III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES, UNIÓN EUROPEA Y COOPERACIÓN. Convenios. (BOE-A-2024-9960)
Resolución de 30 de abril de 2024, de la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo, por la que se publica el Convenio con la Universidad Internacional de La Rioja, para la realización de prácticas académicas externas no remuneradas.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 120
Viernes 17 de mayo de 2024
Sec. III. Pág. 56605
Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo, es una entidad de Derecho
Público adscrita al Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y de Cooperación a
través de la Secretaría de Estado de Cooperación Internacional (SECI).
Segundo.
Que la UNIR es una universidad reconocida por la Ley 3/2008, de 13 de octubre,
por el Parlamento de La Rioja, fue publicada en el «Boletín Oficial de La Rioja»
(BOR núm. 134, de 15 de octubre de 2008) y en el «Boletín Oficial del Estado»
(BOE núm. 261) del 29 de octubre de 2008. Se rige por la Ley Orgánica 2/2023,
de 22 de marzo, del Sistema Universitario, por las directrices de la Unión Europea y
por las normas que dicta el Estado Español y la Comunidad Autónoma de La Rioja.
UNIR se distingue por sus estudios a través de internet y cuyo funcionamiento se
asienta esencialmente en las tecnologías de la información y de las comunicaciones
y realiza el servicio público de la educación superior mediante la investigación, la
docencia y la transferencia del conocimiento. Asimismo, mantiene un compromiso
con la sociedad que va más allá de su actividad empresarial, que conoce iniciativas
que lleva a cabo la AECID y que quiere colaborar con ella.
Tercero.
Que la formación que ofrece UNIR debe basarse tanto en la teoría como en la
práctica, proporcionando a los alumnos una orientación profesional que les permita
incorporarse al mercado de trabajo en condiciones idóneas y responder con eficacia y
garantías a las exigencias de la sociedad y de sus instituciones.
Cuarto.
Que la AECID comparte con UNIR el interés por contribuir a la formación en materia
de cooperación internacional para el desarrollo de titulados superiores universitarios, y
manifiesta su deseo de colaborar en la formación de los alumnos de ese centro
educativo, al objeto de completar sus conocimientos teóricos y habilidades, a través de la
realización de prácticas curriculares y extracurriculares.
Quinto.
Que de conformidad con lo previsto en el artículo 50.2 de la Ley 40/2015, de 1
octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, el presente convenio ha sido informado
favorablemente por la Asesoría Jurídica de la AECID y su firma ha sido autorizada por el
Ministerio de Hacienda, con fecha 20 de marzo de 2024.
Por lo expuesto, las partes acuerdan suscribir el presente convenio para la
participación del alumnado en la AECID, para la realización de prácticas académicas
externas curriculares y extracurriculares no remuneradas, que se regirá por las
siguientes
Primera.
Objeto del convenio.
El presente convenio tiene por objeto establecer las condiciones por las que
estudiantes de grado y posgrado de la UNIR realizarán un programa de prácticas
académicas externas curriculares y extracurriculares no remuneradas, de cualquier
enseñanza impartida por la Universidad, dentro de cualquiera de las áreas de trabajo de la
AECID, ya sea en sus Servicios Centrales o en las Unidades de Cooperación de la AECID
en el exterior y siempre de acuerdo con el Real Decreto 592/2014, de 11 de julio, por el
que se regulan las prácticas académicas externas de los estudiantes universitarios.
cve: BOE-A-2024-9960
Verificable en https://www.boe.es
CLÁUSULAS
Núm. 120
Viernes 17 de mayo de 2024
Sec. III. Pág. 56605
Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo, es una entidad de Derecho
Público adscrita al Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y de Cooperación a
través de la Secretaría de Estado de Cooperación Internacional (SECI).
Segundo.
Que la UNIR es una universidad reconocida por la Ley 3/2008, de 13 de octubre,
por el Parlamento de La Rioja, fue publicada en el «Boletín Oficial de La Rioja»
(BOR núm. 134, de 15 de octubre de 2008) y en el «Boletín Oficial del Estado»
(BOE núm. 261) del 29 de octubre de 2008. Se rige por la Ley Orgánica 2/2023,
de 22 de marzo, del Sistema Universitario, por las directrices de la Unión Europea y
por las normas que dicta el Estado Español y la Comunidad Autónoma de La Rioja.
UNIR se distingue por sus estudios a través de internet y cuyo funcionamiento se
asienta esencialmente en las tecnologías de la información y de las comunicaciones
y realiza el servicio público de la educación superior mediante la investigación, la
docencia y la transferencia del conocimiento. Asimismo, mantiene un compromiso
con la sociedad que va más allá de su actividad empresarial, que conoce iniciativas
que lleva a cabo la AECID y que quiere colaborar con ella.
Tercero.
Que la formación que ofrece UNIR debe basarse tanto en la teoría como en la
práctica, proporcionando a los alumnos una orientación profesional que les permita
incorporarse al mercado de trabajo en condiciones idóneas y responder con eficacia y
garantías a las exigencias de la sociedad y de sus instituciones.
Cuarto.
Que la AECID comparte con UNIR el interés por contribuir a la formación en materia
de cooperación internacional para el desarrollo de titulados superiores universitarios, y
manifiesta su deseo de colaborar en la formación de los alumnos de ese centro
educativo, al objeto de completar sus conocimientos teóricos y habilidades, a través de la
realización de prácticas curriculares y extracurriculares.
Quinto.
Que de conformidad con lo previsto en el artículo 50.2 de la Ley 40/2015, de 1
octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, el presente convenio ha sido informado
favorablemente por la Asesoría Jurídica de la AECID y su firma ha sido autorizada por el
Ministerio de Hacienda, con fecha 20 de marzo de 2024.
Por lo expuesto, las partes acuerdan suscribir el presente convenio para la
participación del alumnado en la AECID, para la realización de prácticas académicas
externas curriculares y extracurriculares no remuneradas, que se regirá por las
siguientes
Primera.
Objeto del convenio.
El presente convenio tiene por objeto establecer las condiciones por las que
estudiantes de grado y posgrado de la UNIR realizarán un programa de prácticas
académicas externas curriculares y extracurriculares no remuneradas, de cualquier
enseñanza impartida por la Universidad, dentro de cualquiera de las áreas de trabajo de la
AECID, ya sea en sus Servicios Centrales o en las Unidades de Cooperación de la AECID
en el exterior y siempre de acuerdo con el Real Decreto 592/2014, de 11 de julio, por el
que se regulan las prácticas académicas externas de los estudiantes universitarios.
cve: BOE-A-2024-9960
Verificable en https://www.boe.es
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