III. Otras disposiciones. MINISTERIO DEL INTERIOR. Convenios. (BOE-A-2024-10135)
Resolución de 10 de mayo de 2024, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio con la Universidad Loyola Andalucía, para el desarrollo de prácticas académicas, investigación y formación.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 122
Lunes 20 de mayo de 2024
Sec. III. Pág. 57490
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DEL INTERIOR
10135
Resolución de 10 de mayo de 2024, de la Secretaría General Técnica, por la
que se publica el Convenio con la Universidad Loyola Andalucía, para el
desarrollo de prácticas académicas, investigación y formación.
Habiéndose suscrito el 9 de mayo de 2024 el Convenio entre el Ministerio del Interior
y la Universidad privada Loyola Andalucía para el desarrollo de prácticas académicas,
investigación y formación, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de
dicho convenio que figura como anexo a esta resolución.
Madrid, 10 de mayo de 2024.–El Secretario General Técnico, Juan Antonio
Puigserver Martínez.
ANEXO
Convenio entre el Ministerio del Interior y la Universidad Privada Loyola Andalucia
para el desarrollo de prácticas académicas, investigación y formación
En Madrid, a 9 de mayo de 2024.
REUNIDOS
De una parte don Fernando Grande-Marlaska Gómez, Ministro del Interior, nombrado
por Real Decreto 835/2023, de 20 de noviembre, al amparo de lo previsto en los
artículos 48.2 y 61.k) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector
Público, y con domicilio a los efectos del presente convenio en la calle Amador de los
Ríos, 2, 28071 de Madrid.
Y de otra parte, don Sergio Fabio Gómez-Estern Aguilar, Rector, en nombre y
representación de la Universidad Loyola Andalucía que actúa facultado por su
nombramiento realizado por apoderamiento/poder e.p. 4403-2023, desde el 15 de
septiembre de 2023 y legitimado ante Notario Pablo Gutiérrez-Alviz y Conradi, el 18 de
septiembre de 2023, protocolo 4403.
Ambas partes, que actúan en razón de sus respectivos cargos, declaran que
intervienen con capacidad legal necesaria y competencia suficiente para suscribir el
presente convenio y, a tal efecto,
EXPONEN
Por un lado, el artículo 149.1.29.ª de la Constitución Española establece que el
Estado tiene competencia exclusiva sobre la materia de seguridad pública.
Por su parte, el artículo 1.1 de la Ley Orgánica 2/1986, de 13 de marzo, de Fuerzas y
Cuerpos de Seguridad, establece que la seguridad pública es competencia exclusiva del
Estado, correspondiendo su mantenimiento al Gobierno de la Nación y, en concreto, al
Ministerio del Interior.
Por otro lado, este Departamento ministerial, según el artículo 1.1 del Real
Decreto 207/2024, de 27 de febrero, por el que se desarrolla la estructura orgánica
básica del Ministerio del Interior le corresponde la propuesta y ejecución de la política del
Gobierno en materia de seguridad ciudadana; la promoción de las condiciones para el
cve: BOE-A-2024-10135
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Primero.
Núm. 122
Lunes 20 de mayo de 2024
Sec. III. Pág. 57490
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DEL INTERIOR
10135
Resolución de 10 de mayo de 2024, de la Secretaría General Técnica, por la
que se publica el Convenio con la Universidad Loyola Andalucía, para el
desarrollo de prácticas académicas, investigación y formación.
Habiéndose suscrito el 9 de mayo de 2024 el Convenio entre el Ministerio del Interior
y la Universidad privada Loyola Andalucía para el desarrollo de prácticas académicas,
investigación y formación, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de
dicho convenio que figura como anexo a esta resolución.
Madrid, 10 de mayo de 2024.–El Secretario General Técnico, Juan Antonio
Puigserver Martínez.
ANEXO
Convenio entre el Ministerio del Interior y la Universidad Privada Loyola Andalucia
para el desarrollo de prácticas académicas, investigación y formación
En Madrid, a 9 de mayo de 2024.
REUNIDOS
De una parte don Fernando Grande-Marlaska Gómez, Ministro del Interior, nombrado
por Real Decreto 835/2023, de 20 de noviembre, al amparo de lo previsto en los
artículos 48.2 y 61.k) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector
Público, y con domicilio a los efectos del presente convenio en la calle Amador de los
Ríos, 2, 28071 de Madrid.
Y de otra parte, don Sergio Fabio Gómez-Estern Aguilar, Rector, en nombre y
representación de la Universidad Loyola Andalucía que actúa facultado por su
nombramiento realizado por apoderamiento/poder e.p. 4403-2023, desde el 15 de
septiembre de 2023 y legitimado ante Notario Pablo Gutiérrez-Alviz y Conradi, el 18 de
septiembre de 2023, protocolo 4403.
Ambas partes, que actúan en razón de sus respectivos cargos, declaran que
intervienen con capacidad legal necesaria y competencia suficiente para suscribir el
presente convenio y, a tal efecto,
EXPONEN
Por un lado, el artículo 149.1.29.ª de la Constitución Española establece que el
Estado tiene competencia exclusiva sobre la materia de seguridad pública.
Por su parte, el artículo 1.1 de la Ley Orgánica 2/1986, de 13 de marzo, de Fuerzas y
Cuerpos de Seguridad, establece que la seguridad pública es competencia exclusiva del
Estado, correspondiendo su mantenimiento al Gobierno de la Nación y, en concreto, al
Ministerio del Interior.
Por otro lado, este Departamento ministerial, según el artículo 1.1 del Real
Decreto 207/2024, de 27 de febrero, por el que se desarrolla la estructura orgánica
básica del Ministerio del Interior le corresponde la propuesta y ejecución de la política del
Gobierno en materia de seguridad ciudadana; la promoción de las condiciones para el
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Primero.