III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA Y RELACIONES CON LAS CORTES. Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha. Convenio. (BOE-A-2024-9878)
Resolución de 13 de marzo de 2024, de la Abogacía General del Estado, por la que se publica el Convenio de asistencia jurídica con la Universidad de Castilla-La Mancha.
5 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 119

Jueves 16 de mayo de 2024

Sec. III. Pág. 56016

Segundo.
Que la Universidad de Castilla-La Mancha es una institución de derecho público de
las previstas en el artículo 2.2 c) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas y en el artículo 2.2.c) de la
Ley 40/2015, de 1 de octubre, del Régimen Jurídico del Sector Público, teniendo por
objeto la prestación del servicio público de la educación superior, mediante la docencia y
el estudio a investigación, la transferencia de conocimiento a la sociedad, la difusión de
la cultura y la extensión universitaria; tiene personalidad jurídica propia y plena
capacidad pública y privada, que ejerce sus funciones con autonomía e independencia
respecto de las Administraciones Públicas.
Tercero.
Que la Universidad de Castilla-La Mancha, de acuerdo con lo establecido en la
Ley 52/1997, de 27 de noviembre, de Asistencia Jurídica al Estado e Instituciones
Públicas, tiene actualmente suscrito un Convenio de Asistencia Jurídica, de fecha 5 de
abril de 2022, con la Abogacía General del Estado.
Cuarto.
Que al objeto de lograr una mayor efectividad y coordinación de la asistencia jurídica
a la Universidad de Castilla-La Mancha, ambas partes consideran conveniente la
designación por la Abogada General del Estado de uno o más Abogados del Estado en
activo que actúen como coordinadores directos de la asistencia jurídica.
Quinto.
Que el texto del «convenio tipo» de asistencia jurídica ha sido informado por la
Abogacía del Estado en el Ministerio de Justicia.
Sexto.
Que, con el fin de regular las condiciones de prestación de esa asistencia jurídica en
la forma prevista en el ordenamiento jurídico, los comparecientes suscriben el presente
convenio, de acuerdo con las siguientes
CLÁUSULAS
Objeto.

De conformidad con lo establecido en la citada Ley 52/1997, de 27 de noviembre, de
Asistencia Jurídica al Estado e Instituciones Públicas, en el Real Decreto 649/2023,
de 18 de julio, por el que se desarrolla la Ley 52/1997, de 27 de noviembre, de
Asistencia Jurídica al Estado e Instituciones Públicas, en el ámbito de la Abogacía
General del Estado, y en el Real Decreto 1012/2022, de 5 de diciembre, por el que se
establece la estructura orgánica de la Abogacía General del Estado, se regula la
inspección de los servicios en su ámbito y se dictan normas sobre su personal, este
podrá prestar asistencia jurídica a la Universidad de Castilla-La Mancha por medio de los
Abogados del Estado integrados en aquél. La asistencia jurídica comprenderá tanto el
asesoramiento jurídico como la representación y defensa ante cualesquiera
jurisdicciones y órdenes jurisdiccionales en los mismos términos previstos para la
asistencia jurídica a la Administración General del Estado.
La Universidad de Castilla-La Mancha colaborará con los Abogados del Estado para
la mejor defensa de los intereses en litigio de conformidad con lo dispuesto en el
artículo 6 de la Ley 52/1997, de 27 de noviembre, de Asistencia Jurídica al Estado e
Instituciones Públicas.

cve: BOE-A-2024-9878
Verificable en https://www.boe.es

Primera.