III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Instalaciones eléctricas. (BOE-A-2024-9907)
Resolución de 26 de abril de 2024, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se desestima la solicitud de Energía Inagotable de Larentina, SL, de autorización administrativa previa de la instalación fotovoltaica Larentina, de 39,99 MW de potencia instalada, y de su infraestructura de evacuación, en las provincias de Teruel, Castellón y Valencia.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 119
Jueves 16 de mayo de 2024
Sec. III. Pág. 56440
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA
Y EL RETO DEMOGRÁFICO
9907
Resolución de 26 de abril de 2024, de la Dirección General de Política
Energética y Minas, por la que se desestima la solicitud de Energía
Inagotable de Larentina, SL, de autorización administrativa previa de la
instalación fotovoltaica Larentina, de 39,99 MW de potencia instalada, y de su
infraestructura de evacuación, en las provincias de Teruel, Castellón y
Valencia.
De acuerdo con lo establecido en el artículo 53 de la Ley 24/2013, de 26 de
diciembre, del Sector Eléctrico y en el Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el
que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y
procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, el Director General
de Política Energética y Minas en base a los siguientes:
I.
Primero.
Hechos
Solicitud de autorización administrativa previa.
Energía Inagotable de Larentina, SL, solicitó, con fecha 15 de octubre de 2021 y
subsanación de 1 de diciembre de 2021, autorización administrativa previa del parque
fotovoltaico Larentina, de 39,99 MW de potencia instalada, en el término municipal de
Ojos Negros, en la provincia de Teruel, junto con su infraestructura de evacuación,
consistente en las líneas internas a 30 kV, la subestación eléctrica «SET Ojos
Negros 30/400 kV», la línea aérea de alta tensión de 400 kV «LAAT 400 kV SET Ojos
Negros – SET Almohaja», la subestación eléctrica «SET Almohaja 30/400 kV», la línea
aérea de alta tensión de 400 kV «LAAT 400 kV SET Almohaja – SET Albarracín», la
subestación eléctrica «SET Albarracín 30/400 kV», la línea aérea de alta tensión de 400
kV «SET Albarracín – Vértice Sacañet –SET Promotores La Eliana», la subestación
eléctrica «SET Promotores La Eliana 30/400 kV» y la línea aérea de alta tensión de 400
kV «SET Promotores La Eliana – Vértice Alcublas – SET La Eliana (REE)», en las
provincias de Teruel, Castellón y Valencia (en adelante también, el proyecto).
Admisión a trámite.
Esta Dirección General acreditó, con fecha 16 de marzo de 2022, que la solicitud de
autorización administrativa previa del proyecto de planta solar fotovoltaica Larentina y su
infraestructura de evacuación, en las provincias de Teruel, Castellón y Valencia, había
sido presentada y admitida a trámite.
Asimismo, esta Dirección General de Política Energética y Minas acordó, con
fecha 15 de marzo de 2022, la acumulación para la tramitación conjunta de los
expedientes de autorización administrativa previa de las instalaciones fotovoltaicas
Larentina (SGEE/PFot-807), de 39,99 MW de potencia instalada, Inus (SGEE/PFot-806),
de 20,81 MW de potencia instalada, y Ladón (SGEE/PFot-805), de 39,99 MW de
potencia instalada, y de sus infraestructuras de evacuación, con número de expediente
asociado PFot-807 AC.
cve: BOE-A-2024-9907
Verificable en https://www.boe.es
Segundo.
Núm. 119
Jueves 16 de mayo de 2024
Sec. III. Pág. 56440
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA
Y EL RETO DEMOGRÁFICO
9907
Resolución de 26 de abril de 2024, de la Dirección General de Política
Energética y Minas, por la que se desestima la solicitud de Energía
Inagotable de Larentina, SL, de autorización administrativa previa de la
instalación fotovoltaica Larentina, de 39,99 MW de potencia instalada, y de su
infraestructura de evacuación, en las provincias de Teruel, Castellón y
Valencia.
De acuerdo con lo establecido en el artículo 53 de la Ley 24/2013, de 26 de
diciembre, del Sector Eléctrico y en el Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el
que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y
procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, el Director General
de Política Energética y Minas en base a los siguientes:
I.
Primero.
Hechos
Solicitud de autorización administrativa previa.
Energía Inagotable de Larentina, SL, solicitó, con fecha 15 de octubre de 2021 y
subsanación de 1 de diciembre de 2021, autorización administrativa previa del parque
fotovoltaico Larentina, de 39,99 MW de potencia instalada, en el término municipal de
Ojos Negros, en la provincia de Teruel, junto con su infraestructura de evacuación,
consistente en las líneas internas a 30 kV, la subestación eléctrica «SET Ojos
Negros 30/400 kV», la línea aérea de alta tensión de 400 kV «LAAT 400 kV SET Ojos
Negros – SET Almohaja», la subestación eléctrica «SET Almohaja 30/400 kV», la línea
aérea de alta tensión de 400 kV «LAAT 400 kV SET Almohaja – SET Albarracín», la
subestación eléctrica «SET Albarracín 30/400 kV», la línea aérea de alta tensión de 400
kV «SET Albarracín – Vértice Sacañet –SET Promotores La Eliana», la subestación
eléctrica «SET Promotores La Eliana 30/400 kV» y la línea aérea de alta tensión de 400
kV «SET Promotores La Eliana – Vértice Alcublas – SET La Eliana (REE)», en las
provincias de Teruel, Castellón y Valencia (en adelante también, el proyecto).
Admisión a trámite.
Esta Dirección General acreditó, con fecha 16 de marzo de 2022, que la solicitud de
autorización administrativa previa del proyecto de planta solar fotovoltaica Larentina y su
infraestructura de evacuación, en las provincias de Teruel, Castellón y Valencia, había
sido presentada y admitida a trámite.
Asimismo, esta Dirección General de Política Energética y Minas acordó, con
fecha 15 de marzo de 2022, la acumulación para la tramitación conjunta de los
expedientes de autorización administrativa previa de las instalaciones fotovoltaicas
Larentina (SGEE/PFot-807), de 39,99 MW de potencia instalada, Inus (SGEE/PFot-806),
de 20,81 MW de potencia instalada, y Ladón (SGEE/PFot-805), de 39,99 MW de
potencia instalada, y de sus infraestructuras de evacuación, con número de expediente
asociado PFot-807 AC.
cve: BOE-A-2024-9907
Verificable en https://www.boe.es
Segundo.