III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN. Pesca marítima. (BOE-A-2024-10064)
Resolución de 14 de mayo de 2024, de la Secretaría General de Pesca, por la que se establecen las disposiciones de aplicación del plan de ordenación plurianual del atún rojo en el océano Atlántico oriental y el mar Mediterráneo para 2024.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 121

Sábado 18 de mayo de 2024

Sec. III. Pág. 57251

En caso de querer incluir más de dos buques/almadrabas, añadir tantas tablas como
buques/almadrabas solicitantes haya.
En ___________, a _________ de _________ de 20_________
Autorizo al Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación a consultar telemáticamente los
datos referidos a mi persona relacionados exclusivamente con el Documento Nacional de
Identidad, o en su defecto fotocopia compulsada del citado documento. (Sistema de
Verificación de Datos de Identidad establecido en la Orden PRE/3949/2006, de 26 de
diciembre)
Firma de todos los armadores o responsables

El Ministerio de Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación mantiene un compromiso de
cumplimiento de la legislación vigente en materia de tratamiento de datos personales y
seguridad de la información con el objeto de garantizar que la recogida y tratamiento de los
datos facilitados se realiza conforme al Reglamento (UE) 2016/679 General de Protección de
Datos (RGPD) y de la normativa nacional vigente en la materia.
Por este motivo, le ofrecemos a continuación información sobre la política de protección de
datos aplicada al tratamiento de los datos personales derivado del procedimiento de gestiones
conjuntas.
1. Responsable del tratamiento: Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación
Secretaría General de Pesca – Subdirección General de Acuerdos y ORP
Teléfono: 91 347 60 40/60 41
Correo: orgmulpm@mapa.es
Delegado de Protección de datos: bzn-DPD@mapa.es
2. Finalidad del tratamiento: Los datos personales incorporados serán utilizados
exclusivamente para la gestión de las solicitudes de transmisión definitiva de posibilidades de
pesca y se conservarán mientras la legislación aplicable obligue a su conservación (Ley
16/1985, de 25 de junio, del Patrimonio Histórico Español).
3. Legitimación del tratamiento: el tratamiento es necesario para el cumplimiento de una
obligación legal aplicable al responsable del tratamiento (Ley 3/2001, de 26 de marzo, de
Pesca Marítima del Estado).
4. Destinatarios de los datos: no están previstas cesiones de datos ni transferencias
internacionales de datos.
5.Derechos sobre el tratamiento de datos: Conforme a lo previsto en el RGPD podrá solicitar
al Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, a través de su sede electrónica
(https://sede.mapa.gob.es/portal/site/se ), el acceso, rectificación y supresión de sus datos
personales, la limitación y oposición al tratamiento de sus datos y a no ser objeto de decisiones
automatizadas. Asimismo, si considera vulnerados sus derechos, podrá presentar una
reclamación de tutela ante la Agencia Española de Protección de Datos
https://sedeagpd.gob.es/
SECRETARÍA GENERAL DE PESCA
DIRECCIÓN GENERAL DE PESCA SOSTENIBLE
C/ Velázquez, 144. 28006 MADRID

cve: BOE-A-2024-10064
Verificable en https://www.boe.es

3. Información sobre protección de datos.