publicadas las calificaciones de cada ejercicio, se abrirá un
plazo de cinco días hábiles para la realización de alegaciones a las mismas.
Ni la plantilla provisional ni la que resulte de la estimación de las eventuales
alegaciones formuladas son recurribles de forma independiente a la publicación de las
personas aprobadas.
Los/as opositores/as que no hayan alcanzado la puntuación mínima para superar el
ejercicio correspondiente, tendrán la consideración de no aptos/as a todos los efectos,
quedando eliminadas del proceso selectivo.
La calificación final de la fase de oposición vendrá determinada por la suma de las
puntuaciones obtenidas en los dos ejercicios.

cve: BOE-A-2024-10127
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Núm. 122