III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE ECONOMÍA, COMERCIO Y EMPRESA. Comunidad Autónoma de Canarias. Convenio. (BOE-A-2024-9998)
Resolución de 8 de mayo de 2024, del Instituto Nacional de Estadística, por la que se publica el Convenio con el Instituto Canario de Estadística, sobre cooperación estadística e intercambio de información.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 120

Viernes 17 de mayo de 2024

Sec. III. Pág. 56845

autonómicas, suscribieron en 2020 un convenio sobre cooperación estadística e
intercambio de información que ha venido desarrollándose de forma satisfactoria para
ambas partes y cuya vigencia ha finalizado.
Segundo.
Que la experiencia adquirida en el desarrollo del citado convenio aconseja la
continuidad de esta cooperación y el mantenimiento, de mutuo acuerdo, de cauces
operativos idóneos para el intercambio de la información que deba realizarse para
facilitar la realización de las estadísticas que les asigna el Plan Estadístico Nacional y el
Plan Estadístico de Canarias.
Tercero.
Que la existencia de un interés mutuo del Estado y de la Comunidad Autónoma
(CC. AA.) en materia estadística, determina la conveniencia de coordinar la actividad
estatal y autonómica al respecto, toda vez que el Estado goza de competencia exclusiva
sobre estadísticas para fines estatales, según el artículo 149.1.31 de la Constitución, y la
Comunidad Autónoma de Canarias tiene competencia exclusiva sobre estadística para
fines de la Comunidad Autónoma según el artículo 122 de la Ley Orgánica 1/2018, de 5
de noviembre, de reforma del Estatuto de Autonomía de Canarias.
Cuarto.
Que la Ley 12/1989, de 9 de mayo de la Función Estadística Pública establece en el
artículo 26.r) que al Instituto Nacional de Estadística le corresponde «La celebración de
acuerdos y convenios con otras Administraciones públicas en lo relativo a las
estadísticas que tengan encomendadas». Asimismo el artículo 41.1 de la misma norma
recoge que «Los servicios estadísticos de la Administración del Estado y de las
Comunidades Autónomas podrán celebrar convenios relativos al desarrollo de
operaciones estadísticas cuando ello convenga para el perfeccionamiento y eficacia de
las mismas o para evitar duplicidades y gastos».
Quinto.
Que el Instituto Canario de Estadística (ISTAC), es el órgano central del sistema
estadístico autonómico, creado y regulado por la Ley 1/1991, de 28 de enero, de
Estadística de la Comunidad Autónoma de Canarias (CAC). Asimismo, es el coordinador
de la actividad estadística pública en su ámbito de competencia. El artículo 4.1 del
Reglamento de organización y funcionamiento del Instituto Canario de Estadística,
aprobado por Decreto 11/2017, de 16 de enero, establece que el Instituto Canario de
Estadística puede suscribir convenios con entidades, instituciones o personas públicas
y/o privadas, nacionales, internacionales o extranjeras.

CLÁUSULAS
Primera.

Objeto del convenio.

El presente convenio sobre cooperación estadística e intercambio de información
tiene por objeto determinar las líneas básicas de cooperación entre el Instituto Nacional
de Estadística y el Instituto Canario de Estadística y regular los mecanismos operativos
para el intercambio de información entre ambas instituciones.

cve: BOE-A-2024-9998
Verificable en https://www.boe.es

Por todo ello, deciden suscribir el presente convenio sobre cooperación estadística e
intercambio de información que tiene naturaleza de convenio marco al establecer unos
compromisos iniciales que pueden dar lugar a la suscripción de convenios específicos
entre las Partes y que se rige por las siguientes