II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO PARA LA TRANSFORMACIÓN DIGITAL Y DE LA FUNCIÓN PÚBLICA. Funcionarios de la Administración del Estado. (BOE-A-2024-9757)
Resolución de 9 de mayo de 2024, de la Subsecretaría, por la que se convoca la provisión de puesto de trabajo por el sistema de libre designación.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 118

Miércoles 15 de mayo de 2024

Sec. II.B. Pág. 55308

Son requisitos aplicables a los puestos de trabajo:
a) Ser personal funcionario de carrera de alguno de los cuerpos y escalas del
subgrupo A1.
b) Encontrarse en la fecha de publicación de la convocatoria en alguna de las
situaciones administrativas relacionadas en el artículo 85 del texto refundido de la Ley
del Estatuto Básico del Empleado Público, y en el artículo 2 del Reglamento de
Situaciones Administrativas de los Funcionarios Civiles de la Administración General del
Estado, aprobado por Real Decreto 365/1995, de 10 de marzo, excluidas la excedencia
voluntaria incentivada, la suspensión de funciones y las excedencias voluntarias por
interés particular y por agrupación familiar durante sus dos primeros años.
c) Conocimientos y experiencia acreditada en las materias objeto de la
competencia del Ministerio para la Transformación Digital y de la Función Pública, y en lo
que respecta a las políticas y normas comunitarias e internacionales.
d) Conocimiento del idioma.
e) Otros méritos objetivos especificados en el anexo I de la presente convocatoria o
que se estime oportuno poner de manifiesto.
Cuarta.

Criterios para la asignación de los puestos.

Por el órgano competente del departamento se efectuarán los nombramientos de los
aspirantes que se consideren más idóneos para desempeñar los puestos de trabajo
convocados, pudiendo, en su caso, declararse desiertos los puestos ofertados.
Quinta.

Documentación a aportar.

Los aspirantes deberán adjuntar a la solicitud su curriculum vitae, en el que consten:
a) Títulos académicos.
b) Puestos de trabajo desempeñados.
c) Estudios y cursos realizados.
d) Conocimiento de idiomas.
e) Cuantos otros méritos estimen oportuno poner de manifiesto.
Los méritos deberán estar debidamente acreditados, debiéndose adjuntar la
certificación de los mismos a la solicitud.
Sexta. Permanencia.

Séptima.

Fecha de incorporación.

La fecha de incorporación al puesto asignado será el 1 de septiembre de 2024, salvo
que en la resolución de esta convocatoria se indique uno distinto.
Contra la presente resolución, se podrá interponer con carácter potestativo, recurso
de reposición ante el mismo órgano que la ha dictado en el plazo de un mes desde su
publicación o bien recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses desde
su publicación, ante el órgano judicial competente, de conformidad con lo dispuesto en la

cve: BOE-A-2024-9757
Verificable en https://www.boe.es

El periodo de permanencia será como mínimo de tres años. Este periodo podrá ser
prorrogado, por periodos anuales, a petición del interesado hasta un máximo de cinco
años. Las peticiones de prórroga deberán hacerse con cuatro meses de antelación a la
finalización del plazo de permanencia vigente.
En el caso de que el funcionario provenga de un puesto en el exterior o de que, antes
de finalizar el periodo máximo cambie de puesto de trabajo a otro puesto del
departamento en el exterior, el límite máximo de permanencia entre ambos puestos será
de seis años, computándose a estos efectos los puestos de trabajo desempeñados en el
ámbito del ministerio con anterioridad a esta convocatoria.