III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSFORMACIÓN DIGITAL Y DE LA FUNCIÓN PÚBLICA. Delegación de competencias. (BOE-A-2024-10005)
Orden TDF/469/2024, de 9 de mayo, sobre fijación de límites para la administración de determinados créditos para gastos y de delegación de competencias.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 120

Viernes 17 de mayo de 2024
Cuadragésimo tercero.

Sec. III. Pág. 56951

Ejercicio de competencias delegadas.

1. La delegación de competencias contenida en la presente orden se entiende sin
perjuicio de que, en cualquier momento, el órgano delegante pueda avocar para sí el
conocimiento y resolución de cuantos asuntos comprendidos en ella considere
oportunos, en los términos establecidos en los artículos 9 y 10 de la Ley 40/2015, de 1
de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
2. Los órganos delegantes podrán exigir de los órganos delegados la remisión
periódica de una relación de los actos que se dicten en ejercicio de las competencias
delegadas.
3. Las personas titulares de los órganos en que se delegan atribuciones por la
presente orden podrán someter a la persona titular del Ministerio para la Transformación
Digital y de la Función Pública los expedientes que por su trascendencia consideren
conveniente.
4. Siempre que se haga uso de la delegación contenida en la presente disposición,
deberá indicarse expresamente en la resolución administrativa correspondiente que se
considerará dictada por el órgano delegante, conforme establece el artículo 9.4 de la
Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
5. Las actuaciones incursas en procedimientos administrativos no finalizados,
dictadas por delegación al amparo de las anteriores órdenes de las que las preceden no
perderán por ello su validez, ni precisarán de ratificación por sus nuevos titulares.

cve: BOE-A-2024-10005
Verificable en https://www.boe.es

Madrid, 9 de mayo de 2024.–El Ministro para la Transformación Digital y de la
Función Pública, José Luis Escrivá Belmonte.

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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X