III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE INCLUSIÓN, SEGURIDAD SOCIAL Y MIGRACIONES. Convenios. (BOE-A-2024-10071)
Resolución de 8 de mayo de 2024, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica la Adenda de prórroga al Convenio entre el Consejo General del Notariado y la Tesorería General de la Seguridad Social, en materia de intercambio de información.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 121
Sábado 18 de mayo de 2024
Sec. III. Pág. 57317
Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, previa inscripción
en el Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector
público estatal; y será prorrogable a su término mediante acuerdo expreso, que deberá
formalizarse con un mes de antelación a la expiración del convenio, hasta un máximo de
cuatro años adicionales.
III. Que el convenio se ha venido desarrollando a plena satisfacción de las partes y
por ello es interés de ambas dar continuidad al desarrollo del mismo.
Por todo lo anterior ambas partes unánimemente
ACUERDAN
Primera.
Prórroga del convenio.
Se acuerda de forma unánime la prórroga del convenio por cuatro años adicionales,
que tendrá efectos a partir del día 18 de julio de 2024.
Segunda. Eficacia y validez de la presente Adenda al convenio.
La presente adenda se perfecciona con el consentimiento de las partes. Resultará
eficaz una vez que sea inscrita, en el plazo de cinco días hábiles desde su formalización,
en el Registro Electrónico Estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación. Asimismo,
será publicada en el «Boletín Oficial del Estado», de acuerdo con lo establecido en el
artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre.
cve: BOE-A-2024-10071
Verificable en https://www.boe.es
En prueba de conformidad, las partes implicadas firman la presente adenda de
prórroga, en la fecha indicada en el pie de firma, tomándose como fecha de
formalización del presente documento la fecha del último firmante.–Por el Consejo
General del Notariado, el Presidente, José Ángel Martínez Sanchiz.–Por la Tesorería
General de la Seguridad Social, el Director General, Andrés Harto Martínez.
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
Núm. 121
Sábado 18 de mayo de 2024
Sec. III. Pág. 57317
Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, previa inscripción
en el Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector
público estatal; y será prorrogable a su término mediante acuerdo expreso, que deberá
formalizarse con un mes de antelación a la expiración del convenio, hasta un máximo de
cuatro años adicionales.
III. Que el convenio se ha venido desarrollando a plena satisfacción de las partes y
por ello es interés de ambas dar continuidad al desarrollo del mismo.
Por todo lo anterior ambas partes unánimemente
ACUERDAN
Primera.
Prórroga del convenio.
Se acuerda de forma unánime la prórroga del convenio por cuatro años adicionales,
que tendrá efectos a partir del día 18 de julio de 2024.
Segunda. Eficacia y validez de la presente Adenda al convenio.
La presente adenda se perfecciona con el consentimiento de las partes. Resultará
eficaz una vez que sea inscrita, en el plazo de cinco días hábiles desde su formalización,
en el Registro Electrónico Estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación. Asimismo,
será publicada en el «Boletín Oficial del Estado», de acuerdo con lo establecido en el
artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre.
cve: BOE-A-2024-10071
Verificable en https://www.boe.es
En prueba de conformidad, las partes implicadas firman la presente adenda de
prórroga, en la fecha indicada en el pie de firma, tomándose como fecha de
formalización del presente documento la fecha del último firmante.–Por el Consejo
General del Notariado, el Presidente, José Ángel Martínez Sanchiz.–Por la Tesorería
General de la Seguridad Social, el Director General, Andrés Harto Martínez.
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X