V. Anuncios. - B. Otros anuncios oficiales. MINISTERIO DE CIENCIA, INNOVACIÓN Y UNIVERSIDADES. (BOE-B-2024-17698)
Extracto de la Orden CNU/462/2024 de 10 de mayo, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de ayudas públicas destinadas al "Programa Tecnológico Espacial" y al apoyo de la cooperación tecnológica internacional en el ámbito de la salud ("Proyectos Multi-país"), en el marco del PRTR (PERTEs Aeroespacial y de Salud de Vanguardia) y por la que se aprueba la convocatoria correspondiente al año 2024 del "Programa Tecnológico Espacial".
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Viernes 17 de mayo de 2024
Sec. V-B. Pág. 26245
Los solicitantes deberán indicar el área seleccionada, sin perjuicio de que, en
caso de error material, se podrá proceder a su reasignación de oficio. Si el
proyecto presentado no se adecúa claramente a alguna de las áreas, se
desestimará.
Los proyectos deberán acogerse a una de las siguientes categorías: PTE
Grandes Empresas o PTE Pequeñas Empresas y cumplir los requisitos
establecidos para cada categoría.
PTE - Grandes Empresas (PTE-G)
1º. Presupuesto: los proyectos subvencionables deberán tener un presupuesto
elegible mínimo de 5.000.000 euros y máximo de 25.000.000 euros. El
presupuesto elegible mínimo para las grandes empresas será de 500.000 euros y
de 175.000 euros para el resto.
2º. Duración: los proyectos serán plurianuales y finalizarán el 31 de diciembre
de 2026. Parte de los mismos deberá realizarse en el año 2024, por lo que, en todo
caso, se deberá solicitar ayuda para 2024.
3º. Distribución presupuestaria equilibrada: los proyectos deberán tener una
distribución equilibrada del presupuesto a lo largo de la duración del proyecto.
También deberán tener una distribución equilibrada entre los socios, de modo que
ninguna de las empresas autónomas de la agrupación ni ningún grupo de
empresas vinculadas o asociadas, según las definiciones del artículo 3 del anexo I
del Reglamento (UE) n.º651/2014, podrá superar el 65% del presupuesto elegible
del proyecto.
4º. Tamaño de la agrupación: cada agrupación deberá estar formada por un
mínimo de dos y un máximo de seis empresas. Al menos, dos de ellas deberán ser
autónomas entre sí, conforme a la definición establecida en el artículo 3.1 del
anexo I del Reglamento (UE) 651/2014, de 17 de junio de 2014 General de
Exención por Categorías.
5º. Composición de la agrupación: la empresa representante de la agrupación,
en los términos del artículo 4 de la orden, deberá tener la consideración de gran o
mediana empresa y, al menos, uno de los socios deberá ser una pequeña o
mediana empresa (pyme), conforme a la definición establecida en el anexo I de la
orden.
6º. Subcontratación de actividades: los proyectos deben contar con una
participación relevante de organismos de investigación desde el punto de vista
cualitativo y cuantitativo. En este sentido, se exige que al menos el 15% del
presupuesto elegible se subcontrate a estas entidades.
PTE - Pequeñas Empresas (PTE-P)
1º. Presupuesto: los proyectos subvencionables deberán tener un presupuesto
elegible mínimo de 1.000.000 euros y máximo de 4.000.000 euros. El presupuesto
elegible mínimo para las grandes empresas será de 500.000 euros y de 175.000
euros para el resto.
2º. Duración: los proyectos serán plurianuales y finalizarán el 31 de diciembre
de 2026. Parte de los mismos deberá realizarse en el año 2024, por lo que, en todo
caso, se deberá solicitar ayuda para 2024.
cve: BOE-B-2024-17698
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 120
Viernes 17 de mayo de 2024
Sec. V-B. Pág. 26245
Los solicitantes deberán indicar el área seleccionada, sin perjuicio de que, en
caso de error material, se podrá proceder a su reasignación de oficio. Si el
proyecto presentado no se adecúa claramente a alguna de las áreas, se
desestimará.
Los proyectos deberán acogerse a una de las siguientes categorías: PTE
Grandes Empresas o PTE Pequeñas Empresas y cumplir los requisitos
establecidos para cada categoría.
PTE - Grandes Empresas (PTE-G)
1º. Presupuesto: los proyectos subvencionables deberán tener un presupuesto
elegible mínimo de 5.000.000 euros y máximo de 25.000.000 euros. El
presupuesto elegible mínimo para las grandes empresas será de 500.000 euros y
de 175.000 euros para el resto.
2º. Duración: los proyectos serán plurianuales y finalizarán el 31 de diciembre
de 2026. Parte de los mismos deberá realizarse en el año 2024, por lo que, en todo
caso, se deberá solicitar ayuda para 2024.
3º. Distribución presupuestaria equilibrada: los proyectos deberán tener una
distribución equilibrada del presupuesto a lo largo de la duración del proyecto.
También deberán tener una distribución equilibrada entre los socios, de modo que
ninguna de las empresas autónomas de la agrupación ni ningún grupo de
empresas vinculadas o asociadas, según las definiciones del artículo 3 del anexo I
del Reglamento (UE) n.º651/2014, podrá superar el 65% del presupuesto elegible
del proyecto.
4º. Tamaño de la agrupación: cada agrupación deberá estar formada por un
mínimo de dos y un máximo de seis empresas. Al menos, dos de ellas deberán ser
autónomas entre sí, conforme a la definición establecida en el artículo 3.1 del
anexo I del Reglamento (UE) 651/2014, de 17 de junio de 2014 General de
Exención por Categorías.
5º. Composición de la agrupación: la empresa representante de la agrupación,
en los términos del artículo 4 de la orden, deberá tener la consideración de gran o
mediana empresa y, al menos, uno de los socios deberá ser una pequeña o
mediana empresa (pyme), conforme a la definición establecida en el anexo I de la
orden.
6º. Subcontratación de actividades: los proyectos deben contar con una
participación relevante de organismos de investigación desde el punto de vista
cualitativo y cuantitativo. En este sentido, se exige que al menos el 15% del
presupuesto elegible se subcontrate a estas entidades.
PTE - Pequeñas Empresas (PTE-P)
1º. Presupuesto: los proyectos subvencionables deberán tener un presupuesto
elegible mínimo de 1.000.000 euros y máximo de 4.000.000 euros. El presupuesto
elegible mínimo para las grandes empresas será de 500.000 euros y de 175.000
euros para el resto.
2º. Duración: los proyectos serán plurianuales y finalizarán el 31 de diciembre
de 2026. Parte de los mismos deberá realizarse en el año 2024, por lo que, en todo
caso, se deberá solicitar ayuda para 2024.
cve: BOE-B-2024-17698
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 120